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IR Notes 74 – 27 abril 2017
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El equipo: este número ha sido preparado por Francisco Gomez Abelleira, Tamas Gyulavari y Frédéric Turlan. Puede conocer a todo el equipo de IR Share en nuestra página web.
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Entrevista Philippe Pochet, director del Instituto Sindical Europeo (Etui)
¿Supone una nueva dirección en la construcción europea la propuesta hecha por la Comisión Europea el 26 abril para un pilar europeo de derechos sociales? Debemos analizar este anuncio dentro de su dinámica histórica. Como tal no ha sido un giro drástico, pero sin duda se trata de un cambio de rumbo considerable en un contexto en el que desde hace más de diez años y bajo los efectos de la ampliación y de la orientación de la Comisión Barroso la Europa social no funcionaba. La Europa social se aborda en el marco de la gobernanza económica y se percibe más como un problema que como una solución. La propuesta de la Comisión hay que situarla con precisión y en su sitio correcto puesto que incorpora numerosos documentos e incluye algunas propuestas legislativas. La cuestión social no se ha convertido en lo más importante en el seno de la UE, pero tampoco es la cosa menos importante. En este sentido asistimos a una nueva ambición por parte de la Comisión.
¿Podría el pilar permitir la reconciliación de los ciudadanos y de los trabajadores en particular con la construcción europea? Esta propuesta surge en un momento en el que la mayoría de la población tiene un concepto extremadamente crítico e incluso negativo de la construcción europea. La dimensión social regresa al primer plano ya que la Unión debe demostrar a toda una serie de agentes que se está teniendo en cuenta la vertiente social y que no se presta atención solamente a las políticas económicas o de austeridad. Tampoco es casualidad que el primer documento anunciado dentro del marco de las reflexiones sobre el futuro de la Unión trate justamente sobre la Europa social. Llegados a este estadio, la propuesta del pilar europeo de los derechos sociales es una oferta. El proyecto acabará reforzándose o desinflándose en función de la dinámica que se instaure o no en las semanas o en los meses próximos. Dentro de un año tendremos perspectiva suficiente como para determinar si la iniciativa ha pinchado o si se ha dado un nuevo giro en toda regla.
El éxito de esta iniciativa suscita un enorme interés entre los agentes y, en particular, entre los agentes sociales. ¿Están preparados para seguir avanzando ahora que la organización patronal BusinessEurope ha reaccionado tan vivamente a las propuestas de la Comisión? Está claro que todo dependerá del papel que adopten los agentes. En este sentido, el mensaje transmitido por BusinessEurope es cuando menos inquietante ya que rechaza propuestas realistas con las que la Unión Europea puede realmente marcar una diferencia como, por ejemplo, el derecho a un contrato de trabajo por escrito que informe a los trabajadores y que les confiera un número determinado de derechos, el derecho a un permiso para asistir a familiares que necesiten atención o incluso un permiso de paternidad de diez días. El hecho de que se hayan indignado contra una serie de medidas que no son revolucionarias y que solamente consolidan una serie de derechos que ya existen en los Estados miembros muestra que BusinessEurope está muy lejos de entender la exasperación social y la necesidad de avanzar en una nueva dirección.
¿Existe entonces un riesgo de bloqueo? Una actitud así podría hacer que la Comisión acabara cerrándose sobre sí misma y provocar un realineamiento de los agentes mostrando que si uno de ellos no quiere avanzar la Comisión seguirá adelante con sus iniciativas pasando por la vía legislativa. Y ese es justo el mensaje que acaba dar dar a BusinessEurope al presentar una propuesta de directiva para la conciliación entre la vida privada y la vida profesional tras haber consultado tres veces a los agentes sociales europeos y sin éxito. Los agentes sociales europeos debaten en la actualidad sobre su nuevo programa de trabajo con visos a integrar las dos consultas de envergadura previstas: la cuestión del acceso para todos los trabajadores a la protección social y la cuestión de la información incluida en el contrato de trabajo con vistas a revisar la directiva de 1991. Si los agentes apuestan por avanzar se podrá avanzar y muy rápido. Es únicamente cuestión de voluntad.
