IR Notes

Trabajar juntos para construir una Europa social

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IR Notes 26 – Se intensifican las medidas contra el dumping social en el transporte por carretera

  IR Notes 26 – 25 febrero 2015
www.irshare.eu
 
 
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IR Share es una empresa orientada a responsables de recursos humanos y representantes de los trabajadores cuya finalidad es proporcionar y compartir información, documentación y know how sobre temas de interés para estos agentes. IR Share opera por medio de publicaciones online, grupos de trabajo, formación especializada y una amplia red de expertos colaboradores.


El equipo Han colaborado en este número Raluca Dimitriu, Francisco Gomez Abelleira, Ekaterina Markova, Christer Thörnqvist y Frédéric Turlan. Conozca de cerca el equipo de IR Share en nuestra página web.


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  Entrevista
Emmanuel Jahan, Presidente del Comité de Diálogo Social Sectorial “Aviación civil”

¿Qué conclusiones extrae de la conferencia de interlocutores sociales europeos celebrada los días 12 y 13 de febrero de 2015 en París en relación con los principales temas tratados, el empleo atípico en el sector de la aviación y los falsos autónomos?
Además del éxito de la conferencia, a la cual asistieron más de 100 representantes en lugar de los 60 previstos inicialmente, valoro de forma positiva el hecho de que esté tomando forma la idea de establecer un acuerdo global que fije unas normas de trabajo mínimas para el transporte aéreo. De forma similar a la conseguida mediante el acuerdo alcanzado para el sector marítimo bajo la batuta de la OIT, un acuerdo de este tipo podría apoyarse en los principios en los que se basa la legislación social aplicable a los trabajadores móviles (pilotos, personal de cabina) en relación con el derecho nacional del país en la que se encuentre la base de operaciones (home base) de estos trabajadores. Esto sería válido para la aplicación tanto del derecho laboral como del derecho de la seguridad social. Aunque las conversaciones se puedan desarrollar a nivel europeo, la respuesta a este dumping social mundial tendrá que darse indefectiblemente a escala global.


¿Qué medidas propondría para luchar contra el fenómeno de los falsos autónomos señalado por el estudio de la Universidad de Gante en el que participaron más de 6.500 pilotos?
El estudio muestra que, efectivamente, muchos pilotos trabajan para una única compañía aérea y son, por tanto, falsos autónomos sin ni siquiera saberlo o, en cualquier caso, sin que ello parezca importarles. Sobre este punto cabe señalar que la Comisión Europea (DG Empleo), representada por el Sr. Armindo Silva, considera oportuno unificar los diferentes elementos del derecho de la Unión y de la jurisprudencia en un solo texto —un reglamento o una directiva— a fin de establecer de forma clara e inequívoca que diferencia un autónomo de un trabajador asalariado.


¿Qué sucederá ahora después de la conferencia?
Antes de la conferencia la Comisaria de Transportes había pedido al Comité de Diálogo Social Sectorial para la aviación civil que aportara pruebas sobre la evolución de los falsos autónomos en el sector y había expresado su voluntad de abrir un diálogo con las partes implicadas. El estudio que en su momento encargamos a la Universidad de Gante servirá de documento de trabajo en la próxima reunión con la comisaria quien ya dispone también de la lista aparecida en la prensa con los nombres de 220 pilotos que afirman ser autónomos a pesar de que trabajan en exclusiva para una sola compañía aérea. Tiene entre sus manos ya también el contrato de trabajo de un piloto de Norwegian Airline establecido en Bangkok pero que trabaja mayoritariamente en la UE. Todos estos documentos sirven como pruebas.

 
  Agenda

4-6 Marzo
Bruselas

Conferencia internacional “Women’s health and work“, organizada por el Instituto Sindical Europeo (ETUI/EGI).(EN)


5 Marzo
Bruselas
Conferencia de alto nivel organizada por la Comisión Europea con motivo del 30 aniversario del establecimiento del diálogo social europeo (Val Duchesse) para lanzar nuevas iniciativas y propuestas.


5 Marzo
Berlín
X Foro Hans Böckler sobre derecho laboral y social.


9 Marzo
Bruselas
Consejo de Empleo y Política Social


12 Marzo
París
Seminario internacional del IRES sobre “Negociaciones de la empresa sobre empleo: experiencias en algunos países europeos”, con Jacques Freyssinet, economista y profesor emérito de la Universidad de París I Panteón-Sorbona.


