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Una renovación de la coordinación de los regímenes de seguridad social en la UE
Bajo la presión de los interlocutores sociales europeos y de determinados grupos políticos del Parlamento, la revisión del Reglamento sobre la coordinación de los regímenes de seguridad social pudo finalmente aprobarse de forma definitiva el 7 de julio por el Parlamento.
Para resolver el rompecabezas que supone la libre circulación de trabajadores en la UE (consagrada en el Tratado de la UE ya en 1958), al tiempo que se mantiene la competencia de los Estados miembros sobre sus sistemas de seguridad social, la UE ha creado un mecanismo sin precedentes destinado a coordinar (y no a armonizar) los regímenes nacionales de protección social mediante reglamentos, primero en 1958, luego en 1971 y, finalmente, en 2004 con el Reglamento (CE) n.º 883/2004. De este modo, cada país conserva sus propias normas y cuantías de prestaciones, pero los reglamentos establecen qué país es responsable y cómo se suman los derechos adquiridos en varios países. El objetivo es que los trabajadores que ejercen la movilidad europea no se vean perjudicados, por ejemplo, perdiendo derechos. Así, a la hora de calcular la pensión en un Estado miembro, se tienen en cuenta todos los períodos cotizados en otros países de la UE.
Desde hace unos diez años, los Estados miembros y el Parlamento han intentado introducir modificaciones en este texto, enzarzándose principalmente en disputas por cuestiones económicas: Luxemburgo se ha negado históricamente a hacerse cargo de las prestaciones por desempleo de los trabajadores que regresaban sin empleo a su país de origen tras haber trabajado allí. Bajo la presión de los interlocutores sociales europeos y de determinados grupos políticos del Parlamento, la revisión del Reglamento sobre la coordinación de los regímenes de seguridad social pudo finalmente aprobarse de forma definitiva el 7 de julio por el Parlamento (véase el comunicado e IR Notes 273). El Consejo aún debe aprobar formalmente el texto para que pueda publicarse posteriormente en el DOUE. El texto actualiza los criterios para determinar la legislación aplicable a los aproximadamente 16 millones de ciudadanos europeos que residen o trabajan en otro Estado miembro: prestaciones por desempleo para los trabajadores móviles, definición común de los cuidados de larga duración, distinción de las prestaciones familiares en efectivo y un marco más estricto para el desplazamiento laboral, cuyo plazo máximo se establece en 24 meses, siempre que se haya estado afiliado durante tres meses en el país de origen. El texto aprobado precisa que, en el caso de los trabajadores que ejerzan actividades en dos o más Estados miembros, la legislación actualizada permite determinar el «domicilio social o el establecimiento» del empleador con el fin de establecer qué legislación de seguridad social es aplicable. Para ello, entre los factores pertinentes se incluyen el lugar donde se adoptan las decisiones fundamentales, donde se genera el volumen de negocio y los lugares donde se celebran las juntas generales. El reglamento refuerza asimismo la cooperación entre las administraciones en la lucha contra el fraude.
Este avance ha sido acogido con satisfacción por los interlocutores sociales europeos: «Los reglamentos revisados allanan el camino hacia una mayor seguridad jurídica y hacia herramientas más eficaces para combatir el fraude y los errores en situaciones transfronterizas», celebra la Confederación Europea de Sindicatos (véase el comunicado). Por parte de la patronal, BusinessEurope acogió con satisfacción, el pasado 23 de abril, tras el compromiso alcanzado en el diálogo tripartito, la exención de la notificación previa para los viajes de negocios y los desplazamientos de corta duración, de hasta tres días (excepto en el sector de la construcción), y solicitó una rápida adopción, al tiempo que abogó por nuevas medidas de simplificación en el futuro paquete sobre la movilidad laboral (véase el comunicado).

