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IR Notes 264 – 17 de diciembre 2025
www.irshare.eu
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Preguntamos a…
Maxime Legrand, presidente de la Confederación Europea de Directivos (CEC
European Managers)
¿Cuáles son los temas tratados en
la consulta de los interlocutores sociales europeos sobre los
empleos de calidad en los que van a centrar sus
esfuerzos? Para
CEC European Managers, hay muchos temas
que tratar al mismo tiempo. Proponemos centrarnos prioritariamente
en la salud mental y los riesgos psicosociales. Para nosotros, el
principal reto es la instauración de un verdadero derecho a la
desconexión. Hoy en día, los directivos se ven especialmente
afectados por el cansancio relacionado con la hiperconectividad:
muchos de ellos tienen que hacer malabarismos constantemente entre
dos teléfonos, dos ordenadores, y reciben llamadas y notificaciones
sin cesar, incluso a través de las redes sociales. Las estadísticas
así lo muestran claramente: esta situación provoca un aumento de las
bajas por enfermedad entre los trabajadores que
representamos. Por lo
tanto, es esencial actuar de forma preventiva, mediante la
prevención y la sensibilización de los empleadores. Para nosotros,
un empleo de calidad es también un empleo sostenible, estable y
digno, basado en un liderazgo de calidad. Debe combinar seguridad,
previsibilidad, oportunidades de desarrollo y un entorno de trabajo
respetuoso. También vamos
a insistir en la importancia de la formación. Los empleadores
reclaman más flexibilidad en los procesos de reducción de plantilla,
pero una vez que los empleados han abandonado la empresa, es
demasiado tarde para actuar. Antes de cualquier salida del empleo,
es imprescindible prever dispositivos de recualificación para
orientar a los empleados hacia nuevas profesiones, en particular las
relacionadas con la transición ecológica y
digital. Además, es
necesario reforzar las competencias de gestión. En este sentido,
reivindicamos el derecho individual a la formación de los
directivos, con el fin de ayudarles a hacer frente a las nuevas
exigencias. Por último, y este es un punto importante de nuestra
agenda, el empleo de calidad también pasa por reforzar el diálogo
social sobre la organización del trabajo. En algunos países, este
diálogo es una realidad: los empleadores consultan, e incluso
construyen conjuntamente, la organización del trabajo con los
representantes de los trabajadores, y esto funciona, mejorando
concretamente la calidad de los empleos. Sin embargo, no es así en
todas partes. Por lo tanto, es indispensable una iniciativa de la
Unión Europea para animar a los empleadores a colaborar con ustedes
con el fin de responder a las transformaciones actuales y
futuras.
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En
portada
Un camino
tortuoso para reforzar la calidad del empleo
El pasado 4 de diciembre, la Comisión Europea presentó una comunicación
relativa a una hoja de ruta para el empleo de calidad con el fin de preparar
la ley sobre el empleo de calidad que debería darse a conocer a finales de 2026.
Esta comunicación es bastante decepcionante, ya que repite elementos ya conocidos
sin dar detalles sobre las intenciones de la Comisión. Tampoco especifica los
instrumentos que pretende movilizar, limitándose a precisar que la ley «podrá ir
acompañada de iniciativas no legislativas y tendrá en cuenta la diversidad de los
sistemas nacionales». Si bien, en materia de reestructuración empresarial, la
Comisión recuerda que se ha comprometido «a debatir con los interlocutores sociales
un marco para transiciones justas, la anticipación del cambio, una intervención más
rápida y la aplicación del marco de información y consulta», la novedad aportada por
esta comunicación proviene de la voluntad de revisar las disposiciones legislativas
vigentes. Así pues, la Comisión tiene previsto poner en marcha un estudio sobre las
prácticas de reestructuración de las empresas para comprobar si «las normas
aplicables permiten a las empresas emergentes, a las empresas en expansión y a las
empresas innovadoras adaptarse e innovar», y recopilar datos «sobre la aplicación de
las directivas relativas a la información y la consulta, los despidos colectivos y
los traspasos de empresas». Esta iniciativa resulta sorprendente, dado que ya se
realizó una «evaluación
de la adecuación» en el año 2013. ¿Pretende iniciar un proceso de
simplificación y desregulación en materia de derecho social, o bien seguir la línea
del Parlamento Europeo, que aboga por reforzar la información y la consulta en el
