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IR Notes 142 – 20 de mayo 2020
www.irshare.eu
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Preguntamos a…
Teresa Casertano, responsable del departamento de ICTS en UNI Global
Union
El pasado 12 de mayo, se
firmó acuerdo
mundial dentro del grupo
español de telecomunica-ciones Telefónica para garantizar la
seguridad de los trabajadores que regresan al trabajo después
del confinamiento o de la reducción de actividad como resultado
de la crisis del covid-19 (véase 4. Empresas). ¿Por qué es un
acuerdo importante? Se trata del primer acuerdo de este tipo
firmado en un grupo del sector de las TIC a nivel mundial. El punto
clave de este acuerdo es que las partes han convenido que el regreso
al trabajo debe realizarse, con carácter prioritario, por medio de
una negociación colectiva a nivel local y de acuerdo con los
principios establecidos en el acuerdo global. Cabe destacar que
tenemos una relación de confianza con Telefónica desde hace unos 20
años y que hemos suscrito dos acuerdos de alcance global con esta
empresa: un acuerdo-marco
internacional en 2014 y un
acuerdo
sobre el derecho a la desconexión en 2019. Así, nosotros compartimos la misma
convicción de que es prioritario utilizar la negociación colectiva
para establecer las condiciones de trabajo en el lugar de trabajo.
En el momento de la pandemia del covid-19, Telefónica tuvo que tomar
medidas de emergencia para garantizar la protección de sus
trabajadores. Durante el confinamiento, los sindicatos españoles UGT
y CC.OO. negociaron un acuerdo de regreso al lugar de trabajo de
aplicación para las operaciones españolas. UNI y el Grupo Telefónica
acordaron entonces que debíamos extender los principios de este
acuerdo a las operaciones mundiales. Por lo tanto, negociamos los
principios fundamentales que deben seguir los planes locales de
retorno al trabajo. Se trata de normas mínimas que se detallarán y
mejorarán en el ámbito local mediante acuerdo. Una de las medidas
más importantes es la afirmación de que la mayor seguridad para los
trabajadores la tienen trabajando desde su casa. Aunque haya fases
de regreso gradual al lugar de trabajo, todas las fases
privilegiarán que se mantenga el teletrabajo desde casa. Cuando esto
no sea posible, el acuerdo especificará las condiciones de seguridad
en las que se puede realizar el trabajo. Además, también se han
celebrado conversaciones entre la dirección de Orange y la alianza
mundial UNI de Orange en el contexto del acuerdo mundial sobre
la salud y la seguridad en el trabajo suscrito en 2014. Dado que este acuerdo ya contiene una
disposición sobre la lucha contra las pandemias, no ha habido que
negociar un acuerdo separado.
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Es
noticia
Casi 4
personas de cada 10 de la UE se han pasado al teletrabajo
La encuesta
realizada por Eurofound entre más de 80.000 trabajadores europeos que se enfrentaron
a la pandemia del covid-19 confirma un recurso masivo al teletrabajo. Más de un
tercio (37%) de las personas que trabajan actualmente en la UE se han pasado al
teletrabajo a tenor de la pandemia. La tasa asciende incluso al 43% entre los
jóvenes de 18 a 35 años y es particularmente alta en los países nórdicos y del
Benelux (casi el 60% en Finlandia y más del 50% en Luxemburgo, los Países Bajos,
Bélgica y Dinamarca, y el 40% o más en Irlanda, Suecia, Austria e Italia). La
encuesta también muestra que la opción del teletrabajo es nueva para muchos
trabajadores: casi una cuarta parte de las personas (24%) que nunca habían trabajado
en casa antes de la pandemia se pasaron al teletrabajo. De los que ya habían
trabajado “a veces” desde casa, el 56% ha estado teletrabajando desde la pandemia.
La encuesta pone de relieve también una característica del teletrabajo durante el
período del covid-19: la mezcla entre tiempo profesional y privado. Más de una
cuarta parte de los encuestados que trabajan actualmente en el teletrabajo dicen que
tienen que trabajar en su tiempo libre para cumplir sus tareas. Este cambio hacia el
teletrabajo, fomentado o incluso impuesto por los gobiernos, requiere supervisión.