Legislación
Un nuevo paso en la simplificación de la presentación de informes sobre sostenibilidad: la Comisión Europea aprobó, el pasado 3 de julio, la simplificación de la presentación de informes sociales y medioambientales por parte de las empresas, tras la adopción de la Directiva Ómnibus I, que ha revisado las directivas relativas a la presentación de informes de las empresas en materia de desarrollo sostenible y al deber de diligencia. Más concretamente, la Comisión ha adoptado un reglamento delegado en materia de información sobre sostenibilidad (ESRS) (véase además sus anexos) así como un reglamento delegado sobre la presentación de informes voluntarios destinado a las pequeñas empresas (véase además sus anexos). Estos textos se remitirán ahora al Parlamento Europeo y al Consejo de la UE para su examen. Tras un período de examen de dos meses, que podrá prorrogarse otros dos meses, los reglamentos y sus anexos se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y entrarán en vigor desde el momento de su publicación. Estas normas tienen por objeto proporcionar a los inversores y al resto de partes interesadas información que les permita comprender los riesgos relacionados con el desarrollo sostenible a los que están expuestas las empresas, así como su impacto en las personas y el medio ambiente (véase el comunicado). Aunque, según la Comisión, el número de datos obligatorios se ha reducido en más de un 60 %, no es menos cierto que las empresas deberán publicar información que seguirá siendo relevante, en particular para los comités de empresa europeos y los representantes de los trabajadores de aquellas empresas que deseen constituir dicho órgano, ya que deberán indicar, entre otros datos, el número de empleados en cada uno de los países en los que cuenten con al menos 50 trabajadores y que figuren entre los diez países con mayor número de empleados.
Una guía para la aplicación de la normativa sobre el trabajo forzoso: la Comisión Europea publicó, el pasado 26 de junio, unas directrices relativas a la aplicación del Reglamento (UE) 2024/3015 sobre la prohibición de la comercialización en el mercado de la Unión de productos elaborados mediante trabajo forzoso. La federación sindical europea IndustriAll Europe acoge con satisfacción esta publicación, al tiempo que destaca las lagunas que aún deben subsanarse (véase el comunicado).
Actualidad social
Situación de los acuerdos «voluntarios» de la CE europea: el grupo de expertos creado para facilitar la transposición de la Directiva 2025/2450 del 26 de noviembre de 2025 por la que se revisa la Directiva de la CE europea de 2009, ha publicado las actas de su tercera reunión, celebrada los pasados 16 de abril y 17 de abril que siguen a las aprobadas en las dos reuniones presentes (23 de marzo y 24 de marzo – 12 de febrero y 13 de febrero) (véase IR Notes 273). El representante de la Comisión ha aclarado la naturaleza jurídica de los acuerdos voluntarios anteriores a la Directiva, subrayando que los órganos creados en virtud de dichos acuerdos no constituyen comités de empresa europeos en el sentido de la Directiva. Por consiguiente, los derechos y obligaciones de las partes en dichos acuerdos, así como de los miembros de dichos órganos, no se rigen por el Derecho de la UE, sino que se derivan de los términos de los propios acuerdos o del Derecho laboral nacional aplicable, del Derecho contractual privado, etc., según el caso. No obstante, las mejoras introducidas en dichos acuerdos mediante la incorporación de disposiciones recogidas en las directivas no se ven afectadas por la supresión de la exención que se aplicaba a los acuerdos voluntarios, los cuales siguen siendo jurídicamente vinculantes. En cuanto a la cuestión de si dichos acuerdos «voluntarios» finalizarían automáticamente tras la constitución de un nuevo comité de empresa europeo o si podrían perdurar indefinidamente, la Comisión no ha descartado que un órgano creado mediante un acuerdo voluntario pueda seguir funcionando en paralelo con un comité de empresa europeo de nueva creación en virtud de los artículos 5 y 6, siempre que las partes del acuerdo voluntario no lo rescindan de conformidad con los términos de dicho acuerdo. Según nuestra información, el informe final del grupo de expertos se publicará en octubre.