marco de las transiciones ecológica y digital? En resumen, la comunicación no aclara
el objetivo de esta ley, a pesar de que es el resultado de «un proceso de consulta
sin precedentes con los interlocutores sociales», llevado a cabo entre abril y junio
de 2025. De forma paralela, la Comisión ha puesto también marcha la primera
fase de otra consulta a los interlocutores sociales, cuyos resultados
podrían incorporarse a la ley sobre empleos de calidad. El documento enumera los
ámbitos de intervención con posibles acciones de la UE: 1/ Gestión algorítmica e
inteligencia artificial en el trabajo para «reforzar la protección de los
trabajadores, en particular basándose en el principio del control humano, fomentando
la confianza y la transparencia, los límites éticos y la proporcionalidad, y
promoviendo un diálogo social reforzado»; 2/ Seguridad y salud en el
trabajo, incluidos los riesgos psicosociales y los relacionados con el teletrabajo;
3/ Subcontratación con una
acción de la UE «centrada en los sectores en los que los datos muestran riesgos de
prácticas fraudulentas»; 4/
Transiciones justas: en particular, para garantizar una participación temprana y
adecuada de los trabajadores en las decisiones de las empresas y promover la
negociación colectiva y el diálogo social; 5/ Aplicación del Derecho de la
UE e implicación de los interlocutores sociales con el fin de hacer respetar las
normas existentes, en particular garantizando «una eficacia suficiente de las
inspecciones». Sin embargo, a cada acción mencionada, la Comisión añade fórmulas de
precaución como «sin imponer cargas adicionales innecesarias» o «sin crear
requisitos ni restricciones innecesarias» o «simplificando la legislación», con el
fin de demostrar que se adapta a los tiempos actuales, a la desregulación y a las
directivas ómnibus. Sobre todos estos temas, la Comisión pregunta a los
interlocutores sociales si ha identificado correctamente los problemas, si una
acción de la UE sería pertinente y, por último, si estarían dispuestos a negociar
sobre estos temas.
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1. Unión
Europea
Legislación
Directiva CE europea : La directiva
2025/2450 del 26 de noviembre de 2025 por la que se modifica la Directiva
2009/38/CE en lo que respecta a la creación y el funcionamiento de los comités
de empresa europeos y la aplicación efectiva de los derechos de información y
consulta transnacionales, fue publicada en el DOUE, el pasado 11 de
diciembre. Las disposiciones de la directiva deberán transponerse en los Estados
miembros antes del 1 de enero de 2028. Sin embargo, el objetivo de simplificar la
legislación de la UE se ha abandonado en los meandros de la búsqueda de un
compromiso para que se apruebe la directiva. En primer lugar, la Directiva prevé un
aplazamiento de su aplicación hasta el 2 de enero de 2029, lo que significa que los
Estados miembros tendrán dos años para transponer las medidas que se aplicarán un
año más tarde. Pero, por supuesto, hay excepciones: las disposiciones que transponen
el artículo 1, apartados 12) y 13), se aplicarán antes, a partir del 2 de enero de
2028. Se refieren a la supresión del artículo 14 de la Directiva de 2009 y a la
introducción de un artículo 14 bis, apartados 1, 2 y 3. En otras palabras, a partir
del 2 de enero de 2028, los representantes de los trabajadores (o la dirección
central) podrán solicitar o iniciar la renegociación de un acuerdo que aún no cubra
todos los elementos obligatorios que deben figurar en un acuerdo de CE europeo según
el artículo 6 revisado, es decir, el formato de las reuniones, los recursos
financieros y materiales, incluyendo al menos el recurso a expertos y la formación
de los miembros. Esta excepción se explica en el considerando 34: «es posible que
los acuerdos sobre CE europeos celebrados antes de la transposición de la nueva
Directiva, es decir, antes del 1 de enero de 2028, no cumplan los requisitos
relativos al contenido de dichos acuerdos, tal y como han sido modificados por la
presente Directiva. Por lo tanto, conviene prever disposiciones transitorias que
permitan a las partes de dichos acuerdos modificarlos». ¿Para qué sirve entonces el
plazo de un año destinado a retrasar la aplicación de las demás disposiciones de la
Directiva? Su objetivo, tal y como se indica en el considerando 33, es «dar a los
representantes de los trabajadores y a la dirección central (…) tiempo suficiente
para examinar los requisitos mínimos revisados y preparar su aplicación», como las
nuevas definiciones de consulta, carácter transnacional de un proyecto o gestión de
la información confidencial.
