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IR Notes 26 – 25 febrero 2015
www.irshare.eu
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¿Quiénes somos?
IR Share es una empresa orientada
a responsables de recursos humanos y representantes de los trabajadores
cuya finalidad es proporcionar y compartir información, documentación
y know how sobre temas de interés para estos agentes.
IR Share opera por medio de publicaciones online, grupos de trabajo,
formación especializada y una amplia red de expertos colaboradores.
El equipo
Han colaborado en este número Raluca Dimitriu, Francisco Gomez
Abelleira, Ekaterina Markova, Christer Thörnqvist y Frédéric Turlan.
Conozca de cerca el equipo de IR
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Entrevista
Emmanuel Jahan, Presidente del Comité de Diálogo Social Sectorial
“Aviación civil”
¿Qué conclusiones extrae de la
conferencia de interlocutores sociales europeos celebrada los
días 12 y 13 de febrero de 2015 en París en relación con los
principales temas tratados, el empleo atípico en el sector de la
aviación y los falsos autónomos? Además del éxito de la conferencia, a la
cual asistieron más de 100 representantes en lugar de los 60
previstos inicialmente, valoro de forma positiva el hecho de que
esté tomando forma la idea de establecer un acuerdo global que fije
unas normas de trabajo mínimas para el transporte aéreo. De forma
similar a la conseguida mediante el acuerdo alcanzado para el sector
marítimo bajo la batuta de la OIT, un acuerdo de este tipo podría
apoyarse en los principios en los que se basa la legislación social
aplicable a los trabajadores móviles (pilotos, personal de cabina)
en relación con el derecho nacional del país en la que se encuentre
la base de operaciones (home base) de estos trabajadores.
Esto sería válido para la aplicación tanto del derecho laboral como
del derecho de la seguridad social. Aunque las conversaciones se
puedan desarrollar a nivel europeo, la respuesta a este dumping
social mundial tendrá que darse indefectiblemente a escala
global.
¿Qué medidas propondría para luchar
contra el fenómeno de los falsos autónomos señalado por el
estudio de la Universidad de Gante en el que participaron más de
6.500 pilotos? El estudio muestra que, efectivamente,
muchos pilotos trabajan para una única compañía aérea y son, por
tanto, falsos autónomos sin ni siquiera saberlo o, en cualquier
caso, sin que ello parezca importarles. Sobre este punto cabe
señalar que la Comisión Europea (DG Empleo), representada por el Sr.
Armindo Silva, considera oportuno unificar los diferentes elementos
del derecho de la Unión y de la jurisprudencia en un solo texto —un
reglamento o una directiva— a fin de establecer de forma clara e
inequívoca que diferencia un autónomo de un trabajador
asalariado.
¿Qué sucederá ahora después de la
conferencia? Antes de la conferencia la Comisaria de
Transportes había pedido al Comité de Diálogo Social Sectorial para
la aviación civil que aportara pruebas sobre la evolución de los
falsos autónomos en el sector y había expresado su voluntad de abrir
un diálogo con las partes implicadas. El estudio que en su momento
encargamos a la Universidad de Gante servirá de documento de trabajo
en la próxima reunión con la comisaria quien ya dispone también de
la lista aparecida en la prensa con los nombres de 220 pilotos que
afirman ser autónomos a pesar de que trabajan en exclusiva para una
sola compañía aérea. Tiene entre sus manos ya también el contrato de
trabajo de un piloto de Norwegian Airline establecido en Bangkok
pero que trabaja mayoritariamente en la UE. Todos estos documentos
sirven como pruebas.
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Agenda
4-6 Marzo Bruselas Conferencia
internacional “Women’s
health and work“, organizada por el Instituto Sindical Europeo
(ETUI/EGI).(EN)
5
Marzo Bruselas Conferencia
de alto nivel organizada por la Comisión Europea con motivo del 30
aniversario del establecimiento del diálogo social europeo (Val
Duchesse) para lanzar nuevas iniciativas y propuestas.
5
Marzo Berlín X Foro
Hans Böckler sobre derecho laboral y social.
9
Marzo Bruselas Consejo
de Empleo y Política Social
12
Marzo París Seminario
internacional del IRES sobre “Negociaciones de la empresa sobre empleo:
experiencias en algunos países europeos”, con Jacques Freyssinet,
economista y profesor emérito de la Universidad de París I
Panteón-Sorbona.
17
Marzo París En el marco
de la serie de ponencias sobre el diálogo social europeo, Europe et
Société organiza en cooperación con Réalités du dialogue social una
sesión de análisis crítico del diálogo social sectorial, sus resultados,
procedimientos y perspectivas.
