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IR Notes 198 – 14 de diciembre 2022
www.irshare.eu
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***Todo el equipo de IR Share desea a sus
lectores unas felices fiestas de fin de año. Tras una breve
pausa invernal volveremos a encontrarnos con la edición de IR
Notes 199 el próximo día 14 de enero de 2022. Pero no se verá
totalmente privado de información: seguiremos actualizando el
sitio web del IR Share y también puede seguirnos en la cuenta de
Twitter @IR_Share.***
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Preguntamos a…
Sotiroula Charalambous, secretaria general de la confederación sindical
de Pancypre (PEO)
¿Cuáles son sus principales
preocupaciones en este momento? La primera es el impacto de la inflación
sobre los trabajadores. La previsión es que alcance el 10% a finales
de año, impulsada por la subida de los precios de la energía y los
alimentos. Hemos pedido al Gobierno que tome medidas de apoyo a los
ingresos de todos los trabajadores. Desgraciadamente, las medidas
adoptadas son parciales y puntuales, suelen consistir en ayudas
financieras a los más pobres y no tratan de apoyar el nivel de vida
de los trabajadores. Hemos pedido al Gobierno que baje el IVA de los
productos de primera necesidad, que grave los beneficios
extraordinarios de las empresas energéticas o que aumente las
prestaciones sociales, pero no hemos tenido éxito. Por ejemplo, la
renta mínima se mantiene sin cambios en el nivel de 480 euros desde
2014. Si tenemos en cuenta la inflación desde 2013, es comprensible
que estas personas tengan dificultades para sobrevivir. Otra
prioridad es el régimen de subsidio por coste de la vida (COLA) que
existe desde 1941. El COLA es un sistema de indexación salarial por
el que los salarios se ajustan a las fluctuaciones del índice de
precios al consumo. Este sistema se suspendió durante el período
2013-2017, cuando Chipre estaba bajo el programa de vigilancia de la
Troika (CE, BCE y FMI). Luego se restableció a partir de 2018 sobre
la base de un acuerdo tripartito alcanzado en 2017 entre los agentes
sociales y el Gobierno. Desde entonces, el ajuste se realiza una vez
al año a principios de año y no cada seis meses y solamente se
activa en caso de tasas positivas de crecimiento del PIB en el
segundo y tercer trimestre del año anterior. Por último, hasta
finales de 2022, el ajuste se realiza sobre la base de la mitad de
la tasa de inflación. En la actualidad estamos renegociando un nuevo
convenio tripartito. La patronal aboga por su supresión, mientras
que el movimiento sindical es unánime en su exigencia de que el
sistema tenga en cuenta la tasa de inflación en su totalidad.
Finalmente, la última prioridad se refiere al salario mínimo legal
que el Gobierno introdujo por decreto para el 1 de enero de 2023
(855 euros al mes). Esto resulta insuficiente. Por una parte, está
por debajo del umbral de pobreza. Por otra, al no existir
disposiciones legales mínimas en la legislación laboral como por
ejemplo en lo relativo a la duración de la semana laboral, los
trabajadores percibirán este salario mínimo tanto si trabajan 38
horas como 40 horas. Existe el riesgo adicional de que las empresas
disuadan a los trabajadores de afiliarse a sindicatos para evitar la
aplicación de convenios colectivos que establezcan salarios mínimos
más elevados. De esta manera, al instaurar este nuevo régimen de
salario mínimo, el Gobierno va en contra de los objetivos de la
recién adoptada directiva de la UE sobre salarios mínimos adecuados,
que pretende reforzar la negociación colectiva y ampliar
considerablemente la cobertura de los trabajadores por los convenios
colectivos en la Unión Europea.
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Agenda
30 y 31 de enero de
2023 Hamburgo (y en línea el primer día) XV
conferencia de Comités de Empresa Europeos y Comités de SE, organizada
por la EWC Academy, con una primera jornada sobre la revisión de la
directiva de CE Europeos, el acuerdo alcanzado con el CE Europeo de
Engie para proteger a los empleados transferidos a Bouygues y la
intervención del secretario del CE Europeo de Orpéa, despedido y
readmitido en dos ocasiones. Programa e
inscripción, interpretación en francés y alemán.
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¿Quiénes somos?
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quincenalmente en diversos idiomas europeos (alemán, español, francés,
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el derecho del trabajo y las políticas de empleo. La suscripción cuesta
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El equipo : este
número ha sido preparado por
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Turlan y Frédéric
Turlan.