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Directiva omnibus : Consejo y el
Parlamento Europeo alcanzaron el 9 de diciembre un acuerdo
provisional destinado a simplificar las obligaciones relativas a la publicación
de información y al deber de vigilancia. Como era de esperar, el acuerdo
retoma las líneas generales del informe aprobado el 13 de noviembre por el
Parlamento (véase IR
Notes 262)
y desregula las normas establecidas por las directivas sobre la publicación de
información en materia de sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD) y sobre el
deber de diligencia de las empresas en materia de sostenibilidad (CS3D). El ámbito
de aplicación de las directivas se ha reducido al mínimo: el deber de vigilancia
solo se aplicará a las empresas con más de 5000 empleados y un volumen de negocios
mínimo. Apenas más de 1000 empresas deberán cumplirla (un 70 % menos que en el
ámbito de aplicación inicial). Además, el acuerdo va más allá del informe del
Parlamento, por un lado, al aplazar un año más la fecha límite de transposición de
la CS3D, fijándola en el 26 de julio de 2028 (las empresas deberán cumplir las
nuevas medidas antes de julio de 2029) y, por otro, al suprimir la obligación de las
empresas de elaborar un plan de transición para la mitigación del cambio climático.
En cuanto a la directiva CSRD, que abarcaba a 46 450 empresas, ahora solo tendrán
que cumplirla 4792 empresas. ¡Una «simplificación» del 90%! Al final, la directiva
afectará a menos empresas que la antigua directiva, que obligaba a publicar
información no financiera a unas 11 700 empresas. Este acuerdo, aprobado formalmente
por el Consejo y el Parlamento, fue validado por el Parlamento el 16 de diciembre
(428 votos a favor, 218 en contra y 17 abstenciones), lo que abre el camino a la
publicación de la directiva en el DOUE (véase el comunicado
del Consejo). «Considerar estas dos normativas únicamente como factores de coste
y presentarlas como una desventaja competitiva puede apaciguar los sentimientos
populistas, lamenta Andreas Rasche, profesor y vicedecano de la Copenhagen Business
School, pero no es una estrategia ganadora para el futuro de Europa. ».
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Actualidad
social
Acompañamiento de las transiciones :
Con una amplia mayoría (42 votos a favor, 12 en contra y 2
abstenciones), los diputados de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del
Parlamento Europeo aprobaron el pasado 3 de diciembre una resolución a favor de una
resolución
a favor de una directiva para proteger a los trabajadores en el marco de las
transiciones ecológica y digital. La resolución, que aún debe incorporar las
enmiendas
de compromiso, se presentará en enero para su aprobación en el Pleno del
Parlamento. A continuación, la Comisión Europea deberá, en un plazo de tres meses,
precisar las medidas que se propone adoptar o justificar su negativa a presentar una
iniciativa legislativa. La resolución apela a «un marco dedicado a la anticipación y
la gestión del cambio mediante la información y la consulta obligatorias y oportunas
de los trabajadores y sus representantes, el diálogo social y la negociación
colectiva sobre el diseño de medidas y mecanismos de transición justa». El texto
reclama el derecho individual a la formación durante el tiempo de trabajo y subraya
«la necesidad de proteger la salud mental y el bienestar psicosocial de los
trabajadores durante las transiciones» con medidas que deben integrarse «en los
planes de transición a nivel empresarial».
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Garantía europea de competencias :
El pasado 27 de noviembre, la Comisión Europea presentó un
primer proyecto piloto de garantía de competencias, dotado con un presupuesto de
14,5 millones de euros. Esta iniciativa se dirige a los trabajadores de la industria
automovilística, desde los fabricantes hasta los subcontratistas, expuestos al
riesgo de perder su empleo (véase el comunicado).
La Comisión ha publicado una convocatoria
de propuestas para financiar medidas destinadas a acelerar y mejorar la
transición de estos trabajadores hacia empleos en sectores estratégicos en
crecimiento o emergentes, proponiendo programas específicos de perfeccionamiento y
reconversión. La federación sindical europea IndustriAll Europe recuerda que siempre
ha abogado por «la aplicación de medidas preventivas que protejan a los trabajadores
mediante una formación de calidad, en lugar de hacerles soportar el coste de los
cambios industriales». Este proyecto «ofrece exactamente eso», se felicita la
federación (véase el comunicado).
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Diálogo
social europeo
Educación : Los interlocutores
sociales europeos del sector de la educación concluyeron, el pasado 2 de diciembre,
un acuerdo
marco autónomo europeo sobre el teletrabajo y el derecho a la desconexión.
Aunque las negociaciones interprofesionales fracasaron en este tema, este acuerdo
establece principios comunes que regulan el teletrabajo y reconoce el derecho a la
desconexión para todos los trabajadores. De carácter voluntario y no vinculante,
pretende servir de base para los debates y negociaciones a nivel nacional o local.
