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IR Notes 176 — 15 de diciembre 2021
www.irshare.eu
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***Todo el equipo de IR Share desea a sus
lectores unas felices fiestas de fin de año. Tras una breve
pausa invernal volveremos a encontrarnos con la edición de IR
Notes 177 el próximo día 12 de enero de 2022. Pero no se verá
totalmente privado de información: seguiremos actualizando el
sitio web del IR Share y también puede seguirnos en la cuenta de
Twitter @IR_Share.***
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Editorial
Ha llegado la Navidad para la Europa social
Este número de IR Notes lo
atestigua: la Europa social ha vuelto a la escena
europea: El 6 de
diciembre, los Ministros de Trabajo adoptaron dos posturas -sobre la
Directiva de Salarios Mínimos Adecuados y la Directiva de
Transparencia Salarial- que abren el camino a las negociaciones con
el Parlamento Europeo. Estas posturas podrían conducir a la adopción
de las directivas en el primer semestre de 2022. Pocos días después,
la Comisión Europea lanzó, en rápida sucesión, una consulta sobre
las directrices para que los trabajadores autónomos puedan celebrar
convenios colectivos sin infringir la legislación sobre competencia;
un plan de acción para la economía social; propuestas de
recomendaciones para desarrollar cuentas individuales de formación y
microcertificaciones; y una propuesta de directiva para mejorar las
condiciones laborales de los trabajadores en las plataformas
digitales. Además, el texto introduce nuevos derechos digitales
relacionados con la gestión algorítmica de los recursos humanos,
dirigidos de momento a los trabajadores de las plataformas, pero que
sin duda se incluirán en la futura legislación para regular el uso
de la inteligencia artificial y que se aplicará a todos los
trabajadores. La Comisión publicó ayer unas directrices para una
transición justa e inclusiva hacia la neutralidad climática en forma
de propuesta
de Recomendación del Consejo. En
el documento se pide a los Estados miembros que desarrollen y
apliquen medidas para garantizar una transición justa hacia la
neutralidad climática, teniendo en cuenta los aspectos sociales y de
empleo. Por último, el Parlamento ha tenido que aprobar el informe
de iniciativa “sobre la democracia en acción“, presentado por la eurodiputada Gabriele
Bischoff, en el que se pide a la Comisión una nueva directiva para
reforzar los derechos de información, consulta y participación de
los trabajadores, así como una revisión de la directiva sobre los
comités de empresa europeos. ¡Ya es Navidad bajo el árbol de la Europa
social! Pero, como suele ocurrir en Navidad, falta un regalo: la
Comisión no se ha pronunciado sobre la propuesta de directiva que
impone un deber de diligencia a las empresas que operan en todo el
mundo, cuya presentación se ha ido posponiendo constantemente desde
la primavera. La propuesta se incluyó expresamente en el programa de
trabajo de la Comisión para 2021 y no aparece en el de 2022. ¡Sólo
quedan 15 días para cumplir sus promesas y que la fiesta sea
completa! Así con todo el
equipo editorial de IR Notes espera un año muy ocupado en 2022.
Necesitamos más que nunca su apoyo para poder realizar esta labor de
vigilancia. IR Notes depende exclusivamente de sus lectores y
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¡Gracias por toda la ayuda que nos puedan
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Agenda
17 de enero a 27 de
febrero En línea 2ª
edición alemana del curso de formación en línea “CEE: las reglas del
juego”, con unas 2 horas de trabajo por semana. La inscripción debe
realizarse antes del 10 de enero de 2022 cumplimentando el formulario en
línea disponible aquí: https://bit.ly/3FTJU3i. Formación es gratuita.
14 y 15 de
febrero
Burdeos Consejo de Empleo y de Asuntos
Sociales.