De esta manera, Yolanda Díaz, la Ministra de Trabajo de España sostuvo ante el
parlamento español que el teletrabajo “no es una solución de emergencia”, sino que
“ha venido para quedarse” y anunció un proyecto legislativo para regular su uso
(véase el artículo
publicado por Spain News). En Alemania, el Ministro Federal de Trabajo, Hubertus
Heil, anunció en una entrevista
un proyecto de ley para el otoño que crea un “derecho a la oficina en casa” (“Recht
auf Homeoffice”). El objetivo es garantizar que todos puedan trabajar desde casa,
incluso después de la crisis del covid-19 y si el lugar de trabajo lo permite, de
forma similar al derecho a trabajar a tiempo parcial. El derecho al trabajo
flexible, que incluye las solicitudes de paso al teletrabajo, ya existe en la
legislación británica y holandesa (véase Eurofound
– ILO, 2017, p. 47). En Francia, los agentes sociales a nivel
interprofesional abrirán debates sobre el uso del teletrabajo. En las empresas, el
teletrabajo se convertirá en el elemento central de una nueva forma de organización
del trabajo. El 6 de mayo, el fabricante de automóviles PSA anunció un plan para que
todos los empleados ajenos a la producción teletrabajen, es decir, 80.000
trabajadores de 200.000 en todo el mundo y con el objetivo de que pasen solamente
entre un día y un día y medio en las instalaciones de la compañía (véase el comunicado).
Xavier Chéreau, el Director de Recursos Humanos y Transformación del grupo, explicó
las intenciones de la compañía en un vídeo, al tiempo que
subrayó que esta organización tiene también como objetivo reducir la huella de
carbono del grupo.
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1. Unión
Europea
Actualidad
social
Revisión de la Directiva de Agentes Biológicos :
la clasificación del covid-19 en esta
directiva es muy controvertida. Lo que se plantea es dilucidar si debe
incluirse en el Grupo 3, que es el de los agentes que pueden causar enfermedades
graves; constituyen un serio peligro para los trabajadores; presentan un riesgo de
que se propaguen en la colectividad, pero existen generalmente una profilaxis o un
tratamiento eficaces. O si más bien debe incluirse en el Grupo 4, que es el de los
agentes patógenos que puedan causar una enfermedad grave en el hombre y supongan un
serio peligro para los trabajadores; existen muchas probabilidades de que se
propague en la colectividad y no existen generalmente una profilaxis o un
tratamiento eficaces. La Comisión optó por el Grupo 3 y remitió el asunto a un
comité consultivo tripartito. Los representantes de los gobiernos y de las empresas
validaron su posición, mientras que el grupo de los trabajadores se declaró casi
unánimemente a favor del Grupo 4. El texto fue votado por los Estados Miembros el 14
de mayo. Por lo tanto, la revisión se publicará en el Diario Oficial de la UE. El
Parlamento Europeo tendrá 30 días para validar o rechazar el texto. La Confederación
Europea de Sindicatos (CES) quiere utilizar este tiempo para convencer a los
eurodiputados de que lo rechacen. ¿Con qué motivo? En palabras de Laurent Vogel,
investigador del Instituto Sindical Europeo, “en la práctica, la clasificación en el
Grupo 4 solamente proporcionaría una mayor protección a los trabajos específicos en
los laboratorios de análisis biológicos. Pero esto prácticamente no tiene ninguna
repercusión en concreto para la gran mayoría de los trabajadores”. ¿Por qué
reacciona así entonces la CES? De hecho, el mundo sindical teme que la clasificación
en el Grupo 3 conduzca a una disminución de los esfuerzos de las empresas. “La
Comisión traslada un mensaje político inadecuado al borrar la peligrosidad del
covid-19 en un momento en que los trabajadores se están reincorporando a sus puestos
de trabajo”, señala Laurent Vogel (véase el comunicado
de la CES).
- El covid-19 y las enfermedades
profesionales: La Confederación Europea de Sindicatos ha
enviado una carta al comisario europeo de empleo, Nicolas Schmit, en la que le
insta a que se reconozca el covid-19 como enfermedad profesional para mejorar la
atención y las consecuencias de la enfermedad para los trabajadores (véase el comunicado
de la EPSU).
> véase la nota
publicada por la organización Eurogip sobre el cuidado
de los trabajadores afectados por el covid-19 en ocho países europeos.
En el estudio se subraya que, si bien el personal sanitario en general está
cubierto en lo que respecta a las enfermedades profesionales (con algunos
límites para Alemania y Suecia), otras categorías de trabajadores no están
cubiertos o únicamente lo están de manera deficiente. El reconocimiento de una
enfermedad profesional dependerá de su capacidad para demostrar el vínculo entre
la patología y la actividad de manera principal o incluso exclusiva.