17 Marzo
París
En el marco de la serie de ponencias sobre el diálogo social europeo, Europe et Société organiza en cooperación con Réalités du dialogue social una sesión de análisis crítico del diálogo social sectorial, sus resultados, procedimientos y perspectivas.


31 Marzo
Riga
Foro de interlocutores sociales sobre el papel del diálogo social para el fomento del crecimiento económico y la calidad de los puestos de trabajo, organizado por los agentes sociales europeos y la presidencia letona del Consejo.


31 Marzo
Bruselas
Comida de trabajo organizada por el Instituto Sindical Europeo sobre el tema “El modelo nórdico de cara al 2030. ¿Un nuevo capítulo?“, con Jon Erik Dølvik, Fafo, Institute for Labour and Social Research, Oslo.


9-10 Abril
París
Seminario sobre la competencia transnacional de los comités de empresa europeos, organizada por Astrees, IR Share y SBI-FNV Formaat con la colaboración de la Comisión Europea. La asistencia al seminario está reservada exclusivamente a directivos responsables de los CEE. Tel.: : + 33 (0) 6 81 41 53 95 / frederic.t@irshare.eu


16-17 Abril
Bruselas
Seminario “Diálogo europeo 2015” organizado por la Fundación Hans Böckler sobre el tema “El bienestar en Europa … solo si detenemos la creciente desigualdad“, con Lazlo Andor, Reiner Hoffmann y Paul Krugman, profesor de la Universidad de Princeton y Premio Nobel de Economía 2008.

 

IR Notes se publica quincenalmente en diversos idiomas europeos de la mano de IR Share y de su equipo de expertos. El boletín está concebido como un observatorio europeo de las relaciones laborales, el derecho del trabajo y las políticas de empleo. La suscripción cuesta 15 euros (+ IVA) al mes y puede formalizarse a través de la página web de IR Share. IR Share es una empresa independiente de capital privado no vinculada a ningún partido que se dedica a la información y formación de los agentes del diálogo social europeo y otros actores interesados. Desde 2009 IR Share es la representante de Francia y Luxemburgo en la Fundación de Dublín (Eurofound), y desde 2014 también de Bulgaria.

 

Es noticia
Se intensifican las medidas contra el dumping social en el transporte por carretera

Cuando la Comisión Europea aún está examinando la decisión del gobierno alemán de aplicar el salario mínimo establecido por ley a los conductores de camiones extranjeros que se encuentren en tránsito por Alemania o que presten servicios de transporte en Alemania, el gobierno francés ha seguido el ejemplo alemán. En un debate parlamentario el gobierno aprobó un cambio legal que “permite a cualquier conductor que circule por Francia en el marco de una prestación de servicios de transporte transfronteriza acogerse al salario mínimo y a las prestaciones sociales aplicables”, confirma el comunicado de prensa (en francés) del ministerio de Economía del país galo. Este cambio permitirá asimismo “perseguir penalmente por trabajo no declarado a las empresas logísticas extranjeras que tengan conductores trabajando en Francia sin los papeles reglamentarios”.  Según el texto legal la responsabilidad de cumplimiento de las disposiciones sociales francesas por parte del conductor se traspasará al contratante francés. Un decreto ley será el encargado de pormenorizar la forma en la que se aplicarán a los conductores las disposiciones francesas sobre desplazamiento de trabajadores. “Se trata de medidas contra el dumping social por parte de empresas extranjeras, pero también de empresas francesas que optimizan sus gastos sociales estableciendo filiales en el extranjero”, explicaba el pasado 17 de febrero Alain Vidalies, secretario de Estado encargado de Transporte, Mar y Pesca. Habrá que esperar ahora a que la Comisión se pronuncie sobre estas decisiones en base al principio de la libre circulación de bienes y servicios. La patronal IRU informa a sus miembros sobre la moratoria de aplicación solicitada al gobierno alemán sin nombrar la decisión del gobierno francés (véase comunicado de prensa). La Federación Europea de Trabajadores del Transporte(ETF, véase comunicado de prensa) apoya, por el contrario, la decisión del gobierno alemán de aplicar el salario mínimo así como las normativas belga (decreto del 14 de abril de 2014, en francés y flamenco) y francesa (Ley N.º 2014-790 del 10 de julio de 2014, en francés) sobre los tiempos de descanso mínimos de los conductores de camiones. La federación ya había saludado antes la sentencia de un tribunal holandés que obliga a una empresa logística neerlandesa a aplicar el convenio sectorial nacional a los conductores húngaros que trabajan en los Países Bajos por encargo de su filial húngara (véase comunicado de prensa). La Comisión, que en estos momentos trabaja en un paquete de medidas para el transporte de mercancías por carretera, no puede eludir un debate en el que están participando también los eurodiputados de la Comisión de Transportes, y deberá dar a conocer su interpretación de la legislación europea la próxima primavera (véase también el artículo de Europaforum del 22 de enero de 2015, en francés).