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Diccionario europeo de las relaciones sociales
Si desea profundizar en la lectura de IR Notes, ponemos a su
disposición enlaces
al Diccionario
Europeo de las Relaciones Socialespublicado por Eurofound y
actualizado con regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las
definiciones de los términos están disponibles en inglés y se pueden
convertir rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es
noticia
La Comisión
Europea está decidida a proteger a los trabajadores de las plataformas
Se trata sin lugar a dudas de una de las iniciativas más progresistas adoptadas por
la Comisión Europea en los últimos veinte años: ha propuesto una directiva que, por
un lado, introduce una presunción de situación de asalariado para los trabajadores
de las plataformas digitales que cumplan determinados criterios que demuestren un
vínculo de subordinación y, por otro, otorga nuevos “derechos digitales” a los
trabajadores de las plataformas, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, en
lo que respecta a la gestión algorítmica. Se trata de una innovación en la
legislación de la UE que resulta difícil de imaginar que se limite en el futuro a
los trabajadores de plataformas (ver el comunicado
de prensa). No es de extrañar que los conductores de las plataformas se
desplazaran hasta la Comisión para ofrecer un ramo de flores a Nicolas Schmit,
comisario europeo de Empleo y Derechos Sociales, para agradecerle que les haya
escuchado. Hay que remontarse muy atrás para escuchar a una representante del grupo
de la Izquierda Unitaria Europea en el Parlamento Europeo, en este caso Leïla
Chaibi, que acompañaba a esta delegación, felicitar a un comisario europeo, enviando
a través de Twitter un “well done”
a Nicolas Schmit. Así, el 9 de diciembre, la Comisión publicó tres textos: 1° un comunicado
en el que se expone el enfoque y las medidas de la UE sobre el trabajo en
plataformas, que se completará con acciones que las autoridades nacionales, los
interlocutores sociales y otros agentes pertinentes deberán aplicar a su nivel; 2°
un proyecto
de líneas directrices que aclaran la aplicación de la legislación de la UE
en materia de competencia a los convenios colectivos de los trabajadores autónomos
(ver más adelante); 3° una propuesta de Directiva sobre la aplicación de la
legislación de la UE en materia de competencia a los convenios colectivos de los
trabajadores autónomos (ver más adelante). 3° una propuesta
de directiva sobre la mejora de las condiciones de trabajo en el contexto del
trabajo en plataformas que prevé medidas para determinar adecuadamente el
estatuto laboral de los trabajadores en las plataformas de trabajo
digitales. La propuesta de directiva ofrece una lista de cinco criterios para
determinar si la plataforma es un “empleador” (artículo 4.2); como el de fijar el
nivel de remuneración o supervisar la realización del trabajo o comprobar la calidad
de los resultados del trabajo, incluso por medios electrónicos. Si la plataforma
cumple al menos dos de los cinco criterios, se presumirá legalmente que es un
“empleador” y tendrá que tratar a los trabajadores afectados como “asalariados”. Si
la plataforma impugnara esta presunción, tendrá que demostrar que no hay relación
laboral, lo que facilitará que los trabajadores soliciten que su relación laboral
sea recalificada como asalariada. Además, la directiva refuerza la transparencia en
el uso de algoritmos por parte de las plataformas. Según la directiva, las
plataformas no deben utilizar “sistemas automatizados de vigilancia y toma de
decisiones que ejerzan una presión indebida sobre los trabajadores de las
plataformas o pongan en peligro su salud física y mental” (artículo 7.2). Por otro
lado, en caso de decisiones desfavorables para el trabajador, como una desconexión,
la plataforma debe permitir a los trabajadores “tener acceso a una persona de
contacto designada (…) para discutir y aclarar los hechos, las circunstancias y
las razones que condujeron a la decisión” (artículo 8), decisión que puede ser
impugnada. Asimismo, las plataformas tendrán que informar y consultar a los
trabajadores y sus representantes sobre las decisiones de gestión de algoritmos
(artículo 9). El texto debe debatirse ahora en el Consejo y en el Parlamento
Europeo.
> Más información:
artículo de análisis del texto presentado por la Comisión por
Valerio De Stefano y Antonio Aloisi, “La
Comisión Europea toma la delantera en la regulación del trabajo en
plataformas“, publicado por Social Europe. Lea además el informe de
política del ETUI, ¿Es
rentable trabajar? El trabajo no remunerado en la economía de plataforma,
que analiza el tiempo y las actividades no remuneradas de los trabajadores de
plataforma.
