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IR Notes 161 – 7 de abril 2021
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Preguntamos a… René Repasi, profesor de derecho internacional y de derecho de la Unión Europea de la Universidad Erasmus de Rotterdam
Durante un seminario web organizado el pasado 1 de abril por la Confederación Europea de Sindicatos, usted hizo referencia al impacto del acuerdo comercial y de cooperación suscrito entre la Unión Europea y el Reino Unido en relación con los comités de empresa europeos. ¿Pueden estos comités invocar la cláusula de no regresión prevista en el convenio para mantener la representación de los trabajadores británicos? Legalmente, en virtud del acuerdo comercial y de cooperación los particulares no pueden invocar un derecho. El acuerdo incluye una estipulación que establece con claridad que solamente confiere derechos e impone obligaciones a las partes del acuerdo, es decir, a la Unión Europea y al Reino Unido. Por tanto, las partes privadas no pueden invocar la cláusula de regresión del convenio, que establece que los firmantes no desean reducir las normas de las condiciones de trabajo ni los derechos de información y consulta. Recordemos que, en el caso de que una de las partes redujera sus derechos sociales, la otra parte puede poner en marcha el procedimiento de salvaguardia previsto en el acuerdo. En lo que respecta a los comités de empresa europeos, estas organizaciones tienen derecho a recibir información y consulta de la dirección central. Como el Reino Unido ya no se considera un país cubierto por los acuerdos de comités de empresa europeos, el mero hecho de la salida del Reino Unido de la UE significa que los comités de empresa europeos pierden su derecho de información y consulta sobre asuntos transnacionales que impliquen a uno de los Estados miembros y al Reino Unido. Además, la salida de la mano de obra del Reino Unido puede poner en cuestión la propia existencia del comité de empresa europeo si se sitúa por debajo de los umbrales de personal previstos en la Directiva 2009/38. Los comités de empresa europeos se crearon bajo la égida de la Directiva 2009/38, que se aprobó cuando el Reino Unido era todavía un Estado miembro de la Unión y pueden alegar la expectativa legítima de seguir existiendo aunque el Reino Unido abandone la UE. Si las direcciones centrales no aceptan una cláusula adicional que mantenga claramente al Reino Unido dentro del ámbito geográfico de sus acuerdos, esto puede considerarse una reducción de los derechos de información y consulta de los trabajadores de la UE, lo que debería dar lugar a una acción de la UE para restablecer el equilibrio con los comités de empresa europeos creados en virtud de la legislación británica, que seguirán cubriendo a los trabajadores de la UE. O dicho de otra manera, si un gran número de las direcciones centrales de los Estados miembros excluyen a trabajadores del Reino Unido, cabría esperar que la Comisión Europea garantizara la obligación de no regresión, por ejemplo, adoptando una directiva que establezca que la Directiva 2009/38 se aplica a los Estados miembros y al Reino Unido.
> Para más información: Perfil de René Repasi en la página web de la Universidad Erasmus de Rotterdam.
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Agenda
13 de abril En línea Conferencia organizada por el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional titulada “Preparar bien el futuro: Hacia una inteligencia de las competencias más nítida y centrada en las personas” (“Getting the future right : Towards smarter and people-centred skills intelligence”. Programa.
13 de abril Bruselas Reunión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo con la adopción del mandato de negociación para la cuarta revisión de la Directiva sobre carcinógenos y mutágenos en el orden del día.
16 de abril En línea Inicio del curso en línea ofrecido por el Instituto Sindical Europeo (ETUI) titulado “Comités de empresa europeos: Las reglas del juego” el 16 de abril para la versión en inglés, el 17 de mayo para la versión en francés y el 24 de mayo para la versión en español. Información: Ilaria Costantini (icostantini@etui.org) y Sylviane Mathy (smathy@etui.org). Cursos completamente gratuitos.
27 de abril En línea Conferencia del Instituto Sindical Europe (ETUI) para explorar las conexiones entre el derecho laboral y el derecho medioambiental (Exploring interfaces between labour and environmental law).
27 -29 aprile Online Conferenza e congresso della federazione sindacale europea UNI Europa (programma).
7-8 maggio Porto Vertice sociale europeo.
2 de junio Liubliana La red MoveS (Coordinación de la Libre Circulación y la Seguridad Social), financiada por la Comisión Europea, organiza un seminario sobre “El futuro de la coordinación de la seguridad social en la UE”, que se centrará en tres temas: la asistencia sanitaria transfronteriza, los cuidados de larga duración y las prestaciones de desempleo.
10 de junio En línea Conferencia EWPCC 2021 sobre el papel de los comités de empresa europeos y los comités de sociedad europea a la hora de abordar las políticas empresariales destinadas a afrontar los retos planteados por el COVID en materia de salud, empleo y organización laboral.