31
Marzo Riga Foro
de interlocutores sociales sobre el
papel del diálogo social para el fomento del crecimiento económico y
la calidad de los puestos de trabajo, organizado por los agentes
sociales europeos y la presidencia letona del Consejo.
31
Marzo Bruselas Comida de
trabajo organizada por el Instituto Sindical Europeo sobre el tema “El
modelo nórdico de cara al 2030. ¿Un nuevo capítulo?“, con Jon
Erik Dølvik, Fafo, Institute for Labour and Social Research, Oslo.
9-10
Abril París Seminario
sobre la competencia transnacional de los comités de empresa europeos,
organizada por Astrees, IR Share y SBI-FNV Formaat con la colaboración
de la Comisión Europea. La asistencia al seminario está reservada
exclusivamente a directivos responsables de los CEE. Tel.: : + 33 (0) 6
81 41 53 95 / frederic.t@irshare.eu
16-17
Abril Bruselas Seminario
“Diálogo europeo 2015” organizado por la Fundación Hans Böckler sobre el
tema “El
bienestar en Europa … solo si detenemos la creciente
desigualdad“, con Lazlo Andor, Reiner Hoffmann y Paul Krugman,
profesor de la Universidad de Princeton y Premio Nobel de Economía 2008.
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IR Notes se
publica quincenalmente en diversos idiomas europeos de la mano de IR Share y de
su equipo de expertos. El boletín está concebido como un observatorio
europeo de las relaciones laborales, el derecho del trabajo y las políticas
de empleo. La suscripción cuesta 15 euros (+ IVA) al mes y puede
formalizarse a través de la página web de IR Share. IR Share es una
empresa independiente de capital privado no vinculada a ningún partido que
se dedica a la información y formación de los agentes del diálogo social
europeo y otros actores interesados. Desde 2009 IR Share es la representante
de Francia y Luxemburgo en la Fundación de Dublín (Eurofound), y desde 2014
también de Bulgaria.
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Es
noticia
Se
intensifican las medidas contra el dumping social en el transporte por carretera
Cuando la Comisión Europea aún está examinando la decisión del gobierno alemán de
aplicar el salario mínimo establecido por ley a los conductores de camiones
extranjeros que se encuentren en tránsito por Alemania o que presten servicios de
transporte en Alemania, el gobierno francés ha seguido el ejemplo alemán. En un
debate parlamentario el gobierno aprobó un cambio legal que “permite a cualquier
conductor que circule por Francia en el marco de una prestación de servicios de
transporte transfronteriza acogerse al salario mínimo y a las prestaciones sociales
aplicables”, confirma el comunicado
de prensa (en francés) del ministerio de Economía del país galo. Este cambio
permitirá asimismo “perseguir penalmente por trabajo no declarado a las empresas
logísticas extranjeras que tengan conductores trabajando en Francia sin los papeles
reglamentarios”. Según el texto legal la responsabilidad de cumplimiento de las
disposiciones sociales francesas por parte del conductor se traspasará al
contratante francés. Un decreto ley será el encargado de pormenorizar la forma en la
que se aplicarán a los conductores las disposiciones francesas sobre desplazamiento
de trabajadores. “Se trata de medidas contra el dumping social por parte de empresas
extranjeras, pero también de empresas francesas que optimizan sus gastos sociales
estableciendo filiales en el extranjero”, explicaba el pasado 17 de febrero Alain
Vidalies, secretario de Estado encargado de Transporte, Mar y Pesca. Habrá que
esperar ahora a que la Comisión se pronuncie sobre estas decisiones en base al
principio de la libre circulación de bienes y servicios. La patronal IRU informa a
sus miembros sobre la moratoria de aplicación solicitada al gobierno alemán sin
nombrar la decisión del gobierno francés (véase comunicado de
prensa). La Federación Europea de Trabajadores del Transporte(ETF, véase comunicado
de prensa) apoya, por el contrario, la decisión del gobierno alemán de
aplicar el salario mínimo así como las normativas belga (decreto
del 14 de abril de 2014, en francés y flamenco) y francesa (Ley
N.º 2014-790 del 10 de julio de 2014, en francés) sobre los tiempos de
descanso mínimos de los conductores de camiones. La federación ya había saludado
antes la sentencia de un tribunal holandés que obliga a una empresa logística
neerlandesa a aplicar el convenio sectorial nacional a los conductores húngaros que
trabajan en los Países Bajos por encargo de su filial húngara (véase comunicado
de prensa). La Comisión, que en estos momentos trabaja en un paquete de
medidas para el transporte de mercancías por carretera, no puede eludir un debate en
el que están participando también los eurodiputados de la Comisión de Transportes, y
deberá dar a conocer su interpretación de la legislación europea la próxima
primavera (véase también el artículo
de Europaforum del 22 de enero de 2015, en francés).