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1. Unión
Europea
Proyectos
Luz verde del Consejo para negociar dos
directivas : los ministros europeos de
Empleo y Asuntos Sociales, en el Consejo del 6 de diciembre, adoptaron su posición
sobre la propuesta de directiva relativa a los salarios mínimos adecuados en la
UE (ver el comunicado
de prensa, y las IR Notes 151) para
la propuesta de la Comisión). El Consejo adoptó su posición a pesar de los rechazos
de Dinamarca y Hungría y las abstenciones de Alemania y Austria. Ahora pueden
comenzar las negociaciones con el Parlamento Europeo (ver el texto aprobado por el
Parlamento, IR Notes
174) para conciliar sus posiciones con vistas a la adopción de la directiva
sobre el salario mínimo bajo la Presidencia francesa de la UE. El Consejo ha
adoptado asimismo una posición
sobre la propuesta de Directiva relativa a la transparencia de las
remuneraciones (ver el
comunicado de prensa, y las Notas IR 159,
para la propuesta de la Comisión). Las negociaciones sobre esta directiva pueden
comenzar tan pronto como el Parlamento haya tomado una decisión (la votación en
comisión está prevista para el 10 de febrero de 2022). El texto, aprobado con cinco
abstenciones (Alemania, Austria, Hungría, Suecia y Eslovaquia), servirá de base para
las negociaciones con el Parlamento, con un punto de fricción: el umbral a partir
del cual se impondrán obligaciones de transparencia a los empresarios. La propuesta
de la Comisión fija este umbral en 250 empleados, lo que fue aceptado por el
Consejo, mientras que el Parlamento prevé un umbral más bajo, ya que uno de los
ponentes quiere fijarlo en 50 empleados. Pero si bien algunos Estados parecen estar
a favor de la reducción del umbral (España, Italia, Finlandia, Luxemburgo), otros,
como los Países Bajos, han anunciado claramente que el umbral de 250 era un mínimo y
constituía la “línea roja” que no debía cruzarse, como informó el ministro de
Trabajo esloveno, Janez Cigler Kraljj, en la rueda de prensa. El Consejo ha
aprobado asimismo dos conclusiones: 1° sobre el trabajo
sostenible a lo largo de toda la vida para garantizar que las personas se
incorporen al mundo laboral y permanezcan en él durante toda la vida activa; 2°
sobre el impacto
de la IA en la igualdad de género en el mercado laboral que, cuando se
utilice para la gestión de los recursos humanos, debe promover la transparencia y la
igualdad de género, en particular en los ámbitos de la remuneración, la formación,
el acceso a la promoción y el progreso de la carrera.
> Ver
también:
comunicado
de prensa
todos los puntos tratados en el Consejo.
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Actualidad
social
- Acceso a la negociación colectiva para los
autónomos : además de
sus propuestas para los trabajadores de plataformas (ver Es noticia),
la Comisión Europea ha presentado unas líneas directrices sobre la
aplicación de la legislación de la UE en materia de competencia a los
convenios colectivos relativos a las condiciones de trabajo de los
autónomos, es decir, aquellos que no emplean a trabajadores por cuenta
ajena. Las directrices establecen que determinadas categorías de convenios
colectivos, firmados por trabajadores autónomos que se encuentran “en una
situación comparable a la de los trabajadores por cuenta ajena”, quedan fuera
del ámbito de aplicación del artículo 101 del TFUE (que prohíbe los acuerdos
entre empresas que restringen la competencia en el mercado interior, en
particular si fijan directa o indirectamente los precios de compra o de venta).
Los autónomos que se encuentran “en una situación comparable a la de los
trabajadores por cuenta ajena” son los trabajadores económicamente dependientes,
los que trabajan “codo con codo” con los asalariados o los que trabajan para
plataformas digitales. Además, las directrices establecen que la Comisión no
intervendrá contra otras categorías de convenios colectivos, como los celebrados
por trabajadores autónomos en solitario con entidades con un determinado poder
económico: una entidad o entidades que representen el conjunto de un sector de
actividad, o una entidad con un volumen de negocios anual combinado superior a 2
millones de euros o con una plantilla de 10 o más trabajadores, o con varias
entidades que superen conjuntamente uno de estos umbrales. La Comisión señala
que, en el caso de estas entidades, los trabajadores autónomos no tienen
suficiente poder de negociación para influir en sus condiciones de trabajo. El
proyecto de comunicación que presenta las directrices está abierto a consulta
pública hasta el 24 de febrero de 2022 y las contribuciones pueden
enviarse por correo electrónico, en todas las lenguas de la UE, a esta
dirección: COMP-COLLECTIVE-BARGAINING-1@ec.europa.eu.
