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IR Notes 142 – Casi 4 personas de cada 10 de la UE se han pasado al teletrabajo

  IR Notes 142 – 20 de mayo 2020
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  Preguntamos a…
Teresa Casertano, responsable del departamento de ICTS en UNI Global Union

El pasado 12 de mayo, se firmó acuerdo mundial dentro del grupo español de telecomunica-ciones Telefónica para garantizar la seguridad de los trabajadores que regresan al trabajo después del confinamiento o de la reducción de actividad como resultado de la crisis del covid-19 (véase 4. Empresas). ¿Por qué es un acuerdo importante?
Se trata del primer acuerdo de este tipo firmado en un grupo del sector de las TIC a nivel mundial. El punto clave de este acuerdo es que las partes han convenido que el regreso al trabajo debe realizarse, con carácter prioritario, por medio de una negociación colectiva a nivel local y de acuerdo con los principios establecidos en el acuerdo global. Cabe destacar que tenemos una relación de confianza con Telefónica desde hace unos 20 años y que hemos suscrito dos acuerdos de alcance global con esta empresa: un acuerdo-marco internacional en 2014 y un acuerdo sobre el derecho a la desconexión en 2019. Así, nosotros compartimos la misma convicción de que es prioritario utilizar la negociación colectiva para establecer las condiciones de trabajo en el lugar de trabajo. En el momento de la pandemia del covid-19, Telefónica tuvo que tomar medidas de emergencia para garantizar la protección de sus trabajadores. Durante el confinamiento, los sindicatos españoles UGT y CC.OO. negociaron un acuerdo de regreso al lugar de trabajo de aplicación para las operaciones españolas. UNI y el Grupo Telefónica acordaron entonces que debíamos extender los principios de este acuerdo a las operaciones mundiales. Por lo tanto, negociamos los principios fundamentales que deben seguir los planes locales de retorno al trabajo. Se trata de normas mínimas que se detallarán y mejorarán en el ámbito local mediante acuerdo. Una de las medidas más importantes es la afirmación de que la mayor seguridad para los trabajadores la tienen trabajando desde su casa. Aunque haya fases de regreso gradual al lugar de trabajo, todas las fases privilegiarán que se mantenga el teletrabajo desde casa. Cuando esto no sea posible, el acuerdo especificará las condiciones de seguridad en las que se puede realizar el trabajo. Además, también se han celebrado conversaciones entre la dirección de Orange y la alianza mundial UNI de Orange en el contexto del acuerdo mundial sobre la salud y la seguridad en el trabajo suscrito en 2014. Dado que este acuerdo ya contiene una disposición sobre la lucha contra las pandemias, no ha habido que negociar un acuerdo separado.

 
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Es noticia
Casi 4 personas de cada 10 de la UE se han pasado al teletrabajo

La encuesta realizada por Eurofound entre más de 80.000 trabajadores europeos que se enfrentaron a la pandemia del covid-19 confirma un recurso masivo al teletrabajo. Más de un tercio (37%) de las personas que trabajan actualmente en la UE se han pasado al teletrabajo a tenor de la pandemia. La tasa asciende incluso al 43% entre los jóvenes de 18 a 35 años y es particularmente alta en los países nórdicos y del Benelux (casi el 60% en Finlandia y más del 50% en Luxemburgo, los Países Bajos, Bélgica y Dinamarca, y el 40% o más en Irlanda, Suecia, Austria e Italia). La encuesta también muestra que la opción del teletrabajo es nueva para muchos trabajadores: casi una cuarta parte de las personas (24%) que nunca habían trabajado en casa antes de la pandemia se pasaron al teletrabajo. De los que ya habían trabajado “a veces” desde casa, el 56% ha estado teletrabajando desde la pandemia. La encuesta pone de relieve también una característica del teletrabajo durante el período del covid-19: la mezcla entre tiempo profesional y privado. Más de una cuarta parte de los encuestados que trabajan actualmente en el teletrabajo dicen que tienen que trabajar en su tiempo libre para cumplir sus tareas. Este cambio hacia el teletrabajo, fomentado o incluso impuesto por los gobiernos, requiere supervisión. De esta manera, Yolanda Díaz, la Ministra de Trabajo de España sostuvo ante el parlamento español que el teletrabajo “no es una solución de emergencia”, sino que “ha venido para quedarse” y anunció un proyecto legislativo para regular su uso (véase el artículo publicado por Spain News). En Alemania, el Ministro Federal de Trabajo, Hubertus Heil, anunció en una entrevista un proyecto de ley para el otoño que crea un “derecho a la oficina en casa” (“Recht auf Homeoffice”). El objetivo es garantizar que todos puedan trabajar desde casa, incluso después de la crisis del covid-19 y si el lugar de trabajo lo permite, de forma similar al derecho a trabajar a tiempo parcial. El derecho al trabajo flexible, que incluye las solicitudes de paso al teletrabajo, ya existe en la legislación británica y holandesa (véase Eurofound – ILO, 2017, p. 47). En Francia, los agentes sociales a nivel interprofesional abrirán debates sobre el uso del teletrabajo. En las empresas, el teletrabajo se convertirá en el elemento central de una nueva forma de organización del trabajo. El 6 de mayo, el fabricante de automóviles PSA anunció un plan para que todos los empleados ajenos a la producción teletrabajen, es decir, 80.000 trabajadores de 200.000 en todo el mundo y con el objetivo de que pasen solamente entre un día y un día y medio en las instalaciones de la compañía (véase el comunicado). Xavier Chéreau, el Director de Recursos Humanos y Transformación del grupo, explicó las intenciones de la compañía en un vídeo, al tiempo que subrayó que esta organización tiene también como objetivo reducir la huella de carbono del grupo.


