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IR Notes 101 – 4 de julio 2018
www.irshare.eu
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¿Qué es IR Share?
IR
Share es una empresa orientada a
responsables de recursos humanos y representantes de los trabajadores
cuya finalidad es proporcionar y compartir información, documentación y
competencias sobre temas de interés para estos agentes. IR Share opera
por medio de publicaciones online, grupos de trabajo, formación y una
amplia red de expertos colaboradores.
El equipo : este
número ha sido preparado por Frédéric Turlan. Podrá conocer al
resto del equipo
de IR Share en nuestra página web.
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en solo unos clics en la página web
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Editorial
¡El boletín IR Notes, creado en 2014, ha celebrado ya su número 100!
¡Hemos ganado la apuesta por hacer
accesible la información social europea a los agentes del
diálogo social y, en particular, a las empresas transnacionales!
Cada 15 días IR Notes informa y forma a más de 1.000 lectores de
toda la Unión Europea.
¿Por qué IR
Notes? El objetivo de IR
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pedagógica para facilitar los intercambios sobre las prácticas
europeas en temas sociales y lo hacemos en inglés, alemán, español,
francés e italiano (desde principios de 2018).
Nuestro propósito con IR Notes es aportar una herramienta para dar
vida concreta a la Europa social, la cual se construye a través de
sus agentes de todos los niveles.
¿Quiénes
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relaciones sociales de los Estados Miembros de la UE redacta cada
uno de los números de IR Notes. La coordinación corre a cargo de
Frédéric Turlan, jurista experto en derecho laboral y de formación
con más de 20 años de experiencia en el sector del derecho social y
de las relaciones sociales en Europa. Frédéric Turlan se encarga de
descifrar la información esencial a la vez que se esfuerza por
hacerla comprensible para un amplio público. El boletín es traducido
por traductores profesionales: la agencia Bendavides (inglés y
alemán), CIT (español) y Rosanna Gasbarro (italiano).
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IR Notes se
publica quincenalmente en diversos idiomas europeos de la mano de
IR Share y de
su equipo de expertos. El boletín está concebido como un observatorio
europeo de las relaciones laborales, el derecho del trabajo y las políticas
de empleo. La suscripción cuesta 15 euros (+ IVA) al mes y puede
formalizarse a través de la página web de IR Share. IR
Share es una empresa independiente de capital privado no vinculada a ningún
partido que se dedica a la información y formación de los agentes del
diálogo social europeo y otros actores interesados. Desde 2009 IR Share es la
representante de Francia en la Fundación de Dublín.
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Es
noticia
Más permisos
familiares, pero no necesariamente con una prestación decente
En el Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores celebrado los
pasados días 21 y 22 de junio, los ministros de trabajo llegaron a un acuerdo sobre
tres propuestas de directiva en el ámbito social: la revisión
de las normativas relativas a la coordinación de los sistemas de seguridad
social (véase el comunicado
del Consejo), una nueva directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y
la vida profesional (véase el comunicado
del Consejo) y una directiva relativa a las condiciones laborales transparentes y
previsibles (véase el comunicado
del Consejo). Ahora, una vez que el propio Parlamento Europeo adopte su posición
sobre estos textos, las dos instituciones y la Comisión empezarán las negociaciones
para adoptar estas tres directivas en primera lectura y antes de que finalice el
mandato del Parlamento, que culmina con las elecciones europeas del próximo mes de
junio de 2019. No será fácil alcanzar un compromiso entre un Parlamento que pretende
mejorar las propuestas de directiva presentadas por la Comisión frente a un Consejo
que acaba de reducir sus ambiciones. En lo que respecta a la propuesta
de directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida
profesional (véase IR
Notes), se ha introducido en particular un permiso de paternidad de al menos
diez días, un permiso para el cuidador de cinco días al año en caso de enfermedad de
un pariente directo o un permiso parental, con una remuneración mínima de un mes y
medio. Algo demasiado generoso en opinión del Consejo, que quiere dejar que sean los
propios Estados quienes fijen la duración del permiso de los cuidadores y la cuantía
que se vaya a pagar por estas prestaciones. En cuanto a la propuesta
de directiva “relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles
en la Unión Europea” (véase IR
Notes 89), el texto obliga al empresario a informar al trabajador sobre las
condiciones aplicables al contrato o la relación laboral desde el primer día de
trabajo y no en un plazo de dos meses, tal como prevé la actual directiva 91/533.