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Turlan. Alojamiento: Ideal prod – 14, rue Auguste Morel – 89100 Sens –
Tel.: + 33 (0)3 86 83 21 21 – Francia. Nr. CPPAP: 0626 Z 93933.
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Diccionario europeo de las relaciones sociales
Si desea profundizar en la lectura de IR Notes, ponemos a su
disposición enlaces
al Diccionario
Europeo de las Relaciones Sociales publicado por Eurofound y
actualizado con regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las
definiciones de los términos están disponibles en inglés y se pueden
convertir rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es
noticia
Daimler
Truck: primera exportación de un comité de empresa europeo a terceros países
Con la creación del comité de empresa europeo y mundial de Daimler Truck se ha
alcanzado un hito en la historia de los comités de empresa europeos. Por primera
vez, el procedimiento de información y consulta previsto por la Directiva 2009/38
sobre los comités de empresa europeos se aplicará también a los proyectos
transnacionales de una empresa en los que participen un Estado miembro y uno o
varios países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o a proyectos que
afecten únicamente a varios de estos países (véase el comunicado de IG Metall).
Nacido tras la escisión de las actividades de fabricación de camiones y autobuses
del Grupo Daimler en 2021, el Grupo Daimler Truck (100.000 trabajadores en todo el
mundo) y su comité central de empresa finalizaron en noviembre la negociación de un
acuerdo para crear un órgano de representación de los trabajadores que abarque tanto
a los países del Espacio Económico Europeo como a países terceros. Ralf Götz,
negociador del IG Metall, explica que “en Daimler ya era práctica habitual tratar
conjuntamente los asuntos europeos y no europeos, así que cuando iniciamos las
negociaciones para crear un comité de empresa europeo en la nueva entidad Daimler
Truck, nuestro objetivo era sustituir el acuerdo anterior, según el artículo 14, por
un acuerdo en el que se aplicara íntegramente la directiva sobre comités de empresa
europeos. Se trataba, pues, de reforzar el derecho europeo. Además, también se
trataba de formalizar el procedimiento existente e incluir un ámbito de aplicación
más amplio en el acuerdo del comité de empresa europeo, que incluye a países no
pertenecientes a la Unión Europea”. La creación formal del organismo se hace
mediante un acuerdo de comité de empresa europeo cuyo ámbito geográfico incluye a
países terceros. El acuerdo se firmará en breve entre la dirección y la comisión
negociadora creada de conformidad con la directiva 2009/38. Dentro del comité
existe un consejo compuesto por cinco personas que se encargan de coordinar los
asuntos europeos y un comité ejecutivo compuesto por otros seis miembros (algunos de
los cuales también forman parte del consejo) que se ocupan de los asuntos del resto
del mundo. Ambas instancias están presididas por Michael Brecht (IG Metall), que
también es presidente del comité central de empresa en Alemania (véase Global works council). “Hemos
conseguido extender los derechos de información y consulta de los europeos,
claramente definidos por ley, a países de fuera de Europa”, se congratula Ralf Götz.
“En consecuencia, los países que no pertenecen a la Unión Europea tienen los mismos
derechos y obligaciones que los de la UE, para los que la directiva europea tiene
una aplicación directa. Desde nuestro punto de vista, se trata de un modelo, un
ejemplo a escala internacional y de suma importancia para la aplicación de los
derechos humanos y sindicales a escala internacional”. Esta referencia a los
derechos humanos y sindicales es más que actual, ya que el 9 de diciembre Daimler
Truck presentó una declaración de
principios sobre la responsabilidad social y de los derechos humanos. La
dirección y el comité de empresa central firmaron este documento junto con el nuevo
comité de empresa europeo ampliado y la federación sindical internacional
IndustriAll Global Union (véase el comunicado).
La declaración sigue las directrices de las Naciones Unidas sobre empresas y
derechos humanos y tiene en cuenta novedades como la protección de datos y la
inteligencia artificial. El nuevo comité de empresa europeo ampliado incluye a un
total de 23 países representados proporcionalmente a la plantilla de cada cual y
compuesto por un total de 38 miembros. Gracias a él “disponemos de una red mundial
de representantes de los trabajadores”, explica Michael Brecht. “Estos
representantes pueden comunicar al comité las infracciones de las normas o las
quejas en nuestras propias empresas o en las de los proveedores” (véase la entrevista).