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Diccionario europeo de las relaciones sociales Si desea profundizar en la lectura de IR Notes, ponemos a su disposición enlaces al Diccionario Europeo de las Relaciones Sociales publicado por Eurofound y actualizado con regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las definiciones de los términos están disponibles en inglés y se pueden convertir rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es noticia
La huelga no es una “circunstancias extraordinarias”
Un pasajero de la aerolínea SAS sufrió una cancelación de su vuelo por la huelga de pilotos de SAS en Noruega, Suecia y Dinamarca, al igual que 380.000 pasajeros de un total de 4.000 vuelos que hubo que cancelar durante los siete días de huelga. El pasajero cedió su posible derecho a la indemnización a Airhelp, que solicitó a un tribunal una indemnización de 250 euros, tal como establece el Reglamento nº 261/2004. Por su parte, la empresa argumentó que la huelga constituía una “circunstancia extraordinaria” en el sentido de las estipulaciones del mismo reglamento, lo que la eximía de pagar la indemnización. En su sentencia, el Tribunal considera que la huelga de pilotos de la compañía SAS no constituye “una circunstancia extraordinaria” (TJUE, 23 de marzo de 2021, asunto C-2820, Airhelp, y comunicado de prensa). Según su propia jurisprudencia, el Tribunal indica que existen dos condiciones acumulativas decisivas para el concepto de “circunstancias extraordinarias”. Se trata de acontecimientos que, por su naturaleza u origen, no son inherentes al ejercicio normal de la actividad de la compañía aérea y que escapan a su control efectivo. Estas dos condiciones son acumulativas, se evalúan caso por caso y están sujetas a una interpretación estricta (TJUE, 17 de abril de 2018, asunto C-195/17, Krüsemann) a propósito de una huelga salvaje lanzada por los pilotos. El Tribunal enuncia que el derecho de huelga “constituye un derecho fundamental reconocido en el artículo 28 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”. Independientemente de que las huelgas encarnen momentos conflictivos y que pretendan paralizar la actividad, el Tribunal considera que “la huelga es una de las posibles expresiones de la negociación colectiva y, por tanto, debe entenderse como un acontecimiento inherente al ejercicio normal de la actividad del empresario afectado”. Así, “una huelga cuyo objetivo se limita a obtener de una empresa de transporte aéreo un aumento del salario de los pilotos, una modificación de sus horarios de trabajo y una mayor previsibilidad del tiempo de trabajo constituye un acontecimiento inherente al ejercicio normal de la actividad de dicha empresa, en particular cuando la huelga se organiza dentro del marco legal.” Para el Tribunal, el derecho de huelga es un derecho fundamental del trabajador y el hecho de ejercerlo y convocar una huelga es “un movimiento en este sentido que entra dentro de lo previsible para todo empresario, en particular cuando la huelga va precedida de un preaviso” como sucedió en este caso. El Tribunal consideró que el transportista no podía desconocer que los pilotos tenían intención de hacer valer sus reivindicaciones y que este disponía, en principio, “de los medios para prepararse frente a la huelga y, en su caso, atenuar sus consecuencias, de modo que conserva, en cierta medida, el control de los acontecimientos”.
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1. Unión Europea
Actualidad social
- Cumbre social tripartita : Los líderes de la UE y los interlocutores sociales se reunieron el pasado 24 de marzo en la cumbre social tripartita que suele preceder al Consejo Europeo (vease Tripartite Social Summit). El comunicado de la cumbre hace hincapié en la Europa social. En la cumbre social de Oporto, que se celebrará el 7 de mayo “pondremos la Europa social en lo más alto de nuestra agenda política”, en palabras del Presidente del Consejo, Charles Michel, quien pidió “un crecimiento sostenible que se mida por algo más que el PIB”. Para Ursula von der Leyen, Presidenta de la Comisión, la Cumbre de Oporto “será una oportunidad para que todos, tanto sindicatos como empresarios, pero también la sociedad civil y las instituciones, renovemos nuestro compromiso común con la Europa social que queremos construir”. Menos poético, Luca Visentini, Secretario General de la Confederación Europea de Sindicatos, pidió a los Estados miembros que “utilicen plenamente el apoyo de la UE para ampliar la protección del empleo y los salarios a todos los trabajadores” y aprovechó para comentar que “la mitad de los fondos SURE de la UE para proteger el empleo y los salarios están sin utilizar” (véase el comunicado).