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Plan de acción para la economía social :
la Comisión Europea presentó el 9 de diciembre una Comunicación
titulada “Construir
una economía que funcione para las personas: un plan de acción para la economía
social“, cuyo objetivo es apoyar a este sector que representa 2,8 millones
de organizaciones (cooperativas, mutuas, asociaciones, fundaciones y empresas
sociales) y el 6,3 % de la mano de obra europea (ver la
ficha inform y
IT y el comunicado
de prensa). Esta comunicación se complementa con un documento
de trabajo de la Comisión y otro documento
sobre “escenarios” para acompañar la transición medioambiental y digital de la
economía social, que somete a consulta de las
partes interesadas. La Comisión también anuncia una recomendación del Consejo sobre
la definición de las condiciones marco de la economía social, que propondrá en
2023. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) ha acogido la iniciativa, pero
sin mucho entusiasmo (ver el comunicado
de prensa). La organización que representa a los empresarios del sector,
Social Economy Europe, se muestra mucho más entusiasta y considera que es la
culminación de su labor de promoción de la economía social, iniciada en 2014 (ver el
comunicado
de prensa).
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- Cuenta individual de formación y
microcertificación : la Comisión Europea presentó el 10
de diciembre dos propuestas de recomendación del Consejo, una sobre las cuentas
individuales de formación y otra sobre las microcertificaciones. Se
invita a los Estados miembros, junto con los interlocutores sociales, a: 1°
crear cuentas individuales de formación para todos los adultos en edad de
trabajar y financiarlas con derechos de formación; 2° establecer un catálogo
digital, accesible en los teléfonos inteligentes, de cursos de formación de
calidad, adaptados al mercado laboral, que puedan ser financiados en el marco de
las cuentas individuales de formación; 3° proponer la orientación profesional y
la validación de los aprendizajes previos, así como los permisos educativos
remunerados. La filosofía del plan es situar “al individuo directamente en el
centro del desarrollo de las capacidades” (ver el comunicado
de prensa y la ficha
informativa).
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- Mediación en conflictos de libre
circulación : la Autoridad Laboral
Europea (ALE), la nueva agencia de la
UE tiene ahora su sede en Bratislava (Eslovaquia) y el 29 de noviembre adoptó un
procedimiento para mediar en los conflictos de movilidad laboral en los Estados
miembros de la UE y un acuerdo de cooperación con SOLVIT. La ALE “podrá ofrecer
a las autoridades nacionales un mecanismo a medida para resolver sus litigios en
materia de movilidad laboral”, dirigido en particular a los problemas que surgen
en el contexto del desplazamiento de trabajadores, “de forma rápida y sin
costes” (ver el
comunicado de prensa la ALE).
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Presidencia francesa de la UE :
en una rueda de prensa celebrada el 9 de
diciembre, el presidente de la República, Emmanuel Macron, presentó las prioridades
de la Presidencia francesa de la UE (FPEU), que comienza el 1 de enero y tendrá una
duración de seis meses. En materia social, el Presidente subrayó que “si Europa no
protege mejor a los más débiles, si permite que florezca el dumping social
y parece un mercado sin reglas, habrá otros Brexits”. Insistió en que Europa debe
crear empleo y en que Europa no debe ser “si es la Europa del paro, será la Europa
de la guerra, este es nuestro primer reto: crear empleo, crear empleo, crear
empleo”, repitió incesante (ver vídeo). “Si tenemos que
invertir cien o mil para hacerlo…, entonces debemos hacerlo”. Francia también
asegura que la adopción de la directiva sobre salarios mínimos adecuados en la UE
“estará en el centro de nuestra Presidencia”. “Las buenas conversaciones en el
Consejo han permitido un progreso considerable”, subrayó Emmanuel Macron, que quiere
“completar” esta iniciativa. También están en la agenda de la Presidencia la
propuesta de directiva sobre transparencia salarial y la de cuotas en los consejos
de administración. Por último, Emmanuel Macron también tiene la intención de avanzar
en la cuestión del deber de vigilancia de las multinacionales, un texto que la
Comisión había anunciado para este mes de diciembre (ver comunicado
y dossier
de prensa).
