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IR Notes 21 – 3 diciembre 2014
www.irshare.eu
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IR Share es una empresa orientada
a responsables de recursos humanos y representantes de los trabajadores
cuya finalidad es proporcionar y compartir información, documentación
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opera por medio de publicaciones online, grupos de trabajo, formación
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El equipo Han
colaborado en este número: Ekaterina Markova and Frédéric Turlan.
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Entrevista
Annemarie Muntz, Presidenta de la Confederación Europea de Agencias de
Empleo Privadas Eurociett
Ustedes
han reaccionado
positivamente a las conclusiones del Abogado General en un
asunto en el que el Tribunal de Justicia se tiene que
pronunciar por primera vez sobre la directiva de empresas de
trabajo temporal. Sí, saludamos esta
resolución y esperamos que el Tribunal de Justicia la aplique porque
confirma las posiciones que desde hace años defendemos. En primer
lugar, el Abogado General señala que esta directiva se basa en dos
principios jurídicos. Por un lado, se trata de una directiva social
destinada a proteger a los trabajadores cedidos por empresas de
trabajo temporal. Por el otro, es una directiva sobre servicios que
pretende fomentar el trabajo temporal aboliendo determinadas
regulaciones nacionales que restringen injustificadamente el trabajo
a través de ETT. Las conclusiones presentadas por el abogado
resaltan este objetivo doble de la directiva y recuerdan que los
estados miembros deben, conforme al artículo 4 de la directiva,
revisar y eliminar a nivel nacional las restricciones injustificadas
a las agencias de empleo. No se trata meramente de recabar datos:
los estados miembros tienen que actuar para eliminar estas
restricciones indebidas.
Si el
Tribunal de Justicia adopta las conclusiones del Abogado
General, ¿indicarán a sus miembros que procedan
judicialmente contra las restricciones o prohibiciones
injustificadas? Desde luego. Hemos
registrado las prohibiciones y limitaciones con las que nos
encontramos de forma injustificada en cada país, y nuestros miembros
las llevarán a los tribunales. El Abogado General sostiene que solo
motivos de interés general como la protección de los trabajadores
cedidos, la protección de la salud y la seguridad en el lugar de
trabajo o la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento del
mercado de trabajo y evitar posibles abusos justifican una
restricción. Nosotros consideramos que deberían eliminarse todas las
restricciones y prohibiciones generales existentes,
independientemente de si tienen carácter legal o están fijadas en un
convenio colectivo. La prohibición existente en el sector público
belga de contratar trabajadores cedidos por agencias de empleo no
tiene justificación alguna, por ejemplo.
¿Están
completamente satisfechos con
las conclusiones presentadas? Sí, son
un paso en la dirección correcta, aunque habrá que esperar a ver
cómo se pronuncia el Tribunal de Justicia en este asunto. Hay
también un punto que nos parece discutible. En nuestra opinión, las
disposiciones de la directiva relativas a la protección de los
trabajadores no deberían ser aplicables a trabajadores cedidos que
cuentan con un contrato indefinido con la agencia de empleo, puesto
que no se puede considerar que estos trabajadores estén en situación
laboral precaria. No hay motivo alguno para aplicar el principio de
igualdad de trato a los trabajadores fijos de la empresa
usuaria.
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Agenda
2
Diciembre París 12ª
Conferencia del Consejo de Orientación para la Jubilación (COR) sobre
los “Sistemas
de pensiones, evolución demográfica y crecimiento económico“,
con ponencias expertas acerca de la reacción de los sistemas de
pensiones alemán y sueco ante estos retos.
9
Diciembre París El Ministerio
de Trabajo francés (DARES) organiza un coloquio sobre “Las
relaciones laborales con vistas a las prácticas, las leyes y el
contexto económico“.
10 Diciembre
París Cuarta
asamblea anual del Club CE europeo, en la que pueden participar
directivos y miembros de los comités de empresa europeos. El encuentro
contará con la moderación de Astrees e IR Share y se centrará en el
aprovechamiento del conocimiento experto de los comités de empresa
europeos. Tel.: 06 81 41 53 95
11 Diciembre
Bruselas
Consejo de empleo, política social, sanidad y consumidores.