Por último, otra primicia en la historia de los comités de empresa europeos, una de
las nueve pestañas de la web corporativa de Daimler Truck, situada en el mismo nivel
jerárquico que las habituales ‘Company’, ‘Investors’, ‘Products’, etc. se titula
‘Works council’. Desde ella se puede acceder a una presentación)
de los órganos representativos del grupo, incluido el comité de empresa europeo. Se
trata de un caso único entre las empresas del DAX40 de Alemania y con toda
probabilidad, también de Europa.
> Véase
también el comunicado
de IndustriAll Global Union sobre la reunión del comité.
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1. Unión
Europea
Actualidad
social
Revisión de la directiva sobre los comités de
empresa europeos : La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales
del Parlamento Europeo aprobó el 30 de noviembre el informe legislativo sobre la
revisión de la directiva 2009/38 sobre los comités de empresa europeos. La
previsión es que el informe reciba la aprobación del Pleno del Europarlamento en su
sesión de enero. Se ha invitado a la Comisión Europea a presentar una propuesta
revisada de directiva antes del 31 de enero de 2024. Aprobado por una cómoda mayoría
(33 votos a favor, 6 en contra y 8 abstenciones), el informe no propone una
reescritura completa de la directiva. En cambio, está inteligentemente diseñado para
corregir tres puntos débiles muy destacados: 1) Se ha pormenorizado la cuestión
transnacional. El considerando 16 de la directiva se integra en la definición de las
cuestiones transnacionales dentro del cuerpo de la directiva, lo que le confiere
fuerza vinculante. Esto afecta a los casos en los que quepa esperar razonablemente
que una cuestión que afecte a una instalación tenga o pueda tener en un futuro
previsible consecuencias para las instalaciones de otros Estados miembros. Afecta
también a las decisiones previstas por una empresa que se tomen en un Estado miembro
distinto de aquel en el que se producen los efectos. 2) Refuerzo de la consulta. La
consulta se lleva a cabo de forma que permita a los representantes de los
trabajadores obtener una respuesta motivada de la dirección central con tiempo
suficiente antes de que se adopte la decisión. 3) El abuso de la confidencialidad de
la información es limitado. Otra contribución importante es la voluntad de hacer
respetar los derechos de información y consulta. De esta manera, los Estados
miembros deben establecer procedimientos judiciales eficaces y accesibles en tiempo
útil que permitan solicitar una suspensión temporal de las decisiones de la
dirección central cuando éstas sean impugnadas. El texto aboga además por la
introducción de sanciones verdaderamente disuasorias: las sanciones económicas
ascenderán a un máximo de 10 millones de euros o al 2% del volumen de negocios total
anual a escala mundial de la empresa en el ejercicio anterior, si esta cifra es
superior. Además, en caso de infracción intencionada, la sanción se duplica. Una
disposición contundente que explica parcialmente la negativa de los eurodiputados de
Renew. Además, el informe quiere acabar con los “acuerdos de excepción”. Todos los
acuerdos existentes entran en el ámbito de aplicación de esta directiva sin
obligación de renegociarlos. Por último, en los acuerdos sobre comités de empresa
europeos que se negocien o revisen deberá fijarse un objetivo mínimo de equilibrio
de sexos: los miembros del sexo menos representado deberán ocupar al menos el 40% de
los representantes en el comité de empresa europeo y el 40% de los puestos en los
comités restringidos.
> Véase también: las positivas
reacciones del movimiento sindical europeo (comunicados de IndustriAll Europe y
de NSZZ
Solidarność). Para Isabelle Schömann, secretaria general adjunta de la
Confederación Europea de Sindicatos, los eurodiputados han enviado una clara señal a
la Comisión Europea para que actúe con el fin de reforzar los comités de empresa
europeos y garantizar que se respete su legítimo papel de ser informados y
consultados (véase el comunicado).
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2. Estados
miembros
Alemania
- Convenios colectivos y licitaciones :
El Gobierno alemán lanzó el pasado 7 de diciembre una consulta
pública sobre la legislación que obligaría a las empresas a respetar los
convenios colectivos en la adjudicación de contratos públicos por parte del
gobierno federal. El objetivo del Gobierno es limitar la competencia desleal y
reforzar la negociación colectiva (véase el comunicado).