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Diálogo
social sectorial
Sector bancario :
los interlocutores sociales del sector bancario
firmaron, el pasado 7 de diciembre, una declaración conjunta sobre el
teletrabajo y las nuevas tecnologías (ver comunicado
de prensa) que sigue a dos declaraciones anteriores, una sobre el teletrabajo (2017) y otra
sobre el impacto
de la digitalización en el empleo (2018). La declaración conjunta destaca
los “derechos digitales” relativos, por ejemplo, a las herramientas de control de
los empleados (principio de transparencia y proporcionalidad) o a las decisiones
tomadas mediante algoritmos. Además, la declaración aborda los derechos colectivos,
la salud y la seguridad, la conciliación de la vida laboral y familiar, los horarios
de trabajo y el derecho a la desconexión. El texto define el teletrabajo y solicita
a los empresarios que permitan a los sindicatos y a los representantes de los
trabajadores estar en contacto con los empleados que teletrabajan, por ejemplo a
través de “espacios de reunión digitales seguros”.
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Jurisprudencia
- Retribución de las vacaciones
retribuidas en caso de despido: el
Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha visto un caso
relativo a un empleado austriaco que puso fin a la relación laboral con una
“dimisión prematura e injustificada”. Reclamó una indemnización por tres días de
vacaciones pagadas que no había disfrutado. El empresario se negó alegando que
la legislación austriaca establece que “no se debe ninguna indemnización cuando
el trabajador termina prematuramente la relación laboral sin motivo serio”.
Basándose en la sentencia Mascheck (TJUE 20
de julio de 2016, C‑341/15), el Tribunal de Justicia considera que “el
motivo por el que se puso fin a la relación laboral es irrelevante en lo que
respecta al derecho a percibir una compensación económica” y confirma que “el
hecho de que un trabajador ponga fin a su relación laboral por voluntad propia
no influye en su derecho a percibir, en su caso, una compensación económica por
los derechos a vacaciones anuales retribuidas que no haya podido utilizar antes
de que finalizara su relación laboral” (TJUE,
25 de noviembre de 2021, asunto C-233/20, Job medium).
- Remuneración de las vacaciones
retribuidas tras una enfermedad: en un caso
de los Países Bajos, el Tribunal de Justicia declaró que “el derecho a las
vacaciones anuales retribuidas debe determinarse, en principio, en función de
los períodos de trabajo efectivo realizados en el marco del contrato de trabajo,
sin tener en cuenta el hecho de que el importe de esta remuneración se haya
reducido como consecuencia de una incapacidad laboral debida a una enfermedad”
(TJUE
9 de diciembre de 2021, asunto C-217/20, Staatssecretaris van
Financiën).
- Servicio de guardia y días fijos:
el 10 de noviembre, el Comité Europeo de Derechos Sociales
(CEDS), encargado de supervisar el cumplimiento de la Carta Social Europea (ver
European
Social Charter) firmada en el marco del Consejo de Europa
(ver Council of Europe), emitió una decisión
la que considera que la legislación francesa relativa al sistema de servicio de
guardia y días fijos no se ajusta a la Carta Social Europea en varios puntos. El
caso fue iniciado por las confederaciones sindicales CFE-CGC y CGT (ver
comunicados de prensa de CFE-CGC
y CGT).
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2. Estados
miembros
Alemania
Un gobierno progresista: : El acuerdo
de coalición 2021 – 2025 del nuevo gobierno prevé aumentar el salario mínimo
legal de 9,60 euros a 12 euros por hora en una sola etapa. A continuación, la
comisión del salario mínimo deberá decidir sobre otras medidas de aumento salarial.