1. Unión Europea
Temas sociales de actualidad

  • Recursos del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: El 6 de febrero de 2015 la Comisión Europea propuso asignar un total de 2,5 millones de euros para ayudar a 250 ex trabajadores de la empresa Lufthansa Technik Airmotive de Irlanda y dos de sus empresas proveedoras a encontrar un nuevo empleo (véase comunicado de prensa de la Comisión).


Diálogo social sectorial

  • Fomento del teletrabajo en el sector seguros: Los agentes sociales del sector suscribieron el pasado 10 de febrero una declaración conjunta sobre el teletrabajo basada en el acuerdo marco europeo intersectorial suscrito por los interlocutores sociales el 16 de julio de 2002. Los firmantes de la declaración sostienen que el teletrabajo beneficia tanto a las empresas, que se benefician de una fuerza de trabajo más motivada, como a los empleados,  que disfrutan de un horario flexible y ahorran tiempo, dinero y estrés reduciendo los desplazamientos al trabajo. En la declaración se especifican los puntos que se deben tener en cuenta para aplicar el teletrabajo, tanto en el marco de acuerdos individuales como colectivos y tanto a nivel del sector como de la empresa.

  • Informe sobre el empleo femenino en el sector ferroviario: El 2 de febrero de 2015 los interlocutores sociales publicaban su tercer informe sobre la aplicación de las recomendaciones aprobadas en el año 2012 para la mejora de la representación e integración de la mujer en este sector. Han participado en la encuesta 38 empresas que representan a un total de casi 900.000 trabajadores. Ésta revela que el porcentaje de trabajadoras en 2014 fue del 19,8%, lo cual supone un ligero incremento con respecto al 19,5% del año 2013. En los diez países que han respondido a las tres encuestas el porcentaje de mujeres se ha incrementado un 1% desde 2010. Con un 2% el porcentaje de mujeres maquinistas es muy reducido, aunque cabe destacar el 21% de Suecia.


Jurisprudencia

  • Aplicación del salario mínimo a los trabajadores desplazados: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia importante sobre el salario mínimo según la cual un empleador polaco debe pagar el salario mínimo fijado en dos convenios colectivos finlandeses a los 186 trabajadores polacos desplazados a Finlandia (TJUE, 12 de febrero de 2015, en el asunto C 396/13, Sähköalojen ammattiliitto ry). Los trabajadores fueron enviados a las obras de una central nuclear y alojados a 15 kilómetros de la misma. Los trabajadores exigían varios elementos de la remuneración que, en su opinión, debían formar parte del salario mínimo. La directiva sobre desplazamiento 96/71 establece que los trabajadores desplazados tienen derecho a una “cuantía del salario mínimo” del estado miembro de acogida, aunque no especifica la composición de dicho salario mínimo por considerarla competencia de cada estado miembro. La directiva solo especifica que los “complementos correspondientes al desplazamiento” (como una prima por desplazamiento) forman parte del salario mínimo a menos que se hayan abonado a los trabajadores como reembolso de gastos de desplazamiento, alojamiento y/o manutención. El Tribunal considera que la indemnización diaria y el complemento de trayecto diario no se abonaron como gastos efectivamente soportados y que, por tanto, estas indemnizaciones deben clasificarse como “complementos correspondiente al desplazamiento” y forman parte del salario mínimo. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) saludó esta sentencia en la que “el principio de igual salario a igual trabajo le ha ganado la partida al dumping social y a la competencia sin control”. En la práctica, esta sentencia debería llevar a los interlocutores sociales a ponerse de acuerdo sobre la definición precisa de salario mínimo y a transmitir dicha información a las empresas y trabajadores desplazados. La sentencia recuerda asimismo que el salario mínimo al que tienen derecho los trabajadores desplazados no solo se compone de la cuantía establecida por ley o por convenio, sino que contempla otros elementos retributivos relacionados con el trabajo que desempeñan los trabajadores y que no se han abonado en forma de reembolso por los gastos derivados del desplazamiento. La cuantía del salario mínimo fijada por ley o por convenio no resulta, por tanto, de la simple suma de los diferentes elementos retributivos. Si esta interpretación es correcta, la jurisprudencia que crea esta sentencia limitará efectivamente el riesgo de dumping social en tanto que aproxima la cuantía total retributiva que se abona a un trabajador desplazado a la remuneración que perciben los trabajadores nacionales del país de acogida.