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España
Guía sobre salud y seguridad :
El pasado 1 de diciembre, la confederación sindical UGT presentó
una guía
sobre las cláusulas convencionales en materia de seguridad y salud laboral
destinada a los negociadores. El objetivo es insertar en los convenios colectivos
disposiciones que refuercen y aclaren la legislación aplicable en materia, por
ejemplo, de evaluación de riesgos laborales, riesgos psicosociales, reincorporación
al trabajo tras un cáncer, prevención de condiciones climáticas extremas,
desconexión o teletrabajo. La guía también recomienda que se tenga en cuenta la
perspectiva de género en la evaluación de riesgos y que se mejore el crédito de
tiempo para los representantes de prevención (véase el comunicado).
- Reindustrialización: El
pasado 5 de diciembre el Gobierno español adoptó un importante proyecto de ley
para reforzar la industria y adaptarla a los retos de la digitalización, la
sostenibilidad medioambiental y la economía circular. El texto forma parte del
plan de recuperación e incluye un capítulo específico sobre los procesos de
reindustrialización. El proyecto establece la obligación para las empresas, en
determinadas circunstancias, de anticipar los cierres o las reducciones de
actividad que impliquen una reducción significativa del empleo. Los distintos
agentes afectados dispondrán de un plazo para buscar una solución a través de un
comité de reindustrialización en el que intervendrá el Estado. El texto
establece además que las empresas que reciban ayudas públicas deben
comprometerse a mantener los puestos de trabajo durante cinco años (tres años en
el caso de las PYME) (véase el comunicado
y la presentación).
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3. Estados
terceros
Reino
Unido
Ampliación del trabajo flexible y cláusula de
exclusividad : El Gobierno británico anunció el pasado 5 de
diciembre que apoyará un proyecto de ley que permita a todos los trabajadores
solicitar a su empresa un trabajo flexible (teletrabajo, horario escalonado, horario
flexible, anualización…), desde el primer día de trabajo y suprimiendo el actual
requisito de antigüedad de 26 semanas. En el caso de que la empresa no pudiera
satisfacer una solicitud, deberá discutir otras opciones antes de rechazarla. Los
trabajadores podrán presentar dos solicitudes al año y la empresa dispondrá de dos
meses para responder (en lugar de los tres actuales). Anticipando un efecto positivo
en la moral y la productividad de los trabajadores, el Gobierno pretende convertir
el trabajo flexible en la nueva norma. Además, el 5 de diciembre entró en vigor la
legislación que protege a los trabajadores que ganan 123 libras semanales o menos
contra las cláusulas de exclusividad que les impiden trabajar para más de una
empresa (véase el comunicado).
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4.
Empresas
Comités de
empresa europeos
Reestructuración en varios países: :
El Tribunal de Apelación Laboral del Reino Unido (Employment
Appeal Tribunal – EAT), en un dictamen del 13 de diciembre,
rechazó el recurso de la dirección de Adecco contra la decisión del
Comité Central de Arbitraje (CAC) a favor del comité de empresa de Adecco (AEWC) y
confirma lo que el CAC había decidido en primera instancia (véase IR Notes 149), a
saber: 1) La reclamación del comité de empresa europeo es admisible; 2) Los despidos
que tengan lugar en más de un país son una cuestión “transnacional”, lo que crea la
obligación para la dirección central de convocar al comité de empresa europeo a una
reunión extraordinaria para facilitar información e iniciar un proceso de consulta;
3) Las decisiones sobre despidos adoptadas en más de un país no tienen por qué
basarse en un único motivo. Los despidos que se producen al mismo tiempo son una
cuestión transnacional, aunque no tengan una “razón de ser común”. El dictamen se
opone así frontalmente a la “estrategia del salami”, que consiste en lanzar
reestructuraciones en varios países, espaciadas unos meses, alegando que se trata
únicamente de casos nacionales que no requieren la consulta del comité de empresa
europeo. La sentencia va acompañada de una sanción económica: una multa de 29.088
euros (25.000 libras) por incumplimiento del acuerdo AEWC, desglosado en 23.270
euros (20.000 libras) por la demanda de despido y 5.818 euros (5.000 libras) por no
haber facilitado los datos de ventas de la empresa país por país, de acuerdo con la
solicitud de la AEWC (Dictamen nº [2022] EAT 183).