Además, la propuesta hace extensiva esta obligación a todos los trabajadores en el
sentido de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. El Consejo ha reducido las
ambiciones de la propuesta sobre el momento en que debe facilitarse la información
al trabajador: una cierta cantidad de información esencial debe facilitarse por
escrito en el plazo de una semana tras el inicio de la relación laboral y no desde
el primer día. El resto de la información, que en principio es menos esencial, se
deberá entregar como máximo un mes después del inicio de la relación laboral. La
propuesta ya no parece incorporar la definición de trabajador adoptada por el
Tribunal de Justicia y hace referencia a la definición nacional de trabajador con
contrato de trabajo o una relación laboral tal como se define en la legislación, los
convenios colectivos o las prácticas vigentes en cada Estado miembro. Al privar
parcialmente de su sustancia a las dos propuestas de directiva, los ministros
europeos de trabajo ponen de relieve de forma indirecta la fragilidad del pilar
europeo de los derechos sociales (véase IR
Notes 74, Es noticia) cuya ejecución depende exclusivamente de la buena
voluntad de los Estados miembros o, dicho de otra manera, es un pilar levantado
sobre la arena.
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1. Unión
Europea
Actualidad
social
Reacciones a las posiciones del Consejo sobre
las dos directivas sociales (véase En portada): Varios
eurodiputados han lamentado la posición del Consejo. “Se trata de un paso en la
buena dirección”, pero en opinión de Agnes Jongerius, eurodiputada y portavoz del
grupo S&D para el empleo y los asuntos sociales, “no deja de ser vergonzoso que
casi todas las cuestiones fundamentales, incluido el público destinatario de los
derechos y deberes estipulados por esta directiva, queden a la discreción de los
Estados miembros”. La eurodiputada lamenta también que se deje en manos de los
Estados miembros el pago de las prestaciones por paternidad o por el cuidado de las
personas, privando así a la Unión Europea de una disposición armonizada (véase el comunicado).
La eurodiputada Elisabeth Morin-Chartier (PPE) calificó la posición del Consejo como
“muy decepcionante” y expresó su deseo de que el texto aprobado por el Parlamento
sea “mejor”. Ni siquiera la Comisión Europea oculta su decepción. Marianne Thyssen,
comisaria europea encargada del expediente, reconoce que había “abogado por un
enfoque más ambicioso” en relación con la directiva sobre condiciones de trabajo
transparentes y previsibles (véase el comunicado).
En cuanto a la directiva sobre la conciliación, la eurodiputada espera tener éxito
con el Parlamento “para cambiar la situación de muchas parejas y familias que se
enfrentan a este reto”. En opinión del Secretario General de la Confederación
Europea de Sindicatos, “la adopción de una orientación general sobre las dos
directivas es una buena señal” y lamenta también que el texto haya salido debilitado
(véase el comunicado).
Se trata de una posición que no comparte la organización de la patronal europea
BusinessEurope, que apoya la opción “más realista” de dejar las cuestiones sobre el
nivel de compensación de vacaciones y la definición del trabajador a los Estados
miembros (véase el comunicado).
- Brexit: La preocupación de
los agentes sociales es cada vez mayor ante la lentitud de las negociaciones
sobre el Brexit que sacarán al Reino Unido de la UE a partir de marzo de 2019.
La organización patronal europea de la metalurgia (CEEMET) ha solicitado que se
prolongue el periodo de transición en un comunicado.
Por su parte, los interlocutores sociales europeos y británicos han
aprobado por primera vez en su historia una declaración conjunta en la que
invitan a los negociadores del Brexit a que les consulten para buscar soluciones
prácticas (véanse los comunicados BusinessEurope
y CES).
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Diálogo
social sectorial
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Jurisprudencia
Se debe garantizar el pago de una indemnización
ante la negativa a modificar un contrato de trabajo: A una
empleada española se le ofreció una reclasificación por razones económicas en unas
instalaciones situadas a más de 450 km de su domicilio. La trabajadora rechazó el
traslado y, de conformidad con el artículo 40 del estatuto de los trabajadores, optó
por rescindir su contrato de trabajo con la aprobación del empleador. Este tenía que
pagar más de 7.000 euros en compensación y tras un primer pago parcial, puso en
marcha un proceso de insolvencia. Cuando se pidió el pago del resto de la cantidad,
el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) se negó a hacerse cargo de la reclamación
salarial ya que la indemnización tenía su origen en la rescisión del contrato de
trabajo a petición de la trabajadora y, por lo tanto, no estaba garantizada. El
Tribunal de Justicia ha determinado que el primer párrafo del artículo 3 de la
directiva 2008/94 de 22 de octubre de 2008 relativa a la protección de los
trabajadores en caso de insolvencia del empleador “debe interpretarse en el sentido
de que cuando, según la normativa nacional de que se trate, determinadas
indemnizaciones legales debidas por la extinción del contrato de trabajo por
voluntad del trabajador y las debidas en caso de despido por causas objetivas, como
las contempladas por el órgano jurisdiccional remitente, estén comprendidas en el
concepto de «indemnizaciones debidas al término de la relación laboral» en el
sentido de la referida disposición, las indemnizaciones legales debidas como
consecuencia de la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador a
causa del traslado del lugar de trabajo por decisión del empresario, traslado que
obliga al trabajador a cambiar su lugar de residencia, también deben incluirse en
dicho concepto. (Véase TJUE,
28 de junio de 2018, asunto C-56/17, Checa Honrado).