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2. Estados miembros
Alemania
Acuerdo salarial en el sector metalúrgico : La federación sindical IG Metall y la patronal de la región de Renania del Norte-Westfalia suscribieron un acuerdo salarial el pasado 30 de marzo para los 700.000 trabajadores del metal de la región. Este acuerdo “piloto” debería reproducirse en las demás regiones y cubrir así a los 3,8 millones de trabajadores del sector siderúrgico y de la electrónica. El acuerdo prevé el pago de una prima “Corona” de 500 euros en junio de 2021 y un aumento mensual del 2,3%. Este aumento se “acumulará” hasta representar el 18,4% del salario de un mes en febrero de 2022 y luego alcanzará el 27,6% del salario de un mes en febrero de 2023 (es decir, 12 x 2,3%). Este complemento salarial se denominará “Transformationsgeld”·y puede pagarse de una sola vez o, en empresas con dificultades, transformarse en vacaciones. El “Transformationsgeld”, junto con otros elementos salariales, debería permitir pasar a una semana de 32 horas sin reducir el salario mensual. (Véase el comunicado de IG Metall).
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- Acuerdo salarial en el sector siderúrgico: La federación sindical IG Metall y la patronal suscribieron un acuerdo salarial el pasado 27 de marzo para el sector siderúrgico del noroeste de Alemania (70.000 trabajadores). Este acuerdo estará en vigor hasta el 31 de mayo de 2022. Los trabajadores recibirán una prima “Corona” de 500 euros el 30 de junio de 2021. A continuación, otros dos pagos complementarios de 250 euros, uno el 28 de diciembre de 2021 y otro el 28 de febrero de 2022. A partir del 28 de febrero de 2023, este complemento salarial pasará a ser de 600 euros, que se pagarán íntegramente de una sola vez. Este complemento evolucionará en función de las futuras negociaciones salariales y podrá convertirse en excedencia, mediante convenio colectivo, para preservar el puesto de trabajo. Se renueva también el pago adicional de 1.000 euros al año que se introdujo el año 2020. Este pago se abonará en junio de 2022 y, cuando así lo quiera el trabajador, podrá convertirse en días de permiso. (Véase el comunicado IG Metall).
- Comité de empresa: El gobierno alemán ha aprobado un proyecto de ley para reforzar los comités de empresa presentado por el Ministro de Trabajo, Hubetus Heil (SPD). Para ser aceptada por los demás partidos de la coalición, la palabra “refuerzo” ha sido sustituida por “modernización”. En cualquier caso, el objetivo sigue siendo facilitar su implantación en las empresas protegiendo mejor a los trabajadores que solicitan la creación de un comité de empresa y reforzar el poder de los comités, en particular mediante un derecho de codecisión en caso de que se recurra a la inteligencia artificial.
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Irlanda
El futuro está en el campo : El gobierno irlandés ha presentado su estrategia “Our Rural Future” para el desarrollo rural de 2021 a 2025, que forma parte del plan Project Ireland 2040. Esta estrategia reconoce “la importancia fundamental de la ruralidad para la prosperidad y el bienestar”. Con la perspectiva de una transición ecológica y una economía neutra en carbono, este ambicioso plan es el primero en Europa desde la pandemia e incluye numerosas medidas. Muchas de ellas están destinadas a desarrollar el teletrabajo y a atraer el talento al campo como la creación de 400 espacios de teletrabajo, el derecho al teletrabajo a partir de 2021 y la transición al teletrabajo para un mínimo del 20% de los funcionarios públicos. En términos más generales y con el propósito de reducir las desigualdades y modernizar el mundo rural, la estrategia propone medidas para revitalizar el campo, crear empleo, mejorar el acceso a las nuevas tecnologías, desarrollar el aprendizaje, crear empresas sociales y poner en marcha un amplio plan de inversiones para mejorar la vida rural, como la creación de un parlamento rural de la juventud, el desarrollo de servicios y el acceso a la educación superior en línea.
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Italia
Excedencia forzosa de un trabajador no vacunado : El Tribunal de Belluno dictó un auto en el marco de un procedimiento de urgencia autorizando a una empresa a poner en excedencia retribuida a un enfermero de una residencia de ancianos que se negó a recibir la vacuna. El juez se pronunció en aplicación del artículo 2087 del Código Civil, que obliga a las empresas a garantizar la seguridad de sus empleados, y afirmó la utilidad de la vacuna Covid-19 en este caso. La libertad de la empresa para fijar los períodos de permiso retribuido le permite utilizarlos para alejar temporalmente al enfermero de su puesto de trabajo. Sin embargo, el juez no se pronunció sobre la posibilidad de suspender al trabajador sin sueldo, ni de despedirlo.
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Portugal
- Covid-19 : El pasado 25 de marzo el Consejo de Ministros prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 el régimen excepcional y transitorio de reordenación del trabajo destinado a minimizar los riesgos de transmisión del COVID-19 en las relaciones laborales (véase el comunicado). La medida se estableció mediante el decreto ley 79 –A/2020, que en un principio debía finalizar el 31 de marzo. Por tanto, las estipulaciones se aplicarán hasta finales de año “sin perjuicio de la posibilidad de una nueva prórroga previa consulta con los interlocutores sociales”. Este régimen excepcional se aplica a las empresas con más de 50 trabajadores en zonas territoriales consideradas de riesgo. Para mantener la distancia física entre los trabajadores, la empresa debe, en particular, escalonar las horas de entrada y salida del trabajo, modificar los horarios de trabajo y las pausas. La empresa también debe promover el teletrabajo “cuando la naturaleza de la actividad lo permita”.
