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IR Notes 120 – 22 de mayo 2019
www.irshare.eu
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Preguntamos a…
Francisco Javier Gómez Abelleira, Profesor de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social de la Universidad Carlos III de Madrid
¿Cuál ha sido la reacción del
Gobierno a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia (véase
En portada) que obliga a los empleadores a introducir un sistema
de registro de la jornada de los
trabajadores? El Gobierno se anticipó a la sentencia con
la aprobación de un Real
Decreto-ley 8/2019 en el mes de
marzo, que modificó el Estatuto de los Trabajadores. Este último
únicamente preveía una obligación para las empresas de registrar las
horas extraordinarias efectuadas por parte de los trabajadores
a tiempo completo, pero no de la jornada normal.
Además, una
sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2017 había confirmado que las empresas no estaban
obligadas a registrar las horas de trabajo de los trabajadores
a tiempo completo, solo debían registrar las horas
extraordinarias. Esta decisión fue muy criticada por los sindicatos
y la Inspección de Trabajo, puesto que si no se registran las horas
normales de trabajo es difícil establecer el número de horas
extraordinarias realizadas. De hecho, era frecuente no declarar a la
seguridad social las horas extraordinarias, que generan mayores
cotizaciones sociales, privándola así de recursos. La nueva disposición, que entró en vigor el
pasado 12 de mayo, obliga ahora a las empresas a registrar todas las
horas de trabajo efectuadas por los trabajadores. El texto es muy
estricto: dicha obligación general se aplica a todas las empresas,
independientemente de su tamaño, y a todos los trabajadores,
independientemente de su nivel jerárquico, desde el obrero al
director financiero, a excepción de la alta dirección. Esta norma no
supone un problema para muchos trabajadores, pero resulta más
complicada de cumplir para los trabajadores con una gran autonomía
en su trabajo y que no deben cumplir un horario de trabajo definido.
No obstante, genera controversia con respecto a lo que deba
considerarse tiempo de trabajo efectivo, por ejemplo para
las personas que efectúan un desplazamiento al extranjero: ¿Se debe
contabilizar el tiempo de vuelo como tiempo de trabajo? ¿Las noches
que pasan en el extranjero también? ¿Se debe computar como tiempo de
trabajo el rato que pasa un trabajador mientras visita un museo
durante su desplazamiento? Esto plantea nuevas cuestiones sobre el
respeto de la vida privada de los trabajadores. Sin duda serán
necesarias adaptaciones y, para ello, la nueva legislación remite a
la negociación colectiva, en particular en las empresas, donde el
empleador deberá negociar la instauración de un sistema de registro
de las horas de trabajo con los sindicatos y/o los representantes
del personal elegidos.
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Es
noticia
Obligación
de registrar el tiempo de trabajo
El pasado 14 de mayo, el Tribunal de Justicia pronunció una sentencia muy
importante en un caso español en el que la Federación de Servicios de Comisiones
Obreras (CCOO) reprochaba a Deutsche Bank no haber implantado un sistema de registro
de la jornada de trabajo efectuada por los trabajadores (véase IR Notes n° 113).
El Tribunal de Justicia destaca que “sin tal sistema no es posible determinar
objetivamente y de manera fiable el número de horas de trabajo efectuadas por el
trabajador ni su distribución en el tiempo, como tampoco el número de horas
realizadas por encima de la jornada ordinaria de trabajo que puedan considerarse
horas extraordinarias.” (asunto
C-55/18, Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO)/Deutsche
Bank). “En estas circunstancias, añade el Tribunal, resulta extremadamente
difícil, cuando no imposible en la práctica, que los trabajadores logren que se
respeten los derechos que les confieren el artículo 31, apartado 2, de la Carta y la
Directiva 2003/88 con el fin de disfrutar efectivamente de la limitación de la
duración del tiempo de trabajo semanal y de los períodos mínimos de descanso diario
y semanal establecidos por esta Directiva.“ Por consiguiente, para garantizar el
efecto útil de estos derechos, “los Estados miembros deben imponer a los empresarios
la obligación de implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita
computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador”. No obstante, los
Estados se beneficiarían de un margen de maniobra para decidir “la forma que este
debe revestir”, teniendo en cuenta “las particularidades propias de cada sector de
actividad de que se trate e incluso las especificidades de determinadas empresas,
como su tamaño (…)“. (véase el comunicado
de prensa). Esta sentencia no se impone únicamente a los Estados sino
también a los empresarios. En efecto, el Tribunal precisa que un sistema de este
tipo, “que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador,
forma parte de la obligación general que incumbe a los Estados miembros y a los
empresarios, prevista en los artículos 4, apartado 1, y 6, apartado 1, de la
Directiva 89/391, de constituir una organización y los medios necesarios para
proteger la seguridad y la salud de los trabajadores“. Varias federaciones
sindicales europeas han expresado su satisfacción por esta decisión. IndustriAll
Europe la considera “una etapa importante para acabar con las horas extraordinarias
abusivas no remuneradas” (véase el comunicado), mientras
que la EPSU la considera una sentencia importante para los países que han autorizado
a los empleadores a introducir una derogación individual a la duración máxima media
de trabajo de 48 horas (véase el comunicado).