Se trata de una de las medidas sociales estrella de la nueva coalición, que ha
anunciado su apoyo a la propuesta de directiva sobre salarios mínimos adecuados en
la UE (así como a la relativa a la protección de los trabajadores de plataformas
digitales). Otras medidas son: 1) Los comités de empresa podrán decidir si reunirse
en línea; 2) Los sindicatos tendrán acceso digital a las empresas para reunirse con
los empleados; 3) La legislación sobre codeterminación debe preservarse en el
contexto de la creación de una sociedad europea (SE) para que la codeterminación ya
no pueda evitarse del todo o restringirse en caso de aumento del número de empleados
en la sociedad europea; 4) Instauración del derecho al teletrabajo, salvo que los
intereses de la empresa se opongan a ello. Además, “el trabajo móvil debe ser
posible sin problemas en toda Europa”. 5) Promoción de los espacios de coworking que
“son una buena oportunidad para el trabajo móvil y el fortalecimiento de las zonas
rurales”; 6) Aumento de la flexibilidad de la jornada laboral a través de los
convenios colectivos.
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Austria
- Prórroga de la jornada reducida :
ante el recrudecimiento de la epidemia de Covid-19, los
interlocutores sociales y el Gobierno decidieron el 26 de noviembre prorrogar
hasta marzo de 2022 el régimen de jornada reducida, que proporciona una renta de
sustitución del 90 % del salario neto (ver el comunicado
de prensa de la confederación sindical ÖGB). Se pagará una bonificación
de 500 euros a quienes estén en régimen de reducción de jornada desde marzo de
2020 y que sigan en régimen de reducción de jornada en noviembre. Además, la
base de cálculo del salario de los empleados que normalmente reciben propinas se
incrementará en un 5 %.
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Francia
- Permiso en caso de enfermedad de un hijo :
El pasado 8 de diciembre, el Parlamento francés aprobó
definitivamente un proyecto de
ley destinado a apoyar a los niños que padecen enfermedades crónicas o
cáncer. Con ello se crea un permiso específico para los trabajadores
cuando a su hijo se le diagnostica un cáncer o una patología crónica que
requiere que los padres aprendan a gestionar la enfermedad. La duración de este
permiso retribuido, que ya existe para el anuncio de la aparición de una
discapacidad en un niño, se fija en un convenio colectivo. A falta de acuerdo,
es un mínimo de dos días. Este texto se aplica a todas las empresas,
independientemente de su plantilla, y a todos los trabajadores,
independientemente de su antigüedad en la empresa.
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3. Terceros
países
Reino
Unido
Consideración de la menopausia :
comentando un informe
que encargó a las principales organizaciones patronales y asociaciones de
profesionales de los recursos humanos el pasado mes de julio, la ministra de Empleo
insistió el 25 de noviembre en que los empresarios deben tener más en cuenta la
menopausia en el lugar de trabajo (ver el comunicado
de prensa). El informe contiene recomendaciones, principalmente en materia
de comunicación y campaña de información, a las que el gobierno se compromete a
responder en los próximos meses. En 2019, el Instituto Colegiado de Personal y
Desarrollo (CIPD) ha publicado un informe
(ver el comunicado de
prensa) en el que se destaca que tres de cada cinco mujeres trabajadoras de
entre 45 y 55 años con síntomas de menopausia afirman que esto tiene un impacto
negativo en su trabajo, ya sea por el aumento del estrés, las dificultades de
concentración, la ansiedad o por otros motivos. Según el informe, casi 900.000
mujeres han dejado su trabajo durante un periodo de tiempo no definido debido a los
síntomas de la menopausia. Esto podría significar que las mujeres abandonan las
empresas “en la cima de su experiencia”, lo que “repercutirá en la productividad”.
El CIPD ha publicado guías
sobre la gestión de la menopausia en el lugar de trabajo y materiales
de comunicación. La Comisión de Mujeres e Igualdad de la Cámara de los
Comunes está llevando a cabo una investigación
sobre la menopausia y el lugar de trabajo.
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4.
Empresas
Comités de
empresa europeos
- Competencias en materia de desarrollo
sostenible : El acuerdo
del comité de empresa europeo del grupo de construcción Eiffage, revisado el 9 de
septiembre, ha ampliado los temas sobre los que se debe informar y consultar al
comité de empresa europeo para incluir las políticas sociales, medioambientales
y de desarrollo sostenible, así como el informe anual, el informe sobre el clima
y el plan de acción sobre la biodiversidad del grupo. Que sepamos se trata de
uno de los primeros acuerdos tan explícitamente abiertos a cuestiones de
desarrollo sostenible, cambio climático y biodiversidad.