2. Estados miembros
Bulgaria

  • Traspaso de poder en la cúpula de la federación sindical Podkrepa: En el marco del IX Congreso de la federación sindical Podkrepa celebrado el 9 de febrero de 2015 los delegados eligieron un nuevo equipo directivo: Dimitar Manolov como presidente y Ioanis Parteniotis como vicepresidente. Como reconocimiento a su encomiable contribución a la fundación y desarrollo de la organización durante 26 años, Konstantin Trenchev fue nombrado presidente de honor.

  • La concertación tripartita en peligro: Las cuatro organizaciones patronales búlgaras de ámbito nacional (AICB, BIA, BCCI y CEIBG) han amenazado con abandonar el Consejo Nacional para la Cooperación Tripartita si el gobierno no cambia inmediatamente su política actual de modificar leyes sin concierto. En una carta conjunta denuncian que desde finales de noviembre de 2014 el consejo no ha celebrado ninguna reunión ordinaria a pesar de que el gobierno ha adoptado, durante este período de tiempo, importantes decisiones económicas y sociales, como por ejemplo la modificación del Código de la Seguridad Social mediante la introducción del derecho de los ciudadanos a elegir entre un fondo de pensiones universal o un fondo de pensiones del Instituto Nacional de Seguros. El gobierno rechaza estas acusaciones y sostiene que todas las decisiones de política social importantes se han basado en el diálogo social.


Rumania

  • Adaptación del derecho nacional al derecho comunitario: La Ley Nº 12/2015 publicada el 22 de enero de 2015 modifica la legislación nacional para hacerla conforme con el derecho comunitario en diversos ámbitos: 1. La ley establece que los trabajadores cedidos por agencias de empleo deberán percibir el mismo salario que los trabajadores de la empresa usuaria que ocupen el mismo puesto. Si no hay ningún empleado de la empresa usuaria que ocupe el mismo puesto que el trabajador cedido, el salario de éste último deberá ser equivalente al estipulado en el convenio colectivo aplicable a la empresa. Hasta ahora la ley solo estipulaba que el trabajador cedido debía percibir el salario mínimo legal. 2. Las vacaciones remuneradas anuales se calculan básicamente en proporción a las horas de trabajo efectivamente trabajadas durante el año natural. A partir de ahora, sin embargo, se contemplarán en el cálculo del período de vacaciones remuneradas los días de baja por enfermedad, maternidad, protección de la maternidad o cuidado de un hijo enfermo. Si el trabajador cedido tiene que interrumpir sus vacaciones pagadas por uno de estos motivos, dichas vacaciones se prolongarán por el tiempo en el que dure la causa de la interrupción, o bien el trabajador cedido podrá retrasar a un momento posterior en el tiempo los días de vacaciones pagadas no disfrutados. 3. Si una incapacidad laboral conduce a la resolución del contrato, el despido se hará efectivo a partir de ahora en el momento en el que una decisión médica determine dicha incapacidad. Hasta ahora el despido tenía lugar cuando el seguro de pensiones reconocía una pensión por invalidez, lo cual conllevaba una prolongación del contrato laboral del trabajador que ya no estaba capacitado para trabajar.


Suecia

  • Debate sobre la igualdad entre mujeres y hombres: El mundo sindical sueco está inmerso en un acalorado debate sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres. A principios de febrero Annelie Nordström, presidenta del Sindicato de Trabajadores Municipales sueco, denunciaba en el rotativo de izquierdas “Dagens Etc” la injusta brecha salarial existente entre mujeres y hombres así como las diferencias en las condiciones laborales y las pensiones de jubilación a causa de los menores ingresos de las mujeres durante su vida laboral. El debate no aborda tanto las diferencias entre hombres y mujeres en sí como las diferencias entre los empleados del servicio público (80% mujeres) y los de la industria exportadora (80% hombres). El artículo cuestiona los incrementos salariales negociados para la industria exportadora en el marco de convenios colectivos, que constituyen un estándar salarial para el resto del mercado laboral. Estos incrementos se han negociado en forma de porcentaje sobre el salario, mientras que los sindicatos del sector público reivindican un aumento del salario real. La próxima ronda de negociaciones a escala nacional que tendrá lugar en la primavera de 2016 deberá abordar esta diferencia de enfoques entre los sindicatos a la hora de definir la estrategia reivindicativa para el otoño. Los dirigentes de los sindicatos de la industria exportadora ya han anunciado que no piensan renunciar al papel que el estándar salarial fijado en sus acuerdos desempeña para alcanzar una mayor igualdad salarial entre mujeres y hombres y entre los empleados del sector privado y del sector público.