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Jurisprudencia
Valor de los certificados A1 en el ámbito del
derecho laboral : El Tribunal de Justicia dictó una
sentencia en un caso francés relativo al grupo de construcción Bouygues, encargado
de la construcción de una central nuclear en la que intervino una cadena de
subcontratistas que enviaban trabajadores desplazados a la obra (TJUE,
14 de mayo de 2020, asunto C-17/19, Bouygues). Los subcontratistas y el
cliente, el grupo Bouygues, fueron acusados de no haber hecho declaraciones previas
relativas a la contratación de los trabajadores destinados a la obra. Esta
obligación de la legislación francesa permite verificar que los trabajadores han
sido declarados al sistema de seguridad social francés y que se han satisfecho las
diversas obligaciones del derecho laboral. Una vez que un trabajador desplazado
tiene un certificado A1 que demuestra que está afiliado al sistema de seguridad
social de su país de origen, ¿tiene también la empresa que hacer una declaración
previa al empleo? El Tribunal de Justicia invita al tribunal nacional a verificar la
naturaleza de la declaración en el momento de la contratación: si solamente sirve
para afiliar al empleado al régimen de seguridad social francés, los certificados A1
“expedidos por la institución emisora excluirían, en principio, tal obligación”.
“Alternativamente, si esta obligación también tiene por objeto, aunque sea
parcialmente, garantizar la eficacia de los controles efectuados por las autoridades
nacionales competentes para asegurar el cumplimiento de las condiciones de empleo y
de trabajo impuestas por el derecho del trabajo” (Nota del editor: este es
efectivamente el caso), entonces los certificados A1 “no afectarían en absoluto a
dicha obligación” porque son vinculantes para los tribunales del Estado miembro de
acogida y “únicamente en materia de seguridad social”.
- Directiva “tiempo de trabajo” y
circunstancias excepcionales: El Tribunal de Justicia ha
dictado una sentencia muy importante sobre el respeto de la Directiva 2003/88
relativa a la ordenación del tiempo de trabajo, que entre otras cosas establece
la duración máxima de la jornada laboral en períodos excepcionales como el que
estamos viviendo actualmente con la crisis del covid-19 (TJUE
30 de abril de 2020, asunto C-211/19, Készenléti Rendorseg ). La
sentencia allana el camino para que los Estados miembros puedan establecer
excepciones a determinadas disposiciones de la Directiva relativa al personal de
la administración pública que participa en la lucha contra el covid-19. Para el
sector privado, esto significa que todas las disposiciones de la directiva se
aplican a los trabajadores incluso en caso de crisis epidémicas.
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Diálogo
social interprofesional
Fin de las negociaciones sobre la digitalización
: Los agentes sociales europeos han concluido la negociación
de un acuerdo interprofesional sobre la digitalización cuyo contenido ha sido
aprobado por la Confederación Europea de Sindicatos. El acuerdo todavía tiene que
ser validado por la dirección de las tres organizaciones patronales (BusinessEurope,
CEEP y SMEunited). Una vez aprobado, “presentaremos oficialmente nuestro acuerdo,
pero no será antes de finales de junio”, dice Liliane Volozinskis, directora de
asuntos sociales de SMEunited. Según el borrador que hemos podido consultar, este
nuevo acuerdo autónomo tiene por objeto “optimizar los beneficios y hacer frente a
los desafíos de la digitalización en el mundo del trabajo”. El proyecto consta de
cuatro capítulos principales: 1) Habilidades digitales y seguridad en el empleo. 2)
Modalidades de conexión y desconexión. 3) Inteligencia artificial y garantía del
principio de control humano. 4) Respeto a la dignidad humana y vigilancia. El texto
define un “proceso circular dinámico” común que puede ser seguido por todos los
agentes para abordar el tema, hacer observaciones comunes, tomar medidas y proceder
a su evaluación posterior.
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Diálogo
social sectorial
Sector bancario: : Los agentes
sociales del sector bancario firmaron el pasado 7 de mayo una declaración conjunta sobre los
aspectos vinculados al empleo de la prestación de servicios financieros
(véase el comunicado
de UNI Europa Finance). El texto tiene como objetivo moralizar la venta de productos
financieros a los clientes promoviendo un sector bancario ético y sostenible. Se
invita a los agentes sociales de todos los niveles a aplicar esta declaración con la
que deberían mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores y protegerlos
del estrés y la presión comercial.
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2.Estados
miembros
Alemania
Control del distanciamiento social :
El tribunal laboral de Wesels se pronunció sobre un caso en el
que una empresa de logística utilizó la vigilancia por vídeo para comprobar si sus
empleados cumplían las normas de distancia de al menos dos metros aplicables debido
a la pandemia del covid-19. Las imágenes grabadas fueron anonimizadas y procesadas a
continuación por un software ubicado en un servidor en otro país. El tribunal
dictaminó, por una parte, que la transferencia de los datos al extranjero era
contraria al acuerdo de la empresa sobre el uso de cámaras de vigilancia y, por
otra, que constituía una violación de la ley de constitución de la empresa, que
establece que el comité de empresa tiene derecho de codecisión cuando se trata de
introducir y utilizar ese equipo para vigilar el comportamiento o el rendimiento de
los empleados (véase el comunicado
del tribunal).