El programa social de la Presidencia irlandesa de la UE: Irlanda ha asumido la Presidencia de la UE desde el 1 de julio hasta finales de año. En su programa, hace hincapié en la hoja de ruta para el empleo de calidad y en el acto legislativo sobre el empleo de calidad, así como en el próximo paquete de medidas sobre la movilidad equitativa de la mano de obra. «El acto legislativo sobre empleos de calidad» tiene por objeto «actualizar las normas de la UE que protegen a los trabajadores, al tiempo que se fomenta la productividad y la competitividad». El programa se hace eco de un argumento que suelen esgrimir los empresarios europeos al destacar que «a menudo, la demanda de nueva legislación no se debe a una laguna legislativa, sino al hecho de que las normas y reglamentos existentes no se interpretan ni se aplican plenamente». De este modo, pretende «promover un debate sobre cómo garantizar que los programas de aplicación y cumplimiento de la UE respalden una protección efectiva de los derechos consagrados en el Derecho de la Unión».
Intervenciones del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: la Comisión Europea propuso, el 16 de julio, movilizar 6,5 millones de euros con cargo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEG) con el fin de prestar ayuda a 1 928 trabajadores a raíz de los despidos producidos en el hipermercado Cora en Bélgica y en el sector del automóvil en España (véase el comunicado).
Diálogo social europeo
Segunda fase de consulta sobre el empleo de calidad: la Comisión Europea puso en marcha, el 20 de julio, la segunda fase de consulta a los interlocutores sociales europeos sobre el próximo «Reglamento sobre el empleo de calidad», que tiene previsto adoptar a finales de año (véase también el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al documento de consulta).
Eurotour

Alemania
Proyectos para modernizar el mercado laboral y el servicio de empleo: la coalición de Gobierno presentó, el pasado 1 de julio, un programa de reformas que también afecta al mercado laboral (véase el programa). Una de las propuestas más destacadas es autorizar, durante un período máximo de cuatro años, hasta seis renovaciones de los contratos de duración determinada sin necesidad de justificación —frente a los dos años y las tres renovaciones actuales (véase el comunicado). Entre las demás medidas figuran: una desgravación fiscal sobre las indemnizaciones por cese en caso de reincorporación rápida al trabajo; la supresión de las bajas laborales tramitadas por teléfono; y la obligación de presentar un certificado médico desde el primer día de baja (frente al cuarto día que se exige actualmente), junto con un endurecimiento de las sanciones contra los certificados abusivos. Asimismo, el Gobierno aprobó, el 15 de julio, un proyecto de ley relativo a la modernización y la digitalización de la promoción del empleo, cuyo objetivo es facilitar el acceso a los servicios de la agencia de empleo por vía digital (véase el comunicado). El sindicato Verdi ha criticado estas reformas; su presidente, Frank Werneke, considera que «la desconfianza hacia los trabajadores y la extensión de la locura de los contratos de duración determinada» no generan crecimiento» (véase el comunicado).
Países Bajos
Aprobación definitiva de la ley que refuerza la seguridad de los trabajadores flexibles: tras su aprobación por la Cámara de Representantes el pasado 12 de mayo, fue aprobada definitivamente por el Senado el 7 de julio (véase IR Notes 274). Esta ley forma parte de un paquete de medidas sobre el mercado laboral (véase el comunicado). Los contratos de «cero horas» se sustituyen por contratos con franja horaria (un mínimo y un máximo de horas, con un límite máximo para la diferencia entre ambos), salvo en el caso de los jubilados, los estudiantes y los jóvenes con un trabajo complementario; las condiciones laborales equivalentes, ya establecidas en enero entre los trabajadores temporales y los asalariados con contrato indefinido, se amplían a las remuneraciones a partir del 31 de diciembre de 2026. El sindicato FNV acoge con satisfacción esta ley, pero insiste en la necesidad de un paquete global, en particular para hacer frente a los falsos autónomos (véase el comunicado).