16
Diciembre Bruselas La
Comisión Europea presenta su programa de trabajo para el año 2015.
17
Diciembre París Europa y
sociedad organiza junto con la asociación Réalités du Dialogue Social
una nueva conferencia en el marco de la ronda de conversaciones sobre el
diálogo social europeo. En esta ocasión la conferencia se centrará en el
papel que desempeñan las organizaciones patronales en el fomento del
diálogo social europeo a nivel sectorial.
12 − 13
Febrero París Los
interlocutores sociales europeos del sector de la aviación civil
organizan una conferencia en la que se presentarán los resultados de los
estudios realizados por la Universidad de Gante a petición de los
agentes sociales del sector sobre las “relaciones laborales atípicas en
las tripulaciones de vuelo”.
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IR Notes se
publica quincenalmente en diversos idiomas europeos de la mano de IR Share y de su equipo
de expertos. El boletín está concebido como un observatorio europeo de las
relaciones laborales, el derecho del trabajo y las políticas de empleo. La
suscripción cuesta 15 euros (+ IVA) al mes y puede formalizarse a través de
la página web de IR Share. IR Share
es una empresa independiente de capital privado no
vinculada a ningún partido que se dedica a la información y formación de los
agentes del diálogo social europeo y otros actores interesados. Desde 2009
IR Share es la representante de Francia y Luxemburgo en la Fundación de
Dublín (Eurofound), y desde 2014 también de Bulgaria.
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Es
noticia
¿Se
eliminarán las restricciones injustificadas a las agencias de empleo?
El Abogado General del Tribunal de Justicia ha presentado sus conclusiones en el
asunto finlandés relativo a la aplicación de la Directiva 2008/104/CE del 19 de
noviembre de 2008 sobre el trabajo a través de empresas de trabajo temporal (TJUE,
Conclusiones del 20 de noviembre de 2014, asunto C-533/13, Auto- ja Kuljetusalan
Työntekijäliitto AKT/Öljytuote ry, Shell Aviation Finland Oy). Si el
Tribunal de Justicia hace suyas las conclusiones del Abogado General, el sector de
las empresas de trabajo temporal podría cambiar sustancialmente, puesto que se
abriría la posibilidad de cuestionar las numerosas restricciones y prohibiciones que
existen actualmente en determinadas legislaciones o convenios colectivos nacionales
(véase posicionamiento
de Eurociett, la Confederación Europea de Agencias de Empleo Privadas). Esta
perspectiva inquieta, y mucho, a la Confederación Europea de Sindicatos (véase comunicado),
que teme que las regulaciones nacionales —a menudo negociadas con los sindicatos—
que restringen el trabajo a través de ETT puedan ser cuestionadas. Algo que, por el
contrario, se reclama desde las organizaciones patronales del sector (véase comunicado de Eurociett, en inglés).
Si el Tribunal de Justicia sigue las recomendaciones del Abogado General es muy
probable que queden en entredicho muchas de las restricciones a las empresas de
trabajo temporal que existen en diversos países a nivel sectorial. Esto es
especialmente válido para el sector portuario (Bélgica), el sector del transporte
marítimo de corta distancia (Bélgica), el sector público (Bélgica, Grecia, Países
Bajos), la construcción (Alemania, Grecia) o el sector transportes (conductores de
autobús y transporte de mercancías) (Países Bajos).
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1. Unión
Europea
Legislación
- Publicación de la directiva sobre
información no financiera: La Directiva
2014/95/UE del 22 de octubre de 2014 “por la que se modifica la
Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no
financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes
empresas y determinados grupos” se publicó el pasado 15 de noviembre en el
Diario Oficial de la UE (véase IR
Notes N.º 17).