1. Unión Europea
Actualidad social

Revisión de la Directiva de Agentes Biológicos : la clasificación del covid-19 en esta directiva es muy controvertida. Lo que se plantea es dilucidar si debe incluirse en el Grupo 3, que es el de los agentes que pueden causar enfermedades graves; constituyen un serio peligro para los trabajadores; presentan un riesgo de que se propaguen en la colectividad, pero existen generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaces. O si más bien debe incluirse en el Grupo 4, que es el de los agentes patógenos que puedan causar una enfermedad grave en el hombre y supongan un serio peligro para los trabajadores; existen muchas probabilidades de que se propague en la colectividad y no existen generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaces. La Comisión optó por el Grupo 3 y remitió el asunto a un comité consultivo tripartito. Los representantes de los gobiernos y de las empresas validaron su posición, mientras que el grupo de los trabajadores se declaró casi unánimemente a favor del Grupo 4. El texto fue votado por los Estados Miembros el 14 de mayo. Por lo tanto, la revisión se publicará en el Diario Oficial de la UE. El Parlamento Europeo tendrá 30 días para validar o rechazar el texto. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) quiere utilizar este tiempo para convencer a los eurodiputados de que lo rechacen. ¿Con qué motivo? En palabras de Laurent Vogel, investigador del Instituto Sindical Europeo, “en la práctica, la clasificación en el Grupo 4 solamente proporcionaría una mayor protección a los trabajos específicos en los laboratorios de análisis biológicos. Pero esto prácticamente no tiene ninguna repercusión en concreto para la gran mayoría de los trabajadores”. ¿Por qué reacciona así entonces la CES? De hecho, el mundo sindical teme que la clasificación en el Grupo 3 conduzca a una disminución de los esfuerzos de las empresas. “La Comisión traslada un mensaje político inadecuado al borrar la peligrosidad del covid-19 en un momento en que los trabajadores se están reincorporando a sus puestos de trabajo”, señala Laurent Vogel (véase el comunicado de la CES).



  • El covid-19 y las enfermedades profesionales: La Confederación Europea de Sindicatos ha enviado una carta al comisario europeo de empleo, Nicolas Schmit, en la que le insta a que se reconozca el covid-19 como enfermedad profesional para mejorar la atención y las consecuencias de la enfermedad para los trabajadores (véase el comunicado de la EPSU).
    > véase la nota publicada por la organización Eurogip sobre el cuidado de los trabajadores afectados por el covid-19 en ocho países europeos. En el estudio se subraya que, si bien el personal sanitario en general está cubierto en lo que respecta a las enfermedades profesionales (con algunos límites para Alemania y Suecia), otras categorías de trabajadores no están cubiertos o únicamente lo están de manera deficiente. El reconocimiento de una enfermedad profesional dependerá de su capacidad para demostrar el vínculo entre la patología y la actividad de manera principal o incluso exclusiva.