Países Bajos
Nuevo sistema de permisos: el Gobierno ha sometido a consulta un proyecto de ley por el que se establece un régimen de permisos simplificado (véase el comunicado). De conformidad con el dictamen del SER (el órgano consultivo tripartito que reúne a la patronal, los sindicatos y miembros independientes), el Ejecutivo propone clasificar los permisos en tres categorías: los relacionados con el nacimiento y el cuidado de los hijos, los destinados al cuidado de familiares y los permisos personales.
Dinamarca
El Gobierno refuerza la lucha contra el dumping social en el sector de la construcción: el Gobierno ha presentado dos proyectos de ley para combatir el dumping social y reforzar el control de la mano de obra extranjera. Uno de los dos proyectos se refiere a la obligación de disponer de una tarjeta de identidad (id-kort) en las grandes obras (de más de 13 millones de euros) (véase el comunicado), y el otro establece un nuevo régimen de umbral salarial («beløbsordning») basado en los convenios colectivos para facilitar el acceso a una mano de obra extranjera «regulada». Anunciado en 2025 (véase el comunicado), este dispositivo tiene por objeto facilitar la contratación de trabajadores extranjeros. Para ello, la empresa debe estar acogida a un convenio colectivo suscrito entre la confederación patronal DA y la confederación sindical FH. Este régimen se limita a los nacionales de determinados países con los que Dinamarca mantiene relaciones económicas y comerciales, como Estados Unidos, el Reino Unido, China, la India, Montenegro y Serbia. Ambos textos cuentan con el respaldo de los interlocutores sociales.
Noticias de las empresas

Comités de empresa europeos
Preocupaciones sobre el empleo relacionadas con el uso de la IA: el despliegue masivo de la IA en Amex GBT (22 000 empleados) preocupa al comité de empresa europeo de esta filial de American Express especializada en la gestión de viajes de negocios. El pasado 4 de mayo, la empresa anunció su adquisición por parte de Long Lake Management por 6.300 millones de dólares, con una prima de más del 60 % por acción (véase el comunicado). Un portavoz de Amex GBT ha asegurado que este cambio de propietario «no tendría un impacto negativo en los recursos». Por su parte, el director general de Long Lake, Alexander Taubman, explicó en mayo, en el podcast No Priors, que la IA aumenta la productividad de los empleados entre un 30 % y un 40 %, lo que permitiría atender a más clientes con la misma plantilla, en lugar de reducir puestos de trabajo. El Comité de Empresa europeo había solicitado la celebración de una reunión antes de que finalizara el mes de junio, pero su solicitud fue rechazada: según la dirección, el asunto no es de carácter transnacional, ya que solo afecta a un único país, Estados Unidos, donde las acciones simplemente cambian de manos, sin que se produzcan modificaciones en la dirección ni en la estrategia. No obstante, el Comité de Empresa mantiene su solicitud de información y consulta, en un contexto de deterioro del diálogo social desde la crisis de la COVID-19, que ya había dado lugar, a principios de año, a una mediación entre la dirección, el Comité de Empresa y una mediadora neerlandesa. Asimismo, ha solicitado que se active la cláusula de arbitraje prevista en el acuerdo por el que se constituyó el Comité de Empresa Europeo; la dirección también se ha negado. Se ha recurrido a un abogado para exigir la apertura de un proceso de información y consulta, ya que los representantes del personal desean recibir aclaraciones sobre las consecuencias del mayor uso de la IA en la organización del trabajo, las competencias y el empleo.