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La Comisión Europea desvela su proyecto de Pilar Europeo de los Derechos Sociales
Después de una preparación de largos meses, por fin el 26 de abril la Comisión Europea presentó el Pilar Europeo de los Derechos Sociales (véase el comunicado de prensa y las preguntas y respuestas). Es la primera vez que la Comisión prepara una iniciativa de este calado en materia social. Este “pilar” funciona siguiendo el mismo sistema que las “muñecas rusas”. A primera vista, la iniciativa reposa sobre tres textos de escaso carácter vinculante: 1) Una comunicación de la Comisión que establece el pilar europeo de los derechos sociales, una especie de presentación de motivos que explica el modo de empleo del pilar. 2) Una recomendación de la Comisión. 3) Una propuesta de proclamación común para el Parlamento, el Consejo y la Comisión. Estos dos últimos textos tienen un contenido prácticamente idéntico. El primero tiene por objetivo adoptar desde ahora mismo este pilar compuesto por 20 principios y derechos esenciales. El segundo pretende que su contenido sea “santificado” por parte de las instituciones europeas y los Estados miembros. A estas alturas, la primera impresión que se puede tener es que estamos ante otra iniciativa bruselense incomprensible para el común de los mortales. Y no estaríamos muy equivocados. Sin embargo, hay que profundizar en el contenido del pilar. Tal como apunta la Comisión, el pilar “reafirma los derechos que ya existen en el acervo jurídico internacional y en el de la UE”. Aquí podríamos preguntarnos entonces qué interés puede tener reafirmar unos principios y unos derechos ya existentes si no es para hacerlos más evidentes. Se trataría sin duda de una iniciativa digna de elogio, pero quedaría por ver si es suficiente para engatusar a los ciudadanos europeos para que los retiren de las garras de los partidos populistas y nacionalistas que amenazan la existencia de la Unión. Por tanto hay que velar por el cumplimiento de cada uno de estos principios, que puestos uno junto al otro hacen de la Unión un enclave de paz y de protección. Además, se detectan avances en varios de estos principios, tan anodinos a primera vista para los más hastiados. Por ejemplo, el principio 7b establece que antes de ser despedidos los trabajadores tienen derecho a ser informados de los motivos para ello y disponer de un preaviso de duración razonable. En la actualidad la legislación de la Unión Europea carece de un derecho así en el caso de los despidos individuales. De acuerdo con el principio 9, los progenitores y las personas con responsabilidades familiares (niños, progenitores a su cargo…) tendrán derecho a unos permisos adecuados, a reorganizar su jornada de trabajo y al acceso a cuidados. De nuevo constatamos que este derecho de la reorganización no existe. Como último ejemplo, el principio 12 establece que independientemente del tipo de relación laboral y de su duración, los trabajadores y los trabajadores independientes en condiciones comparables tienen derecho a una protección social adecuada. Esto implica la generación del derecho a una renta de sustitución y la ampliación de la cobertura social a todas las nuevas formas de empleo. La Comisión ha preparado un documento de trabajo en el que se detalla con precisión cada uno de los principios y se pone de relieve el acervo comunitario, los cambios aportados por el pilar y cómo hay que aplicarlo. Por último, de la lectura de este documento se deduce la intención de la Comisión de arrancar una larga serie de consultas de los agentes sociales europeos, lo que podría llevarlos a negociar un convenio colectivo europeo o animar a la Comisión a presentar una propuesta de directiva sobre la información de los trabajadores, así como sobre el acceso a la protección social y sobre la jornada laboral. Por último, la iniciativa podría relanzar la Europa social que quedó suspendida con la ampliación, aunque esto dependerá de la buena voluntad de los Estados miembros y de la capacidad de los agentes sociales europeos para negociar nuevos equilibrios. Pocas cosas hay menos seguras que la reacción de la organización patronal BusinessEurope, que el día anterior a la publicación del pilar aplaudió la intención de la Comisión de derogar la directiva sobre el permiso parental proponiendo una directiva sobre la conciliación de la vida profesional y la vida privada de los progenitores y asistentes. Esto generó una respuesta cortante de la Confederación Europeo de Sindicatos (CES) en la que se denunciaba la mala fe de la patronal. Por su parte, la CES ha recibido con elogios la iniciativa (véase el comunicado). > véase también: Reflection paper on the Social dimension of Europe
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1. Unión Europea
Actualidad social
Informe de aplicación de la legislación social aplicable a los transportistas: el pasado 7 de marzo la Comisión Europea publicó un informe sobre la aplicación en 2013-2014 de la legislación social de aplicación al transporte por carretera (reglamento nº 561/2006 y directiva 2002/15). El objetivo del informe consiste básicamente en determinar el número y el tipo de controles realizados y el número y el tipo de infracciones registradas. El documento pone de relieve la calidad mediocre de los informes realizados por ocho Estados miembros, el escaso número de controles en algunos países y una bajada de las infracciones (-15%) que en cualquier caso podría estar vinculada al aumento de las prácticas de manipulación de los instrumentos colocados en los camiones para registrar el tiempo de conducción (taquígrafos).
- Consulta pública para evaluar a las agencias europeas: la Comisión Europea lanzó el pasado 10 de abril una consulta pública destinada a recoger la opinión de los ciudadanos y de las partes interesadas de cuatro agencias de la UE adscritas a la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión (Eurofound, Cedefop, ETF y EU-Osha) y que contratan a más de 400 trabajadores y gestionan un presupuesto total de más de 75 millones de euros (véase el comunicado). Esta evaluación se enmarca dentro de las propuestas de reglamento adoptadas por la Comisión el pasado 23 de agosto de 2016 con vistas a revisar los reglamentos de fundación de estas agencias y sin excluir programas de reorganización y conciliación.