Jurisprudencia

Valor de los certificados A1 en el ámbito del derecho laboral : El Tribunal de Justicia dictó una sentencia en un caso francés relativo al grupo de construcción Bouygues, encargado de la construcción de una central nuclear en la que intervino una cadena de subcontratistas que enviaban trabajadores desplazados a la obra (TJUE, 14 de mayo de 2020, asunto C-17/19, Bouygues). Los subcontratistas y el cliente, el grupo Bouygues, fueron acusados de no haber hecho declaraciones previas relativas a la contratación de los trabajadores destinados a la obra. Esta obligación de la legislación francesa permite verificar que los trabajadores han sido declarados al sistema de seguridad social francés y que se han satisfecho las diversas obligaciones del derecho laboral. Una vez que un trabajador desplazado tiene un certificado A1 que demuestra que está afiliado al sistema de seguridad social de su país de origen, ¿tiene también la empresa que hacer una declaración previa al empleo? El Tribunal de Justicia invita al tribunal nacional a verificar la naturaleza de la declaración en el momento de la contratación: si solamente sirve para afiliar al empleado al régimen de seguridad social francés, los certificados A1 “expedidos por la institución emisora excluirían, en principio, tal obligación”. “Alternativamente, si esta obligación también tiene por objeto, aunque sea parcialmente, garantizar la eficacia de los controles efectuados por las autoridades nacionales competentes para asegurar el cumplimiento de las condiciones de empleo y de trabajo impuestas por el derecho del trabajo” (Nota del editor: este es efectivamente el caso), entonces los certificados A1 “no afectarían en absoluto a dicha obligación” porque son vinculantes para los tribunales del Estado miembro de acogida y “únicamente en materia de seguridad social”.



  • Directiva “tiempo de trabajo” y circunstancias excepcionales: El Tribunal de Justicia ha dictado una sentencia muy importante sobre el respeto de la Directiva 2003/88 relativa a la ordenación del tiempo de trabajo, que entre otras cosas establece la duración máxima de la jornada laboral en períodos excepcionales como el que estamos viviendo actualmente con la crisis del covid-19 (TJUE 30 de abril de 2020, asunto C-211/19, Készenléti Rendorseg ). La sentencia allana el camino para que los Estados miembros puedan establecer excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva relativa al personal de la administración pública que participa en la lucha contra el covid-19. Para el sector privado, esto significa que todas las disposiciones de la directiva se aplican a los trabajadores incluso en caso de crisis epidémicas.


Diálogo social interprofesional

Fin de las negociaciones sobre la digitalización : Los agentes sociales europeos han concluido la negociación de un acuerdo interprofesional sobre la digitalización cuyo contenido ha sido aprobado por la Confederación Europea de Sindicatos. El acuerdo todavía tiene que ser validado por la dirección de las tres organizaciones patronales (BusinessEurope, CEEP y SMEunited). Una vez aprobado, “presentaremos oficialmente nuestro acuerdo, pero no será antes de finales de junio”, dice Liliane Volozinskis, directora de asuntos sociales de SMEunited. Según el borrador que hemos podido consultar, este nuevo acuerdo autónomo tiene por objeto “optimizar los beneficios y hacer frente a los desafíos de la digitalización en el mundo del trabajo”. El proyecto consta de cuatro capítulos principales: 1) Habilidades digitales y seguridad en el empleo. 2) Modalidades de conexión y desconexión. 3) Inteligencia artificial y garantía del principio de control humano. 4) Respeto a la dignidad humana y vigilancia. El texto define un “proceso circular dinámico” común que puede ser seguido por todos los agentes para abordar el tema, hacer observaciones comunes, tomar medidas y proceder a su evaluación posterior.


Diálogo social sectorial

Sector bancario: : Los agentes sociales del sector bancario firmaron el pasado 7 de mayo una declaración conjunta sobre los aspectos vinculados al empleo de la prestación de servicios financieros (véase el comunicado de UNI Europa Finance). El texto tiene como objetivo moralizar la venta de productos financieros a los clientes promoviendo un sector bancario ético y sostenible. Se invita a los agentes sociales de todos los niveles a aplicar esta declaración con la que deberían mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores y protegerlos del estrés y la presión comercial.



2.Estados miembros
Alemania

Control del distanciamiento social : El tribunal laboral de Wesels se pronunció sobre un caso en el que una empresa de logística utilizó la vigilancia por vídeo para comprobar si sus empleados cumplían las normas de distancia de al menos dos metros aplicables debido a la pandemia del covid-19. Las imágenes grabadas fueron anonimizadas y procesadas a continuación por un software ubicado en un servidor en otro país. El tribunal dictaminó, por una parte, que la transferencia de los datos al extranjero era contraria al acuerdo de la empresa sobre el uso de cámaras de vigilancia y, por otra, que constituía una violación de la ley de constitución de la empresa, que establece que el comité de empresa tiene derecho de codecisión cuando se trata de introducir y utilizar ese equipo para vigilar el comportamiento o el rendimiento de los empleados (véase el comunicado del tribunal).


Croacia

  • Procedimiento de despido : El pasado 27 de abril los representantes sindicales expresaron su firme oposición a la solicitud presentada por la patronal para modificar urgentemente la legislación laboral a fin de acelerar el procedimiento de despido y reducir el costo de los despidos. Los sindicatos buscan el apoyo del gobierno, mientras que la Asociación de Empleadores Croatas (CEA) subraya que estos cambios son necesarios.