Comité de la sociedad europea
El nuevo acuerdo del comité europeo de Clariane fomenta el diálogo social a nivel nacional: el grupo sanitario Clariane (70 000 empleados) (70 000 empleados) ha renovado, por unanimidad y con el apoyo de la federación sindical europea EPSU, el acuerdo que regula su comité de empresa europeo (CE-SE). Firmado el 2 de julio, el texto modifica ligeramente el acuerdo anterior, establecido en 2022 tras la transformación de Korian en sociedad europea (que desde entonces pasó a denominarse Clariane). La principal novedad se refiere a la articulación entre el diálogo social europeo y los diálogos sociales nacionales. El acuerdo establece ahora que se organice sistemáticamente, al menos una vez al año, en cada país, una reunión entre el departamento local de Recursos Humanos y los miembros del Comité de Empresa Europeo (CE-SE) designados para dicho país. Esta disposición pone en práctica un compromiso recogido en una carta europea de principios fundamentales del diálogo social, firmada con la EPSU en octubre de 2023. El objetivo es intercambiar opiniones sobre la aplicación, a nivel nacional, de los compromisos adquiridos a nivel europeo, y reforzar la difusión y la visibilidad de la labor del órgano en cada territorio. «Este tipo de reuniones ya se celebran desde hace algunos años en España y han demostrado su eficacia a la hora de contribuir a la construcción de un diálogo social maduro», precisa Mathilde Tabary, directora de relaciones sociales del grupo. Esta renovación se produce tras un primer mandato repleto de logros: desde 2020, además de la carta mencionada anteriormente, los trabajos llevados a cabo en el seno del órgano han dado lugar a una guía europea para la prevención del absentismo, a un acuerdo europeo sobre salud y seguridad en el trabajo y a una carta destinada a acelerar la reducción de las emisiones de carbono. Para este nuevo mandato, la dirección y el comité tienen previsto crear un grupo de trabajo permanente dedicado a la inteligencia artificial y elaborar un protocolo europeo en materia de salud y seguridad en el trabajo para la incorporación de los nuevos empleados. Este texto «introducirá medidas en las cuatro etapas del proceso de integración de un empleado: antes del día de su incorporación, el día de la incorporación, entre el día siguiente a la incorporación y el décimo día, y, por último, medidas de seguimiento», precisa Mathilde Tabary.
La cuestión del regreso a la oficina se complica en Airbus: reina la confusión en Airbus SE tras el correo interno enviado por el consejero delegado Guillaume Faury a los empleados, en el que anunciaba el cambio de dos días de teletrabajo a la semana a uno solo a partir del 1 de septiembre de 2026. Un anuncio unilateral que ha sido frustrado por los distintos sistemas de relaciones laborales de la UE. En Francia, los sindicatos no tardaron en salir al paso, lo que obligó a la dirección a admitir, durante la reunión del Comité de Empresa Europeo celebrada el pasado 7 de julio, que el acuerdo francés sobre calidad de vida y condiciones laborales (que prevé dos días de teletrabajo a la semana) se respetaría hasta su vencimiento, el 31 de agosto de 2028. En España, el anuncio provocó directamente una huelga a partir del 1 de julio en la planta de Getafe (Madrid), convocada por el sindicato SIPA, a la que se sumaron rápidamente UGT, CGT y, posteriormente, CC.OO. (mayoritario en Airbus España). La movilización se extendió a todas las plantas para respaldar, en particular, las reivindicaciones salariales y el mantenimiento de los dos días de teletrabajo. El 17 de julio se alcanzó un acuerdo entre la dirección y el sindicato CC.OO., pero fue rechazado por los demás sindicatos debido a que los aumentos salariales resultaban insuficientes. En Alemania, en la planta de Hamburgo, el ambiente es igualmente tenso. «Esto no se hará sin resistencia», han declarado los representantes del personal de la fábrica, citados por el diario Hamburger Abendblatt. El tema del teletrabajo está sujeto a la codeterminación y el convenio de empresa que especifica las modalidades del teletrabajo no puede ser cuestionado mediante un simple correo electrónico.