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Reino Unido
- Inteligencia artificial : La confederación sindical británica Trade Union Congress está haciendo campaña (Dignity at work and the AI revolution) para conseguir la modificación de la legislación británica de protección de datos para incluir un derecho universal a la “explicabilidad” de los sistemas de inteligencia artificial en el lugar de trabajo, con el derecho a solicitar una explicación personalizada. Entre otras cosas, la TUC propone un nuevo derecho a la reciprocidad de los datos, un nuevo papel para los sindicatos, un comportamiento ético en todas las etapas de la cadena de producción de la inteligencia artificial y su aplicación. La TUC destaca los valores fundamentales que deben hacer valer las empresas al introducir la inteligencia artificial.
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3. Empresas
Responsabilidad social
Permiso de paternidad : Para fomentar el reparto equitativo de la función parental entre hombres y mujeres, el fabricante de automóviles Volvo ha decidido conceder a más de 40.000 trabajadores de todo el mundo el derecho a 24 semanas de permiso de paternidad, pagadas con el 80% de su salario base. El comunicado señala que en 2019 se realizó un experimento en la zona EMEA (Europa, Oriente Medio y África) en el que el 46% de los solicitantes eran padres. La medida se apoya en una comunicación desarrollada con los especialistas para garantizar que los interesados no sientan ningún desincentivo a la hora de tomar el permiso. Por ejemplo, el material de comunicación hace referencia a un permiso de 24 semanas y no a un permiso de hasta 24 semanas, lo que podría animar a los trabajadores a solicitar un permiso más corto (véase el comunicado de prensa).
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Permiso de maternidad y de paternidad : El pasado 22 de marzo, el grupo bancario italiano UniCredit anunció que a partir de abril concederá a todos sus trabajadores y trabajadoras (localizados principalmente en Europa) 16 semanas de baja por maternidad y 4 semanas de baja por paternidad, con sueldo íntegro (véase el comunicado). Esta medida forma parte de “un enfoque más amplio de la conciliación de la vida laboral y familiar debatido con el comité de empresa europeo”, en palabras de Emanuele Recchia, responsable de políticas laborales, relaciones sociales y protección social de UniCredit.
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Acuerdo transnacional
Salud y seguridad en el trabajo : La dirección del grupo de restauración colectiva Sodexo y la Federación Sindical Internacional UITA suscribieron el pasado 15 de marzo una declaración de intenciones agregada a su acuerdo marco internacional del 12 de diciembre de 2011, “sobre salud y seguridad, incluso en el contexto de la crisis sanitaria generada por la pandemia del COVID-19”. Las partes animan a los sindicatos y a los representantes correspondientes nombrados por Sodexo a entablar negociaciones a nivel nacional y local con miras a concluir acuerdos sobre cuestiones de salud y seguridad en el trabajo en sintonía con el enfoque y los principios globales mutuamente aceptados (de los Convenios de la OIT), así como a revisar periódicamente los ya existentes.
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4. Estudios e informes
Teletrabajo : El pasado 22 de marzo, la confederación sindical de sindicatos escoceses (STUC) publicó los resultados de la encuesta ‘Covid-19 and Working from Home ‘ (Covid-19 y el trabajo desde casa), realizada por universitarios sobre un total de 3.000 trabajadores. La encuesta revela las experiencias laborales desde casa y las esperanzas y temores para el futuro de los trabajadores. El estudio fue realizado por las universidades de Manchester y Strathclyde a petición de la STUC y contó con el apoyo de varios sindicatos. Roz Foyer, secretaria general de la STUC, respondió a los resultados de la encuesta señalando que “un número significativo de trabajadores ha experimentado la intensificación del trabajo y el estrés en el último año, pero para muchos otros la experiencia general ha sido positiva.” Según el profesor Phil Taylor, “los trabajadores prefieren mayoritariamente pasar dos días a la semana o menos en el lugar de trabajo”. Sin embargo, no se puede hacer un enfoque generalizado. Existen también pruebas convincentes de que una minoría nada despreciable no quiere teletrabajar. Las empresas tendrán que tener en cuenta los numerosos y conflictivos intereses así como las preferencias de los trabajadores y los sindicatos tendrán que representar a todos estos trabajadores. El desarrollo de acuerdos ágiles o híbridos debe seguir las mejores prácticas y negociarse en su totalidad con los sindicatos (véase el comunicado).
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