Para Esther Lynch, secretaria confederal de la Confederación Europea de Sindicatos,
“la mejor manera que tienen los empleadores para reaccionar frente a esta decisión
es reunirse con los sindicatos y acordar unos sistemas equitativos y transparentes
(…).” (véase la declaración).
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1. Unión
Europea
Actualidad
social
Estrategia de la UE para 2019-2024 :
En la reunión informal del Consejo celebrada en Sibiu (Rumanía),
los dirigentes de la UE debatieron la próxima estrategia de la UE para 2019-2024
sobre la base de una “decisión”
preparada por Donald Tusk, Presidente del Consejo (véase el comunicado
de prensa). Uno de los capítulos incluye los objetivos de “reducir las
desigualdades, garantizar una protección social adecuada y mercados laborales
inclusivos y reducir las desigualdades a través de la cohesión”. También adoptaron
por unanimidad “la Declaración
de Sibiu” que incluye diez compromisos como defender siempre “el principio
de equidad, ya sea en el mercado laboral, en el bienestar social, en la economía o
en la transformación digital”. La Confederación Europea de Sindicatos ha suscrito
los compromisos, pero exige un plan con acciones concretas (véase el comunicado).
- Aumento de la tasa de empleo en la
UE: La tasa de empleo de la población de entre 20 y 64
años de edad en la UE en 2018 se situaba en el 73,2%, frente al 72,2% del año
2017, según datos de Eurostat (véase el comunicado).
El objetivo de la Estrategia Europa 2020 es alcanzar una tasa de empleo global
de al menos el 75% en la UE para 2020. Cada país también tiene su propio
objetivo que alcanzar y 13 países ya lo han completado.
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Jurisprudencia
El permiso parental a tiempo parcial no debe
reducir las indemnizaciones por incumplimiento del contrato de trabajo :
El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado sentencia en un
asunto francés relativo a una asistente comercial despedida en el contexto de un
procedimiento de despido colectivo (TJUE,
8 de mayo de 2019, asunto C-486/18, Praxair). Con un contrato a jornada
completa, durante los dos años anteriores a su despido la trabajadora trabajó a
tiempo parcial con un permiso parental para educar a sus hijos. Su indemnización por
despido y la asignación que se le pagó para promover su reclasificación se
calcularon sobre la base del trabajo a tiempo parcial y no sobre la base de la
remuneración recibida antes del permiso cuando era trabajadora a jornada completa.
Confirmando su jurisprudencia (TJUE,
22 de octubre de 2009, asunto C-116/08, Meerts, y TJUE,
27 de febrero de 2014, asunto C-588/12, Lyreco Belgium), el Tribunal
dictaminó que realizar el cálculo de esta manera puede disuadir a los empleados de
pedir un permiso parental a tiempo parcial y que ello va en contra de la finalidad
del Acuerdo
Marco Europeo sobre el permiso parental. La indemnización por despido y el
subsidio por permiso de recolocación deben determinarse “íntegramente en función de
la retribución correspondiente a las prestaciones laborales efectuadas a tiempo
completo por ese trabajador”. El Tribunal de Justicia añade también que las
disposiciones francesas que prevén que los períodos a tiempo parcial se tengan en
cuenta para el cálculo de la indemnización son contrarias al artículo 157 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (principio de igualdad de
retribución). De hecho, constituyen una discriminación indirecta contra las mujeres
dado que constituyen la gran mayoría de los trabajadores que se acogen al permiso
parental a tiempo parcial. Esto es importante porque, en virtud del incumplimiento
del artículo 157, el Tribunal de Justicia autoriza al órgano jurisdiccional nacional
a anular las disposiciones nacionales contrarias al Derecho comunitario y a
indemnizar directamente a la trabajadora por los daños sufridos. (véase el comunicado
de prensa).