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1. Unión
Europea
Temas
sociales de actualidad
- Recursos del Fondo Europeo de Adaptación a
la Globalización: El 6 de febrero de 2015 la Comisión
Europea propuso asignar un total de 2,5 millones de euros para ayudar a 250 ex
trabajadores de la empresa Lufthansa Technik Airmotive de Irlanda y dos de sus
empresas proveedoras a encontrar un nuevo empleo (véase comunicado
de prensa de la Comisión).
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Diálogo
social sectorial
- Fomento del teletrabajo en el sector
seguros: Los agentes sociales del sector suscribieron el
pasado 10 de febrero una declaración conjunta sobre el
teletrabajo basada en el acuerdo marco europeo intersectorial suscrito
por los interlocutores sociales el 16 de julio de 2002. Los firmantes de la
declaración sostienen que el teletrabajo beneficia tanto a las empresas, que se
benefician de una fuerza de trabajo más motivada, como a los empleados, que
disfrutan de un horario flexible y ahorran tiempo, dinero y estrés reduciendo
los desplazamientos al trabajo. En la declaración se especifican los puntos que
se deben tener en cuenta para aplicar el teletrabajo, tanto en el marco de
acuerdos individuales como colectivos y tanto a nivel del sector como de la
empresa.
- Informe sobre el empleo femenino en el
sector ferroviario: El 2 de febrero de 2015 los
interlocutores sociales publicaban su tercer
informe sobre la aplicación de las recomendaciones aprobadas en el año
2012 para la mejora de la representación e integración de la mujer en este
sector. Han participado en la encuesta 38 empresas que representan a un total de
casi 900.000 trabajadores. Ésta revela que el porcentaje de trabajadoras en 2014
fue del 19,8%, lo cual supone un ligero incremento con respecto al 19,5% del año
2013. En los diez países que han respondido a las tres encuestas el porcentaje
de mujeres se ha incrementado un 1% desde 2010. Con un 2% el porcentaje de
mujeres maquinistas es muy reducido, aunque cabe destacar el 21% de Suecia.
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Jurisprudencia
- Aplicación del salario mínimo a los
trabajadores desplazados: El Tribunal de Justicia de la
Unión Europea ha dictado una sentencia importante sobre el salario mínimo según
la cual un empleador polaco debe pagar el salario mínimo fijado en dos convenios
colectivos finlandeses a los 186 trabajadores polacos desplazados a Finlandia
(TJUE,
12 de febrero de 2015, en el asunto C 396/13, Sähköalojen ammattiliitto
ry). Los trabajadores fueron enviados a las obras de una central nuclear
y alojados a 15 kilómetros de la misma. Los trabajadores exigían varios
elementos de la remuneración que, en su opinión, debían formar parte del salario
mínimo. La directiva sobre desplazamiento 96/71 establece que los trabajadores
desplazados tienen derecho a una “cuantía del salario mínimo” del estado miembro
de acogida, aunque no especifica la composición de dicho salario mínimo por
considerarla competencia de cada estado miembro. La directiva solo especifica
que los “complementos correspondientes al desplazamiento” (como una prima por
desplazamiento) forman parte del salario mínimo a menos que se hayan abonado a
los trabajadores como reembolso de gastos de desplazamiento, alojamiento y/o
manutención. El Tribunal considera que la indemnización diaria y el complemento
de trayecto diario no se abonaron como gastos efectivamente soportados y que,
por tanto, estas indemnizaciones deben clasificarse como “complementos
correspondiente al desplazamiento” y forman parte del salario mínimo. La
Confederación Europea de Sindicatos (CES) saludó esta sentencia en la que “el
principio de igual salario a igual trabajo le ha ganado la partida al dumping
social y a la competencia sin control”. En la práctica, esta sentencia debería
llevar a los interlocutores sociales a ponerse de acuerdo sobre la definición
precisa de salario mínimo y a transmitir dicha información a las empresas y
trabajadores desplazados. La sentencia recuerda asimismo que el salario mínimo
al que tienen derecho los trabajadores desplazados no solo se compone de la
cuantía establecida por ley o por convenio, sino que contempla otros elementos
retributivos relacionados con el trabajo que desempeñan los trabajadores y que
no se han abonado en forma de reembolso por los gastos derivados del
desplazamiento. La cuantía del salario mínimo fijada por ley o por convenio no
resulta, por tanto, de la simple suma de los diferentes elementos retributivos.