Datos e informes

La gran confusión en la aplicación de la legislación social al transporte aéreo
A Autoridad Europea del Trabajo (AET) publicó, el 8 de julio, un informe muy detallado sobre la aplicación de las normas relativas a la movilidad de los trabajadores y a la coordinación en materia de seguridad social para los miembros de la tripulación de la aviación civil (véase el comunicado y sus anexos). Las compañías aéreas recurren a una amplia gama de modalidades de contratación y organización, a menudo complejas. El informe destaca que a las autoridades nacionales de la UE les puede resultar difícil verificar que se respeten correctamente las normas aplicables en materia laboral y de seguridad social, sobre todo teniendo en cuenta que, de media, al menos cuatro organismos por país se encargan de supervisar este sector. El informe formula una serie de recomendaciones, como la adopción de directrices más claras en materia de aplicación de la normativa en el sector del transporte aéreo o una mejor información a las tripulaciones y a los empleadores. La Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) considera insuficientes estas recomendaciones y aboga por la adopción de medidas legislativas (véase el comunicado). Josef Maurer, responsable del sector de Aviación y Marítimo de la ETF, lamenta la persistente incertidumbre jurídica en cuanto a la aplicación de las normas sobre desplazamiento a las tripulaciones y el aumento del empleo atípico en el sector, y señala que «en algunos Estados miembros, la casi totalidad de los pilotos recién contratados y una amplia mayoría del personal de cabina ejercen su actividad como autónomos».
Estadística clave
21
De los 22 Estados miembros que cuentan con un salario mínimo legal, en 21 de ellos ha aumentado el poder adquisitivo de los trabajadores que han percibido el salario mínimo entre enero de 2016 y enero de 2026.
Solo Francia ha registrado un descenso, según un artículo basado en un estudio de Eurofound sobre el salario mínimo en Europa, que se publicará en septiembre.

Editorial
Queridas lectoras, queridos lectores,
¡Os presentamos el último número antes de las vacaciones de verano! Todo el equipo editorial de IR Notes os desea un feliz verano y volverá a verse con vosotros el próximo 10 de septiembre con el número 279.
En un año, hemos puesto en marcha una nueva página web, hemos ganado la licitación para ser el corresponsal nacional en Francia de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) durante los próximos cuatro años, y hemos relanzado el boletín «IR Notes» con una versión impresa más concisa y una versión web más completa y fácil de leer. Nos hemos ganado un descanso, ¿no? 😉
Con el fin de seguir mejorando nuestros servicios, os invitamos a participar en una encuesta de satisfacción sobre nuestra nueva fórmula, para poder tener en cuenta vuestros comentarios y ofreceros en septiembre una oferta aún mejor. A principios de esta semana habéis recibido un enlace por correo electrónico; aquí tenéis otro para acceder directamente a la encuesta: https://forms.gle/VoJ8kbWuThx4M5nM8
La redacción de IR Notes
IR Dictionary
Acuerdo multisectorial
Conforme a los artículos 154 y 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea los agentes sociales europeos pueden negociar acuerdos válidos para varios sectores (véase Diccionario Europeo de Relaciones Laborales, (en inglés). El primer y único acuerdo alcanzado de este tipo es el "Acuerdo sobre la protección de la salud de los trabajadores para la adecuada manipulación y el buen uso de la sílice cristalina y de los productos que la contienen", suscrito el 26 de abril de 2010 por los agentes sociales y aplicable a quince sectores y a alrededor de dos millones de trabajadores. El 16 de julio de 2010 también se aprobaron las “Directrices multisectoriales para solucionar la violencia y el acoso de terceros en el ámbito laboral ", fruto de negociaciones entre varios sectores y muy similares por su contenido a un acuerdo colectivo europeo. Estas directrices han sido revisadas el pasado 6 de mayo de 2025.
Próximos eventos
22 de julio
Bruselas
Pilar Europeo de Derechos Sociales
La Comisión Europea debe aprobar el nuevo plan de acción del Pilar Europeo de los Derechos Sociales (véase orden del día).
16 al 18 de septiembre
Oslo
Desigualdad en el mercado laboral
Conferencia organizada conjuntamente por IWPLMS e IREC: ¿Cómo se puede combatir la tendencia a la desigualdad en el mercado laboral y qué papel pueden desempeñar los agentes e instituciones?
El equipo
Este número ha sido elaborado por Inès Bollet, Victoria Fonseca, Sea Ange Gonebo, Ambre Grenier-Boley, Frédéric Turlan, Iris Turlan y Paula Villalobos. Conozca a todo el equipo de IR Share en la web.
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