- Cambio de sexo y pensión de
jubilación: El Tribunal de Justicia ha dictado una
sentencia (TJUE,
26 de junio de 2018, asunto C-451/16) en la que se declara que las
personas que cambien de sexo no pueden ser obligadas a anular un matrimonio
anterior al cambio de sexo para tener derecho a una pensión de jubilación a la
edad prevista para las personas del sexo que hubiera adquirido (véase el comunicado).
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2. Estados
miembros
Bélgica
Prevención del desgaste profesional:
El Consejo de Ministros aprobó el 15 de junio un proyecto de Real Decreto
sobre proyectos de prevención primaria contra el desgaste profesional (burn-out)
(véase el comunicado)
previsto en el acuerdo interprofesional 2017-2018. De esta manera, una empresa del
sector privado o de una rama profesional podrá solicitar una subvención para apoyar
proyectos piloto que desarrollen un enfoque integrado y multidisciplinar para la
prevención primaria de los riesgos psicosociales y, en particular, del desgaste
profesional (véase el comunicado).
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Luxemburgo
- Nuevos convenios colectivos dentro del
sector financiero: Los tres sindicatos Aleba, OGBL y
LCGB y la organización patronal ACA firmaron el pasado 28 de mayo el nuevo convenio
colectivo de trabajo de las compañías de seguros 2018-2020 (véase el comunicado).
Poco antes, el día 9 de mayo, los agentes sociales del sector bancario -los
mismos sindicatos y la organización patronal ABBL- llegaron a un acuerdo de
principio sobre la renovación del convenio colectivo para los bancos (véase el
comunicado
de ABBL y el comunicado
de Aleba).
> Otras noticias:
A partir de ahora, en la página web de IR Share publicaremos
el Informe rápido mensual
preparado por la Comisión Europea y por el Centro Europeo Experto a partir
de los informes nacionales preparados por su red de expertos. El documento
contiene una actualización muy completa de la evolución del derecho laboral y de
la jurisprudencia en los Estados miembros.
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2.
Empresa
Comités de
empresa europeos
ArcelorMittal: En el marco del
actual proceso de información y consulta organizado en el marco de la adquisición de
la empresa siderúrgica italiana Ilva por parte del grupo ArcelorMittal, el comité de
empresa europeo de este último emitió un primer dictamen el pasado 29 de junio. El
dictamen es desfavorable a la adquisición por el momento, pero podría acabar siendo
positivo si la dirección 1) propone “garantías de futuro para las fábricas y los
trabajadores que deben abandonar el grupo y para los que deben permanecer en el
mismo”; 2) garantiza por acuerdo “una buena integración de Ilva y de sus
trabajadores en el grupo” y 3) renueva “un diálogo social que proporcione
información de calidad y transparente y que proporcione a los representantes del
comité de empresa europeo el marco necesario para ello. Este objetivo debe quedar
garantizado”. El dictamen añade que el proceso será apoyado con estas condiciones.
El texto del dictamen es ciertamente crítico con la dirección, pero las principales
flechas apuntan directamente a la Comisión Europea, a la que se acusa de “negar la
socialdemocracia y el respeto a los órganos europeos de ArcelorMittal”.
- Korian: El grupo especial
de negociación para la creación de un comité de empresa europeo en el seno del
grupo francés Korian (49.000 empleados), uno de los líderes europeos en materia
de residencias de ancianos, se reunió por primera vez los pasados 25 y 26 de
junio y siguió un curso de formación organizado por el Instituto Sindical
Europeo (véase el comunicado).