Si esta interpretación es correcta, la jurisprudencia que crea esta sentencia
limitará efectivamente el riesgo de dumping social en tanto que aproxima la
cuantía total retributiva que se abona a un trabajador desplazado a la
remuneración que perciben los trabajadores nacionales del país de acogida.
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2. Estados
miembros
Bulgaria
- Traspaso de poder en la cúpula de la
federación sindical Podkrepa: En el marco del IX
Congreso de la federación sindical Podkrepa celebrado el 9 de febrero de 2015
los delegados eligieron un nuevo equipo directivo: Dimitar Manolov como
presidente y Ioanis Parteniotis como vicepresidente. Como reconocimiento a su
encomiable contribución a la fundación y desarrollo de la organización durante
26 años, Konstantin Trenchev fue nombrado presidente de honor.
- La concertación tripartita en
peligro: Las cuatro organizaciones patronales búlgaras
de ámbito nacional (AICB, BIA, BCCI y CEIBG) han amenazado con abandonar el
Consejo Nacional para la Cooperación Tripartita si el gobierno no cambia
inmediatamente su política actual de modificar leyes sin concierto. En una carta
conjunta denuncian que desde finales de noviembre de 2014 el consejo no ha
celebrado ninguna reunión ordinaria a pesar de que el gobierno ha adoptado,
durante este período de tiempo, importantes decisiones económicas y sociales,
como por ejemplo la modificación del Código de la Seguridad Social mediante la
introducción del derecho de los ciudadanos a elegir entre un fondo de pensiones
universal o un fondo de pensiones del Instituto Nacional de Seguros. El gobierno
rechaza estas acusaciones y sostiene que todas las decisiones de política social
importantes se han basado en el diálogo social.
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Rumania
- Adaptación del derecho nacional al derecho
comunitario: La Ley Nº 12/2015 publicada el 22 de enero
de 2015 modifica la legislación nacional para hacerla conforme con el derecho
comunitario en diversos ámbitos: 1. La ley establece que los trabajadores
cedidos por agencias de empleo deberán percibir el mismo salario que los
trabajadores de la empresa usuaria que ocupen el mismo puesto. Si no hay ningún
empleado de la empresa usuaria que ocupe el mismo puesto que el trabajador
cedido, el salario de éste último deberá ser equivalente al estipulado en el
convenio colectivo aplicable a la empresa. Hasta ahora la ley solo estipulaba
que el trabajador cedido debía percibir el salario mínimo legal. 2. Las
vacaciones remuneradas anuales se calculan básicamente en proporción a las horas
de trabajo efectivamente trabajadas durante el año natural. A partir de ahora,
sin embargo, se contemplarán en el cálculo del período de vacaciones remuneradas
los días de baja por enfermedad, maternidad, protección de la maternidad o
cuidado de un hijo enfermo. Si el trabajador cedido tiene que interrumpir sus
vacaciones pagadas por uno de estos motivos, dichas vacaciones se prolongarán
por el tiempo en el que dure la causa de la interrupción, o bien el trabajador
cedido podrá retrasar a un momento posterior en el tiempo los días de vacaciones
pagadas no disfrutados. 3. Si una incapacidad laboral conduce a la resolución
del contrato, el despido se hará efectivo a partir de ahora en el momento en el
que una decisión médica determine dicha incapacidad. Hasta ahora el despido
tenía lugar cuando el seguro de pensiones reconocía una pensión por invalidez,
lo cual conllevaba una prolongación del contrato laboral del trabajador que ya
no estaba capacitado para trabajar.
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Suecia
- Debate sobre la igualdad entre mujeres y
hombres: El mundo sindical sueco está inmerso en un
acalorado debate sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres. A principios
de febrero Annelie Nordström, presidenta del Sindicato de Trabajadores
Municipales sueco, denunciaba en el rotativo de izquierdas “Dagens Etc”
la injusta brecha salarial existente entre mujeres y hombres así como las
diferencias en las condiciones laborales y las pensiones de jubilación a causa
de los menores ingresos de las mujeres durante su vida laboral. El debate no
aborda tanto las diferencias entre hombres y mujeres en sí como las diferencias
entre los empleados del servicio público (80% mujeres) y los de la industria
exportadora (80% hombres). El artículo cuestiona los incrementos salariales
negociados para la industria exportadora en el marco de convenios colectivos,
que constituyen un estándar salarial para el resto del mercado laboral. Estos
incrementos se han negociado en forma de porcentaje sobre el salario, mientras
que los sindicatos del sector público reivindican un aumento del salario real.