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Croacia
- Procedimiento de despido :
El pasado 27 de abril los representantes sindicales
expresaron su firme oposición a la solicitud presentada por la patronal para
modificar urgentemente la legislación laboral a fin de acelerar el procedimiento
de despido y reducir el costo de los despidos. Los sindicatos buscan el apoyo
del gobierno, mientras que la Asociación de Empleadores Croatas (CEA) subraya
que estos cambios son necesarios.
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Polonia
- Adopción de medidas anticrisis sin
consulta : Tras la aprobación de una ley especial para
combatir la pandemia, los agentes sociales a nivel nacional criticaron la forma
precipitada en que se aprobó la legislación sin la debida consulta. Son también
muy controvertidas las medidas específicas. Por ejemplo, los sindicatos más
representativos han criticado la posibilidad de introducir condiciones de
trabajo y disposiciones sobre el tiempo de trabajo menos favorables para los
trabajadores que las previstas en el Código Laboral. Es cierto que las empresas
deben obtener el acuerdo de la representación de los trabajadores sobre esos
cambios en la organización del trabajo. Pero en ausencia de un sindicato, basta
con que un representante de los trabajadores “elegido” por la empresa dé su
acuerdo.
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3.
Empresas
Acuerdo de
empresa
- Mantenimiento de los puestos de trabajo
durante el covid-19 : La federación sindical europea
IndustriAll Europe destaca el acuerdo alcanzado el 25 de abril por su filial
VASAS en la planta de Mercedes en Kecskemét
(Hungría), que mantiene los puestos de trabajo y los salarios básicos de los
4.400 trabajadores de la fábrica (véase el comunicado de
IndustriALL Europe).
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Acuerdos
transnacionales
Regreso al trabajo : La
dirección del grupo español de telecomunicaciones Telefónica y la federación
sindical mundial UNI Global Union firmaron el pasado 12 de mayo un acuerdo global. para
garantizar la seguridad de los trabajadores que vuelven al trabajo después del
confinamiento o de periodos de reducción de plantilla vinculados a la crisis del
covid-19 (véanse los comunicados de prensa de UNI
Global Union y de Telefónica).
En nuestra opinión, se trata del primer acuerdo sobre este tema alcanzado dentro de
una empresa multinacional. Además de la prioridad otorgada a la negociación
colectiva y al mantenimiento de los trabajadores en sus domicilios (véase
Preguntamos a…), el acuerdo especifica, en función de los trabajos realizados, el
equipo de protección y las garantías que deben ponerse en práctica para reducir el
riesgo de exposición al virus. “Nuestra preocupación es proteger la salud de
nuestros trabajadores y garantizar la continuidad del negocio”, explica Tatiana
Espinosa de los Monteros, Directora Global de LLRR del Grupo Telefónica. “Fue esto
lo que nos llevó a firmar un acuerdo en España con los sindicatos UGT y CCOO.
Acordamos entonces que sería útil negociar un acuerdo con UNI Global Union. Este
acuerdo mundial no es un acuerdo que deba aplicarse tal cual en todos los países,
sino que contiene directrices para orientar las negociaciones que deben tener lugar
localmente con los sindicatos, teniendo en cuenta el contexto nacional, las
recomendaciones de los gobiernos y las de la OMS”.
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4. Estudios
e informes
Cuatro escenarios tras el covid-19: :
En un artículo
en inglés y gratuito en Social Europe, Philippe Pochet, Director del Instituto
Sindical Europeo, pone de relieve hasta qué punto la crisis del covid-19 ha puesto
en tela de juicio las principales características de la UE, los denominados pilares
de la Unión Europea y que son el mercado único y la libre circulación, el euro y el
Pacto de Estabilidad y Crecimiento y el derecho de la competencia y las ayudas
estatales. Philippe Pochet analiza cuatro posibles escenarios tras el covid-19: 1)
Retorno del neoliberalismo y de la ortodoxia presupuestaria; 2) Cambio hacia un
modelo chino que favorece los regímenes autoritarios y la vigilancia generalizada;
3) Vuelta al crecimiento a toda costa para volver al mundo de antes, abandonando las
preocupaciones medioambientales; o 4) Aceleración de la transición ecológica y
revisión de nuestro modelo de crecimiento con un retorno a los servicios públicos,
los bienes comunes y la solidaridad en el centro de las políticas económicas y
sociales. ¡Ha llegado nuestro momento para elegir! ¡O para influir!
- Por una política sanitaria
europea: En una nota, el departamento
internacional de la confederación de sindicatos alemanes DGB aboga por una
política europea de salud pública. Es hora de poner fin a la privatización de
unos sistemas de salud que como resultado de los recortes presupuestarios no han
podido hacer frente a la epidemia. Los Estados también deberían utilizar el
Tratado (artículo
168) como base para una coordinación europea eficaz y garantizar una
atención sanitaria asequible y accesible para todos los ciudadanos europeos.
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