- Siemens: El comité de
empresa europeo del grupo Siemens celebró su reunión anual los días 23 y 24 de
mayo en Bratislava (Eslovaquia). El comité se dedicó en gran medida al proceso
de fusión entre la división de Siemens Mobility y el grupo Alstom. Los miembros
del comité de empresa europeo de Siemens debatieron la posibilidad de delegar
ciertos derechos de información y consulta a los sub-comités de empresa
europeos, por ejemplo, para cubrir las actividades de transporte. Los tres
representantes del comité de empresa europeo de Alstom invitados a la reunión,
con el apoyo unánime del comité de empresa europeo de Siemens, solicitaron una
garantía de empleo para todos los trabajadores europeos, tal como ya obtuvieron
por acuerdo los trabajadores alemanes y franceses (véase el acta).
- Tata Steel: Los miembros
del comité de empresa europeo de la siderúrgica india Tata Steel declararon el
11 de junio que “todavía no estaban convencidos” de que la fusión prevista “con
Thyssenkrupp redunde en beneficio de las operaciones de Tata Steel Europe o de
los empleados que representamos” (véase el despacho
de la agencia Reuters).
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Sociedad
europea
- Evotec: El proveedor
alemán de investigación farmacéutica Evotec creará una comisión negociadora
especial para negociar un acuerdo sobre la participación de los trabajadores en
su transformación en sociedad europea.
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Sindicalismo
- Caterpillar: La red
sindical mundial creada por IndustriAll Global Union se reunió los pasados 25 y
26 de junio en Sagamihara (Japón) en unas instalaciones en pleno proceso de
cierre (véase el comunicado).
- Coca-Cola: La red sindical
creada por la federación sindical europea Effat para las actividades de
Coca-Cola en Europa se reunió el pasado 19 de junio en Hamburgo para examinar
los procesos de reestructuración en curso, las negociaciones sobre el comité de
empresa europeo de Coca-Cola European Partners y los resultados de un estudio
comparativo realizado por Effat en el que se analizan los distintos convenios
colectivos de aplicación para las actividades de Coca-Cola en la UE (véase el comunicado).
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4. Estudios
e informes
Evaluación del empleo en el seno de las
plataformas digitales: El pasado 27 de junio la Comisión
Europea publicó un informe sobre
los trabajadores de plataformas digitales dentro de la UE. El informe se ha
preparado sobre la base de un sondeo realizado a 32.000 personas en 14 Estados
miembros. Según este informe, uno de cada diez adultos ya ha recurrido a las
plataformas en línea al menos una vez para prestar algún servicio. Aunque para la
mayoría sigue siendo una fuente esporádica de ingresos secundarios, el 2% de la
población adulta trabaja más de 20 horas semanales o gana al menos la mitad de sus
ingresos a través de plataformas de trabajo en la red. De los países incluidos en el
estudio, el Reino Unido es el que cuenta con la mayor proporción de personas que
trabajan principalmente por medio de las plataformas digitales (4,3%), seguido de
los Países Bajos (2,9%) y Alemania (2,5%). En el extremo opuesto del espectro nos
encontramos con Finlandia (0,6%), Rumanía (0,8%) y Eslovaquia (0,9%).
- Consecuencias para el empleo del
desarrollo del coche eléctrico: A petición del sindicato
IG Metall y de los principales fabricantes alemanes de automóviles y equipos, el
Instituto Fraunhofer (véase el comunicado)
ha realizado un estudio
sobre el impacto sobre el empleo de la electrificación en la fabricación de
grupos motopropulsores (véase el comunicado de
prensa de IndustriAll). El estudio desarrolla tres escenarios que
establecen el impacto que pudiera tener sobre el empleo la descarbonización de
la industria automotriz. Si extrapolamos las cifras al ámbito europeo, el primer
escenario equivale aproximadamente a las propuestas actuales de la Comisión y
“67.000 trabajadores corren el riesgo de perder sus puestos de trabajo”, subraya
IndustriAll. En los otros dos escenarios, el número de empleos en riesgo es de
108.000 y 210.000 respectivamente.
- La directiva sobre el desplazamiento da la
espalda a una competitividad basada en los bajos costes salariales:
Esta nueva directiva supone “un cambio radical con respecto
al enfoque anterior”, según destaca el Instituto Sindical Europeo en un Desglose
de políticas sobre la adopción de la directiva relativa al
desplazamiento de trabajadores. “El periplo para llegar a un acuerdo ha sido
complejo, pero el resultado es impresionante”, afirman los autores, para los que
la directiva (cuyas principales medidas son la igualdad salarial y la
posibilidad de aplicar convenios colectivos no ampliados) “cambia radicalmente
las normas” al poner fin a la competencia salarial dentro de la UE.
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