Polonia

  • Adopción de medidas anticrisis sin consulta : Tras la aprobación de una ley especial para combatir la pandemia, los agentes sociales a nivel nacional criticaron la forma precipitada en que se aprobó la legislación sin la debida consulta. Son también muy controvertidas las medidas específicas. Por ejemplo, los sindicatos más representativos han criticado la posibilidad de introducir condiciones de trabajo y disposiciones sobre el tiempo de trabajo menos favorables para los trabajadores que las previstas en el Código Laboral. Es cierto que las empresas deben obtener el acuerdo de la representación de los trabajadores sobre esos cambios en la organización del trabajo. Pero en ausencia de un sindicato, basta con que un representante de los trabajadores “elegido” por la empresa dé su acuerdo.

3. Empresas
Acuerdo de empresa

  • Mantenimiento de los puestos de trabajo durante el covid-19 : La federación sindical europea IndustriAll Europe destaca el acuerdo alcanzado el 25 de abril por su filial VASAS en la planta de Mercedes en Kecskemét (Hungría), que mantiene los puestos de trabajo y los salarios básicos de los 4.400 trabajadores de la fábrica (véase el comunicado de IndustriALL Europe).

Acuerdos transnacionales

Regreso al trabajo : La dirección del grupo español de telecomunicaciones Telefónica y la federación sindical mundial UNI Global Union firmaron el pasado 12 de mayo un acuerdo global. para garantizar la seguridad de los trabajadores que vuelven al trabajo después del confinamiento o de periodos de reducción de plantilla vinculados a la crisis del covid-19 (véanse los comunicados de prensa de UNI Global Union y de Telefónica). En nuestra opinión, se trata del primer acuerdo sobre este tema alcanzado dentro de una empresa multinacional. Además de la prioridad otorgada a la negociación colectiva y al mantenimiento de los trabajadores en sus domicilios (véase Preguntamos a…), el acuerdo especifica, en función de los trabajos realizados, el equipo de protección y las garantías que deben ponerse en práctica para reducir el riesgo de exposición al virus. “Nuestra preocupación es proteger la salud de nuestros trabajadores y garantizar la continuidad del negocio”, explica Tatiana Espinosa de los Monteros, Directora Global de LLRR del Grupo Telefónica. “Fue esto lo que nos llevó a firmar un acuerdo en España con los sindicatos UGT y CCOO. Acordamos entonces que sería útil negociar un acuerdo con UNI Global Union. Este acuerdo mundial no es un acuerdo que deba aplicarse tal cual en todos los países, sino que contiene directrices para orientar las negociaciones que deben tener lugar localmente con los sindicatos, teniendo en cuenta el contexto nacional, las recomendaciones de los gobiernos y las de la OMS”.


4. Estudios e informes

Cuatro escenarios tras el covid-19: : En un artículo en inglés y gratuito en Social Europe, Philippe Pochet, Director del Instituto Sindical Europeo, pone de relieve hasta qué punto la crisis del covid-19 ha puesto en tela de juicio las principales características de la UE, los denominados pilares de la Unión Europea y que son el mercado único y la libre circulación, el euro y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y el derecho de la competencia y las ayudas estatales. Philippe Pochet analiza cuatro posibles escenarios tras el covid-19: 1) Retorno del neoliberalismo y de la ortodoxia presupuestaria; 2) Cambio hacia un modelo chino que favorece los regímenes autoritarios y la vigilancia generalizada; 3) Vuelta al crecimiento a toda costa para volver al mundo de antes, abandonando las preocupaciones medioambientales; o 4) Aceleración de la transición ecológica y revisión de nuestro modelo de crecimiento con un retorno a los servicios públicos, los bienes comunes y la solidaridad en el centro de las políticas económicas y sociales. ¡Ha llegado nuestro momento para elegir! ¡O para influir!



  • Por una política sanitaria europea: En una nota, el departamento internacional de la confederación de sindicatos alemanes DGB aboga por una política europea de salud pública. Es hora de poner fin a la privatización de unos sistemas de salud que como resultado de los recortes presupuestarios no han podido hacer frente a la epidemia. Los Estados también deberían utilizar el Tratado (artículo 168) como base para una coordinación europea eficaz y garantizar una atención sanitaria asequible y accesible para todos los ciudadanos europeos.

 

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  • Información actualizada sobre las novedades legislativas y de jurisprudencia en la UE.
  • Seguimiento de la evolución del derecho laboral en los Estados miembros de la UE.
  • Novedades sobre los últimos acontecimientos relativos a los Comités de Empresa Europeos y los Comités de Empresa de las SE.
  • Por último, IR Notes le mantiene informado sobre los principales estudios e investigaciones realizados en el mundo del trabajo.

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