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Temas
sociales de actualidad
- Un programa de inversión de 315.000
millones de euros: El pasado 26 de noviembre la Comisión
Europea anunció el lanzamiento de una ofensiva de inversión de 315.000 millones
de euros a lo largo de los próximos tres años “para que Europa vuelva a crecer y
más personas encuentren un empleo” (véase comunicado de
prensa de la Comisión. El Consejo y el Parlamento deberán abordar ahora
esta iniciativa. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) se muestra
escéptica y duda de que Jean-Claude Juncker pueda movilizar 315.000 millones de
euros para inversiones cuando el presupuesto de la UE tan solo prevé 21.000
millones (véase comunicado
de prensa de la CES). La organización patronal BusinessEurope se
muestra, por el contrario, satisfecha con este primer paso importante que, con
una pequeña contribución pública, movilizará recursos privados garantizando, con
ello, que los proyectos de inversión elegidos impulsen la productividad y el
crecimiento (véase comunicado).
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Diálogo
social sectorial
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Jurisprudencia
- La fijación de una edad máxima para
participar en un proceso de selección tiene que estar debidamente
justificada: Un ciudadano español impugnó la
convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas de agentes de la
Policía local, en la que se exigía a los candidatos que no sobrepasaran la edad
de 30 años. El Tribunal de Justicia considera que las condiciones físicas
exigidas para el ejercicio de la profesión son “un requisito profesional
esencial y determinante” (TJUE
,13 de noviembre de 2014, asunto C-416/13, Pérez). Sin
embargo, en la convocatoria de las pruebas de selección se fija un límite de
edad que no constituye un requisito proporcionado, es decir, que este requisito
no es apropiado para alcanzar el objetivo perseguido y va más allá de lo
necesario para alcanzarlo. El Tribunal de Justicia llama la atención sobre el
hecho de que las pruebas de selección incluyen pruebas físicas en las que se
evalúan las capacidades físicas de los candidatos y recuerda que procesos de
selección similares prevén límites de edad superiores o eliminan incluso del
todo el límite de edad. Suficientes argumentos, por tanto, para determinar que
la fijación de una edad máxima de 30 años no está justificada.
- La utilización de contratos de trabajo de
duración determinada tiene que estar limitada en el
tiempo: El Tribunal de Justicia se ha pronunciado sobre
una ley italiana que permite la suscripción de contratos de trabajo de duración
determinada con personal docente y administrativo para garantizar las
sustituciones en plazas vacantes “a la espera de que concluyan los procesos de
selección para contratar personal docente titular” (TJUE,
26 de noviembre de 2014, en los asuntos acumulados C-22/13, C-61/13 a
C-63/13 y C-418/13, Raffaella Mascolo). En el asunto referido, sin
embargo, no tuvo lugar en diez años ninguna convocatoria para cubrir las plazas
vacantes, por lo que el Ministerio de Educación italiano prorrogó los contratos
de duración determinada durante varios años. El Tribunal constata que en la
práctica se renuevan “contratos de trabajo de duración determinada para atender
necesidades que en realidad no tienen carácter temporal, sino muy al contrario
permanente y duradero, en razón del déficit estructural de puestos de personal
titular” en Italia. Esta ley, por tanto, no es conforme con la Directiva
1999/70 de 28 de junio de 1999 y no prevé además ninguna medida para
evitar abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de duración
determinada.
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2. Estados
miembros
Bulgaria
- Reformas sociales: Con el
nuevo gobierno se ha reanudado el debate público sobre la reforma del sistema de
pensiones y de la seguridad social. Ivailo Kalfin, Ministro de Asuntos Sociales,
se muestra a favor de un retraso gradual y sostenido de la edad de jubilación
así como de un incremento del salario mínimo a 380 BGN en el año 2015 (aprox. un
10% más). El Ministro de Finanzas, Vladislav Goranov, opina por el contrario que
un incremento de este tipo podría someter el mercado de trabajo a una presión
excesiva dada la deflación actual y el débil crecimiento. La confederación de
sindicatos búlgara CITUB exige al gobierno que emprenda una reforma fiscal, cree
nuevos mecanismos para fijar el salario mínimo y los salarios en el sector
público y fomente las negociaciones salariales a nivel sectorial.