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Dictamen desfavorable : El
pasado 9 de noviembre el comité de empresa europeo del grupo Safran emitió un dictamen
desfavorable sobre un proyecto de reorganización industrial de los centros europeos
de Safran Cabin en Alemania y en la República Checa. Tras visitas a las
instalaciones, numerosos intercambios con la dirección y un dictamen pericial, el
comité expresó sus dudas de que la recuperación de “la situación económica y
financiera de Safran Cabin sea el único objetivo del proyecto”. El dictamen negativo
se basa, en particular, en la “ausencia total de garantías” sobre el mantenimiento
de la planta alemana de Herborn y de buenas condiciones de trabajo para los
empleados checos que tendrán que absorber una transferencia de producción de la
planta alemana (véase el comunicado).
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Sociedad
europea
Fracaso de las negociaciones :
Dentro del marco de su transformación en sociedad anónima
europea (SE), el grupo JCDecaux, líder mundial de la
publicidad exterior, no ha llegado a un acuerdo para crear un comité de sociedad
Europa y, por tanto, deberá constituir un comité sobre la base de los artículos del
código laboral francés que transponen las disposiciones subsidiarias de la directiva
sobre la implicación de los trabajadores en la sociedad europea. Según Frédéric
Touboul (CGT), experto nombrado por la federación sindical europea UNI Graphical,
las propuestas presentadas por la dirección eran inferiores a las disposiciones del
código laboral. Esto explica el fracaso de las negociaciones del pasado mes de
septiembre. El grupo no dispone de comité de empresa europeo, aunque su plantilla lo
incluye en el ámbito de aplicación de la directiva (5.883 trabajadores en toda
Europa y 2.740 de ellos en Francia). Frédéric Touboul explica que “UNI Graphical
solicitó una instalación rápida del comité, dudando de la voluntad real del grupo de
crear el órgano, so pena de emprender acciones judiciales para impugnar la
transformación en sociedad europea”. Por su parte, la dirección afirma que “el
comité se encuentra en proceso de constitución “.
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Acuerdo
transnacional
Derechos fundamentales : El
pasado 1 de diciembre, la dirección del grupo Teleperformance (440.000
trabajadores), líder mundial de centros de llamadas, y la federación sindical
internacional UNI Global Union, firmaron un acuerdo global, tras años de presión por
parte de la federación sindical (véase el comunicado
de UNI Global Union, el texto del acuerdo no es público). El acuerdo engloba a un
total de 88 países y contiene las disposiciones habituales sobre libertad sindical y
salud y seguridad en el trabajo, con el compromiso de crear comités conjuntos de
salud y seguridad. Estos comités llevarán a cabo evaluaciones de riesgos y tendrán
en cuenta los mayores riesgos para los trabajadores a distancia, los trabajadores
que moderan contenidos en las redes sociales, el acoso a clientes o posibles
clientes y las repercusiones de la vigilancia en la salud y la seguridad. En un documento de preguntas y
respuestas enviado a IR Notes, las partes firmantes explican que las
disposiciones del acuerdo que van más allá de los requisitos legales de algunos
países tendrán aplicación inmediata para Polonia, Jamaica, El Salvador, Colombia y
Rumanía. En caso de desacuerdo, el asunto se remitirá a un “mediador neutral” y, a
continuación, si no hay resultado, a un árbitro para una “resolución definitiva y
vinculante”, de conformidad con el Reglamento de Arbitraje y Conciliación del
Trabajo Internacional. La federación sindical también está reconocida como parte
interesada en el plan sobre el deber de vigilancia previsto por la legislación
francesa. Tras denunciar periódicamente la actitud antisindical del grupo y los
riesgos para la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, Christy Hoffman afirma
que espera “generar confianza y mantener una relación constructiva con
Teleperformance durante los próximos años”.
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5. Estudios
e informes
Violencia en el trabajo : El
pasado 5 de diciembre la OIT presentó la primera
encuesta mundial de datos sobre violencia y acoso en el trabajo. Más de una
de cada cinco personas empleadas (22,8%) ha sufrido violencia y acoso en el trabajo,
ya sea físico, psicológico o sexual. La encuesta se realizó en 2021 entre 75.000
personas de 121 países en total. La OIT solicita la rápida aplicación del Convenio
nº 190 (comunicado
de prensa). Aunque ninguna región del mundo se libra, existen grandes
diferencias en cuanto a zona geográfica, sexo y nivel de renta. La tasa es del 16,2%
para el grupo de rentas bajas, del 24% para el grupo de rentas medias y del 32% para
el grupo de rentas más elevadas. Las mujeres con rentas altas son las más expuestas
(38,7%).
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