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Sociedad
europea
Mantenimiento de un comité tras la denuncia del
convenio : el Tribunal de Apelación de Versalles dictó una
sentencia el 9 de diciembre en
el litigio entre el comité de empresa europeo de Atos SE (Atos SE Council) y la
dirección del grupo de servicios digitales Atos SE (107.000 empleados) tras
la decisión de esta última de disolver el comité. Tras denunciar el acuerdo
constitutivo del Atos SE Council en 2020, y después de un periodo de seis meses de
negociaciones infructuosas, la dirección decidió suprimir el órgano. El artículo 23
§ 4 del acuerdo establece que “en caso de notificación de rescisión, ambas partes
iniciarán inmediatamente el proceso de renegociación”. Esto se ha hecho. Por otra
parte, el artículo añade que “mientras las dos partes no hayan firmado un nuevo
acuerdo, prevalecerá el presente acuerdo” (ver las IR Notes 163). Esta
disposición aboga por la supervivencia del Atos SE Council mientras las partes no se
pongan de acuerdo en un nuevo texto. Sin embargo, la dirección consideró que esta
cláusula suponía una prórroga ilimitada del acuerdo, lo que es contrario a la
legislación francesa, que prohíbe los “compromisos perpetuos”. Tras un recurso en
procedimiento de urgencia, el
tribunal de Pontoise no consideró que la disolución del comité constituyera
una perturbación manifiestamente ilícita (ver las IR Notes 167), sino
que consideró que la cláusula estaba abierta a la interpretación. No es ésta la
opinión del Tribunal de Apelación de Versalles que, por una parte, constata la
perturbación manifiestamente ilícita resultante de la disolución del comité y, por
otra parte, con cierto sentido de la fórmula, subraya que “las partes no tienen la
facultad de hacer oscuras las cláusulas que son claras, en particular procediendo a
una interpretación que no es necesaria”. Para el Tribunal, no hay duda de que “el
efecto de esta cláusula es claramente la supervivencia del acuerdo mientras no se
firme otro”. Además, rechazó el argumento de la prohibición de los compromisos
perpetuos, subrayando que la negociación de un nuevo acuerdo de comité de la SE está
limitada en el tiempo: debe durar seis meses (prorrogables a un año), en cuyo
defecto la empresa debe constituir un comité de acuerdo con las disposiciones
subsidiarias de la directiva sobre la participación de los trabajadores en la SE. En
la práctica, el Tribunal dictamina: 1° que la disolución del Consejo de Atos SE es
ilegal y que debe restablecerse incluyendo los mandatos de todos sus miembros; 2°
que el acuerdo constitutivo sigue siendo provisionalmente válido al menos hasta
marzo de 2022, es decir, hasta el final del período de negociación de un nuevo
acuerdo (o como máximo hasta septiembre de 2022 si las partes deciden prorrogar las
negociaciones) ; 3° Si no se llega a un acuerdo al final de este período de
negociación, la dirección debe crear un comité de la SE de acuerdo con las
disposiciones subsidiarias de la directiva. En la práctica, aunque la dirección
de la empresa quede desautorizada en su decisión de disolver el órgano, mantiene la
mano en la negociación. O se llega a un acuerdo antes de marzo de 2022 que reduzca
algunos de los medios del comité de empresa europeo como desea, o tendrá que crear
un comité jurídico de sociedad europea, lo que de facto será ampliamente menos
favorable que el acuerdo denunciado.
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Acuerdos
transnacionales
- Prórroga del acuerdo global :
la dirección del grupo energético francés EDF (160.000 empleados) y
las federaciones sindicales internacionales IndustriALL Global Union y PSI
firmaron, el pasado 29 de noviembre, una prórroga de dos años del Acuerdo
Global de Responsabilidad Social del Grupo EDF, que se firmó en 2018 por
un período de cuatro años (ver el comunicado
de IndustriAll).
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