La próxima ronda de negociaciones a escala nacional que tendrá lugar en la
primavera de 2016 deberá abordar esta diferencia de enfoques entre los
sindicatos a la hora de definir la estrategia reivindicativa para el otoño. Los
dirigentes de los sindicatos de la industria exportadora ya han anunciado que no
piensan renunciar al papel que el estándar salarial fijado en sus acuerdos
desempeña para alcanzar una mayor igualdad salarial entre mujeres y hombres y
entre los empleados del sector privado y del sector público.
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3.
Empresas
Comités de
empresa europeos
- Edenred: Ya está
disponible en la página web de IR Share el acuerdo de comité de empresa
europeo firmado el 17 de septiembre de 2014 para el grupo Edenred (6.000
empleados). El acuerdo establece que, a excepción de aquellos casos en los que
un proyecto afecte a dos centros en dos países miembros diferentes, “la calidad
de la cuestión transnacional es un elemento decisivo para el acuerdo” entre la
dirección de la empresa y el presidente del comité de empresa. El CEE está
compuesto por un representante de los trabajadores por país, sin representantes
adicionales en función del número de empleados.
- Famar: Ya puede
encontrarse también en la página web de IR Share el acuerdo de comité de empresa
europeo firmado el 2 de octubre de 2014 para el fabricante farmacéutico
Famar (3.272 empleados). Este acuerdo, que adopta las cláusulas
esenciales de la Directiva 2009/38, demuestra que es posible establecer un
proceso de información y consulta de calidad dentro de un marco económico
razonable también en grupos de tamaño más modesto.
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Negociaciones transnacionales
Gamesa: Gamesa, el consorcio
español especializado en energías renovables (6.000 empleados, un 36% en España),
suscribió el pasado 18 de febrero un Acuerdo Marco Global con la
federación sindical internacional IndustriAll Global Union. Este acuerdo, que sigue
las últimas directrices fijadas por IndustriAll (véase IR Notes 25, EN, ES, FR),
prevé la creación de un órgano de supervisión compuesto por representantes de la
dirección, de IndustriAll y de tres sindicatos españoles (FITAG-UGT, MCA-UGT y CCOO
de Industria) (véase comunicado de prensa de IndustriAll
y Gamesa).
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4. Estudios
e informes
- Recomendaciones para el fomento del empleo
juvenil: El Servicio de Estudios del Parlamento Europeo
ha publicado un informe
sobre las medidas de fomento del empleo juvenil aplicadas por los estados
miembros para los jóvenes menores de 25 años. El informe concluye con una serie
de recomendaciones, entre las cuales figuran: 1) reforzar el acompañamiento
personalizado de los jóvenes en busca de empleo por parte de los servicios de
empleo; 2) priorizar las medidas formativas en el sector privado que puedan
desembocar en un puesto de trabajo fijo por delante de las ofertas del sector
público o asociativo; o 3) aplicar medidas contra la discriminación de las
personas jóvenes sobre la base de la directiva 2000/78, que generalmente se
aplica para combatir la discriminación de los trabajadores mayores.
- Condiciones laborales por sector de
actividad: La V Encuesta Europea de Condiciones de
Trabajo llevada a cabo por la Fundación Europea para la Mejora de las
Condiciones de Vida y Trabajo (Eurofound) ha presentado los
resultados desglosados por sectores de actividad. Esto permite observar
a fondo la evolución de las condiciones laborales en Europa en más de 30
sectores.
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La palabra
de la quincena
Despidos
colectivos
La Unión Europea no se ha pronunciado nunca sobre los despidos individuales. Sí en
cambio lo ha hecho sobre los despidos colectivos. Poco después de la primera crisis
del petróleo —que conllevó numerosas reestructuraciones— los estados miembros
aprobaron la Directiva
75/129, vigente hoy en su versión revisada, la Directiva
98/59 de 20 de julio de 1998. Ésta establece la obligación de la empresa de
informar y consultar a los representantes de los trabajadores y de buscar soluciones
alternativas para evitar despidos. En su ámbito de aplicación se incluyen los
despidos colectivos (que se determinan en función de la cantidad de empleados
afectados) que se producen en un establecimiento en un período de tiempo determinado
(30 a 90 días). Próximamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea deberá
pronunciarse sobre la definición del concepto “establecimiento”. Más información al
respecto en el Diccionario
de Relaciones Laborales de Eurofound (en inglés).
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