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2. Estados
Miembros
Croacia
- Salario mínimo : El 16 de
mayo, el Ministerio de Trabajo y Pensiones estableció un grupo de trabajo para
determinar el monto del salario mínimo. Hasta la fecha, el salario mínimo lo
fijaba el Gobierno previa consulta con los agentes sociales. A partir de ahora,
la cantidad será propuesta por el grupo de trabajo, que estará compuesto por
representantes de la patronal, los sindicatos y los universitarios. El grupo
deberá dar a conocer su propuesta antes de principios de septiembre.
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Eslovaquia
- Bono de vacaciones : Desde
el 1 de enero, las empresas con 50 trabajadores o más tienen que cubrir el 55%
de los gastos de alojamiento y comida de los trabajadores que pasen al menos dos
noches durante su permiso en un establecimiento de alojamiento situado en el
país y con un límite máximo de 275 euros al año. Este subsidio se abonará a los
trabajadores con más de dos años de antigüedad y tiene por objeto apoyar el
turismo en Eslovaquia. Para el empleado, la iniciativa no está sujeta a
impuestos ni a cotizaciones a la seguridad social y se trata de un gasto
deducible para la empresa.
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3.
Empresas
Acuerdo
transnacional
Limitar el uso de trabajo temporal :
El 10 de mayo, la dirección de Unilever y las federaciones
sindicales internacionales Global IndustriAll y UITA firmaron un acuerdo mundial
para limitar el uso de trabajadores temporales y proteger los empleos permanentes en
las plantas de Unilever. Este “compromiso
conjunto sobre empleo sustentable en fabricación en Unilever” tiene
aplicación para los trabajadores de más de 300 fábricas de Unilever en 69 países y
que son trabajadores directos de Unilever o que trabajan para un proveedor. Este
acuerdo limita la contratación de trabajadores temporales a tareas de corta duración
o no recurrentes e impide el uso de contratos temporales en empleos permanentes. El
acuerdo establece que los trabajadores temporales serán informados a su debido
tiempo de su horario y que recibirán una remuneración cuando estén de guardia y sin
poder aceptar otro tipo de trabajo (véase el comunicado de IndustriAll
y de la UITA).
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Sindicalismo
Intervenciones sindicales ante los accionistas :
Un hecho poco frecuente, las federaciones
sindicales internacionales IndustriAll Global Union y la IBB hicieron uso de la
palabra el pasado 15 de mayo en la asamblea general de accionistas de LafargeHolcim para denunciar una
serie de violaciones de los derechos de los trabajadores. El comunicado
incluye enlaces a los discursos publicados en YouTube.
- Red sindical mundial: Se
ha creado una red sindical en el seno del grupo Fresenius (280.000
trabajadores), especializado en cuidados de la salud. La finalidad es negociar
un acuerdo marco internacional (véanse los comunicados de UNI
Global Union, de PSI
y del EPSU).
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4. Estudios
e informe
Calidad del trabajo en el mundo :
En el marco de su centenario, la Organización
Internacional del Trabajo ha publicado un informe conjunto con la Fundación Europea
para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) sobre las “Condiciones
de trabajo desde una perspectiva mundial”. En este informe se presenta el
primer análisis comparativo de las encuestas de calidad del trabajo y del empleo
realizadas en 41 países, la mayoría en los últimos cinco años. El informe abarca los
28 países de la UE, China, la República de Corea, los Estados Unidos, Turquía, los
países de habla hispana de Centroamérica, Argentina, Chile y Uruguay (véase el comunicado).
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