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Telecomunicaciones : Los
interlocutores sociales europeos del sector de las telecomunicaciones adoptaron el
pasado 13 de noviembre, una declaración
conjunta sobre la inteligencia artificial, que actualiza la
declaración de 2020, para tener en cuenta la evolución legislativa (Ley de
IA) y los avances de la IA generativa y agencial. Este texto pretende ser un modelo
para el establecimiento de un marco flexible que favorezca una IA ética y
responsable. Hace un llamamiento a «un diálogo social constructivo, basado en una
información y una comunicación continuas y transparentes», con el fin de reforzar
«la confianza de los trabajadores y facilitar la adopción de la IA». En particular,
los sistemas de IA deben ser lo suficientemente transparentes como para que los
trabajadores comprendan el uso que se hace de sus datos y las decisiones que les
afectan.
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2. Estados
miembros
Alemania
Ciclo de negociaciones colectivas :
Según la fundación Hans-Böckler, en 2026 comenzará un amplio
ciclo de negociaciones salariales que afectará a unos 10 millones de trabajadores,
debido a la expiración de varios convenios colectivos entre diciembre de 2025 y
noviembre de 2026 (véase el comunicado).
A modo de comparación, la oleada de 2025 fue mucho menos importante, con nuevos
acuerdos firmados hasta la fecha para unos 6,3 millones de trabajadores. Una tabla detalla
las próximas negociaciones, que afectan a numerosos sectores, como la industria
química (febrero), el comercio minorista (marzo) y, sobre todo, la metalurgia
(octubre), que afecta a 3,7 millones de trabajadores.
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Reforma de las pensiones : El
Bundestag ha aprobado el proyecto de ley sobre las pensiones, previsto en el acuerdo
de la coalición del Gobierno federal (véase el comunicado).
El canciller Friedrich Merz (foto) ha anunciado también una reforma global basada en
las recomendaciones de una comisión en 2026. Las nuevas medidas deberían incentivar
el trabajo más allá de la edad de jubilación y tener más en cuenta los periodos
compartidos de la educación de los hijos. La confederación sindical DGB ha
respaldado estas medidas (véase el comunicado). (Foto:
Steffen Kugler)
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Croacia
Salario mínimo : Tras consultar
a los interlocutores sociales el pasado 16 de octubre de 2025, que no lograron
alcanzar un consenso sobre el nivel de aumento del salario mínimo, el Gobierno
propuso que el salario mínimo se fijara en 1050 euros brutos a partir del 1 de enero
de 2026, lo que supone un aumento de 80 euros con respecto a 2025. La Asociación de
Empresarios Croatas (CEA) recuerda que el salario mínimo ha aumentado un 92 % desde
2019, es decir, tres veces más rápido que la media de la UE y un 60 % más rápido que
en la zona de Europa Central y Oriental. Por su parte, los líderes sindicales han
argumentado que el salario mínimo ya estaba por debajo del umbral de la pobreza,
mientras que los beneficios netos de las empresas entre 2019 y 2024 aumentaron un
112 %, frente a un aumento del 54 % del salario neto medio (véase el artículo
más detallado).
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Rumanía
Violencia y acoso : El Gobierno
ha modificado varias leyes (ley n°319/2006, ley n°53/2003, ley
n°108/1999) con el fin de introducir obligaciones para
los empleadores en materia de prevención y lucha contra la violencia y el acoso en
el trabajo, con el fin de cumplir con el Convenio n.º 190 de la OIT sobre la
eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. En particular, se
han introducido obligaciones para los empleadores de proteger a las víctimas. Así,
en caso de peligro inminente y grave para su vida, su salud o su seguridad, los
trabajadores pueden solicitar al empleador una modificación temporal del lugar o del
tipo de trabajo. Si estas adaptaciones son imposibles, incluso en el caso de que no
se pueda aplicar el teletrabajo, el empleador debe concederles días de permiso
remunerados (véase el comunicado).
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3.
Empresas
Sindicalismo
Solicitud de negociación : la
red sindical mundial de Sanofi
se reunió en París los días 10 y 11 de diciembre, congregando a más de 50
representantes de los trabajadores de los países en los que el grupo está presente
en todo el mundo. Creada hace casi 10 años, esta red aboga ahora por la
estructuración del diálogo social en el seno de una estructura mundial,
«preferiblemente en el marco de un acuerdo marco mundial» (véase el comunicado).
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Creación de una red sindical :
Por primera vez, se ha creado una red sindical mundial dentro
del grupo farmacéutico británico GSK, durante una reunión
celebrada en París los días 9 y 10 de diciembre. La nueva red sindical mundial,
coordinada por IndustriAll Global Union, tiene la intención de entablar
«conversaciones con GSK sobre la creación de un comité de empresa sindical mundial,
en el marco de una estrategia globalizada en materia de relaciones sociales» (véase
el comunicado).
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