- Ayuda europea para los antiguos trabajadores de Nokia: la Comisión Europea propuso el día 7 de abril movilizar hasta 2,6 millones de euros del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) a favor de Finlandia para ayudar a 821 antiguos trabajadores de Nokia Network Systems a encontrar un nuevo trabajo (véase el comunicado).
- Oposición sindical a la tarjeta electrónica: el proyecto de la Comisión Europea de implantar una tarjeta electrónica de servicios para facilitar la libre prestación de servicios en el seno de la Unión (véase el comunicado de la Comisión) ha recibido el rechazo de las federaciones sindicales europeas FETBB, Effat, UNI Europa así como de la Confederación europea de sindicatos. El pasado 10 de abril, todos estos organismos dirigieron una carta común a los eurodiputados y a los representantes permanentes de los Estados miembros pidiéndoles que rechazaran esta iniciativa. Los sindicatos se limitan a rechazar un dispositivo que los agentes sociales no quieren y menos que en ningún sitio en el sector de la construcción y que ya rechazaron de pleno durante las fases de consulta. Las federaciones sindicales se cuestionan si existe realmente la voluntad por parte de la Comisión de apoyarse en el diálogo social antes de elaborar sus iniciativas.
- Revisión de la Declaración sobre las empresas multinacionales de la OIT: la Organización Internacional del Trabajo ha iniciado la revisión de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social. Esta declaración dirigida a las multinacionales es el único instrumento mundial que versa sobre la responsabilidad social de las empresas y sobre las prácticas operativas duraderas. La declaración ha sido elaborada y adoptada por tripartito por gobiernos, empresas y trabajadores de todo el mundo (véase el comunicado de prensa de la OIT).
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2. Estados miembros
España
- Sin obligación de contabilizar las horas trabajadas: la sala de lo social del Tribunal Supremo ha dictaminado que las empresas no tienen ninguna obligación legal de contabilizar las horas de trabajo de sus empleados. Se ha debatido sobre esta cuestión durante los dos últimos años y la decisión nace llena de controversia hasta el punto de que varios jueces adoptaron una opinión contraria. En la práctica, la sentencia tiene una repercusión directa sobre las actividades de inspección del trabajo. Hasta ahora las empresas estaban obligadas a registrar a diario las horas de trabajo de sus empleados para garantizar el respeto a la legislación sobre las jornadas de trabajo y, en particular, para controlar la realización de horas extraordinarias. A partir de ahora las empresas ya no quedan sujetas por esta obligación, lo que contribuye a dificultar las labores de las inspecciones de trabajo.
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Francia
El Tribunal de Casación refuerza los comités de empresa europeos creados al amparo del artículo 13: en uno de los escasos dictámenes del Tribunal de Casación sobre los comités de empresa europeos, el Tribunal Supremo antepuso a las estipulaciones previstas por el código laboral francés un acuerdo de anticipación de derecho británico (los acuerdos suscritos durante los dos años posteriores a la publicación de la directiva 94/45 de 22 de septiembre de 1994 y que permitían a los negociadores suscribir acuerdos de derogación sobre las estipulaciones de la directiva). Los trabajadores franceses despedidos en el marco de una reestructuración que afectó a la filial francesa del grupo Wolseley alegaron ante la dirección de la empresa que no se había informado y consultado al comité de empresa europeo sobre esta reestructuración. El acuerdo de constitución del comité de empresa europeo se remonta a 1996 y se ha renovado dos veces desde entonces. El Tribunal de Casación indica que “el acuerdo de renovación prevé expresamente que se informará y consultará al comité de empresa europeo del grupo Wolseley exclusivamente para cuestiones transnacionales” y se excluyen todas aquellas cuestiones que afectan únicamente a un país del grupo. A diferencia de lo que dictaminó la jurisdicción de primera instancia, no había lugar para aplicar las disposiciones adicionales previstas por el código laboral francés en caso de desacuerdo sobre la aplicación de un comité de empresa europeo (artículo L. 2343-4 párrafo 1). Esto permite reafirmar la solidez del carácter derogatorio de los acuerdos de anticipación, aunque a la sentencia le falta rigor puesto que no verifica si se ha renovado adecuadamente el acuerdo de anticipación, lo que hubiera implicado un análisis de la legislación británica sobre la materia (Casación. Sala de lo Social. 1 de febrero de 2017, nº 15-24571).
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Hungría
- Enmienda a la legislación sobre la jornada de trabajo: el gobierno presentó al parlamento un proyecto de enmienda del código laboral con el que quiere modificar algunos aspectos de la legislación relativa a la jornada laboral. La medida más destacada es la prolongación a 36 meses del periodo de referencia para calcular la duración máxima del trabajo. Esta prolongación debería ser motivada por razones objetivas vinculadas a la organización de la jornada laboral e introducirse mediante un convenio colectivo.
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