3. Empresas
Comités de empresa europeos

  • Edenred: Ya está disponible en la página web de IR Share el acuerdo de comité de empresa europeo firmado el 17 de septiembre de 2014 para el grupo Edenred (6.000 empleados). El acuerdo establece que, a excepción de aquellos casos en los que un proyecto afecte a dos centros en dos países miembros diferentes, “la calidad de la cuestión transnacional es un elemento decisivo para el acuerdo” entre la dirección de la empresa y el presidente del comité de empresa. El CEE está compuesto por un representante de los trabajadores por país, sin representantes adicionales en función del número de empleados.

  • Famar: Ya puede encontrarse también en la página web de IR Share el acuerdo de comité de empresa europeo firmado el 2 de octubre de 2014 para el fabricante farmacéutico Famar (3.272 empleados). Este acuerdo, que adopta las cláusulas esenciales de la Directiva 2009/38, demuestra que es posible establecer un proceso de información y consulta de calidad dentro de un marco económico razonable también en grupos de tamaño más modesto.


Negociaciones transnacionales

Gamesa: Gamesa, el consorcio español especializado en energías renovables (6.000 empleados, un 36% en España), suscribió el pasado 18 de febrero un Acuerdo Marco Global con la federación sindical internacional IndustriAll Global Union. Este acuerdo, que sigue las últimas directrices fijadas por IndustriAll (véase IR Notes 25, EN, ES, FR), prevé la creación de un órgano de supervisión compuesto por representantes de la dirección, de IndustriAll y de tres sindicatos españoles (FITAG-UGT, MCA-UGT y CCOO de Industria) (véase comunicado de prensa de IndustriAll y Gamesa).



4. Estudios e informes

  • Recomendaciones para el fomento del empleo juvenil: El Servicio de Estudios del Parlamento Europeo ha publicado un informe sobre las medidas de fomento del empleo juvenil aplicadas por los estados miembros para los jóvenes menores de 25 años. El informe concluye con una serie de recomendaciones, entre las cuales figuran: 1) reforzar el acompañamiento personalizado de los jóvenes en busca de empleo por parte de los servicios de empleo; 2) priorizar las medidas formativas en el sector privado que puedan desembocar en un puesto de trabajo fijo por delante de las ofertas del sector público o asociativo; o 3) aplicar medidas contra la discriminación de las personas jóvenes sobre la base de la directiva 2000/78, que generalmente se aplica para combatir la discriminación de los trabajadores mayores.

  • Condiciones laborales por sector de actividad: La V Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo llevada a cabo por la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y Trabajo (Eurofound) ha presentado los resultados desglosados por sectores de actividad. Esto permite observar a fondo la evolución de las condiciones laborales en Europa en más de 30 sectores.


La palabra de la quincena
Despidos colectivos

La Unión Europea no se ha pronunciado nunca sobre los despidos individuales. Sí en cambio lo ha hecho sobre los despidos colectivos. Poco después de la primera crisis del petróleo —que conllevó numerosas reestructuraciones— los estados miembros aprobaron la Directiva 75/129, vigente hoy en su versión revisada, la Directiva 98/59 de 20 de julio de 1998. Ésta establece la obligación de la empresa de informar y consultar a los representantes de los trabajadores y de buscar soluciones alternativas para evitar despidos. En su ámbito de aplicación se incluyen los despidos colectivos (que se determinan en función de la cantidad de empleados afectados) que se producen en un establecimiento en un período de tiempo determinado (30 a 90 días). Próximamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea deberá pronunciarse sobre la definición del concepto “establecimiento”. Más información al respecto en el Diccionario de Relaciones Laborales de Eurofound (en inglés).

 


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  • Novedades sobre los últimos acontecimientos relativos a los Comités de Empresa Europeos y los Comités de Empresa de las SE.
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