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Francia
- Lucha contra los abusos en el
desplazamiento de trabajadores: Tras el anuncio
realizado por el Ministro de Trabajo el 27 de octubre de 2014, el gobierno
francés ha publicado una circular de aplicación de la Ley
N.º 2014-790 del 10 de julio de 2014 relativa a la lucha contra el dumping
social. En ella se especifican los requisitos necesarios para presentar
una demanda ante un tribunal especializado en casos complejos, motivos para
recurrir a métodos de investigación especiales y las nuevas sanciones
administrativas. El gobierno francés ha preparado además un proyecto de ley
“para impulsar el crecimiento y el empleo” que sanciona más duramente los abusos
en el desplazamiento de trabajadores. Ahora, las infracciones de la ley de
desplazamiento de trabajadores acarrean sanciones de hasta 150.000 euros por
trabajador afectado (antes este importe ascendía a 10.000 euros).
- Negociaciones sobre el diálogo
social: Los interlocutores sociales intersectoriales se
reúnen el 11 de diciembre de 2014 en una nueva ronda de negociaciones para
reformar el diálogo social. Los puntos más críticos se refieren a la fusión de
las instancias de representación de los trabajadores, la representación de
empleados en microempresas así como el lugar que ocupan los sindicatos en la
empresa. Si los agentes sociales no llegan a ningún acuerdo hasta finales de
año, el gobierno presentará un borrador de ley.
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3.
Empresas
Transdev: La jurisdicción
francesa cuenta con una nueva
sentencia judicial sobre el proceso de información y consulta de los comités
de empresa europeos. Los miembros del CEE de la empresa de transporte público urbano
e interurbano Transdev presentaron una demanda ante el Tribunal de Grande Instance
de Nanterre denunciando que no habían sido consultados sobre los planes de la
empresa en relación con el futuro de su filial de ferries SNCM, que cubre el
trayecto entre la costa sur de Francia y Córcega. La dirección de la empresa
argumentó que este asunto es de carácter estrictamente nacional y que afecta
únicamente a planes de la central francesa para una filial francesa con trabajadores
cien por cien radicados en Francia. Los representantes de los trabajadores arguyen,
por su parte, que los planes de la empresa tendrían un impacto negativo sobre la
cifra de negocios del grupo y que, por tanto, acarrearían consecuencias sociales
importantes para todo el grupo. Para resolver el litigio los magistrados comprobaron
en primer lugar el acuerdo entre las partes – garantizando la autonomía de las
mismas -, en el cual se recurre textualmente a la consideración 16 de la Directiva
2009/38: “[…] se consideran transnacionales las cuestiones que afecten […] al
menos a dos Estados miembros. Entre estas cuestiones se encuentran, con
independencia del número de Estados miembros de que se trate, las que revistan
importancia para los trabajadores europeos en términos del alcance de sus posibles
efectos o las que impliquen transferencia de actividades entre Estados miembros”. El
tribunal demuestra fácilmente que el proyecto no afecta a ningún otro estado miembro
excepto Francia y decide comprobar si el proyecto puede tener efectos importantes en
los trabajadores europeos o si puede implicar la transferencia de actividades.
También en esta segunda comprobación rechaza el tribunal la competencia del CEE por
dos motivos: el proyecto afecta únicamente a los trabajadores de SNCM, que
constituyen tan solo el 2,5% de la plantilla total del grupo, y no está prevista
ninguna transferencia de actividades pase lo que pase con SNCM. Por lo tanto, no
existe ningún elemento que pueda hacer pensar que el proyecto vaya a afectar
sustancialmente a los trabajadores europeos del grupo y, por consiguiente, no es
obligatorio consultar al comité de empresa europeo. Cabe destacar que el tribunal
admitió a trámite la demanda a pesar de que el presidente del CEE no había recibido
ningún mandato por parte del pleno del CEE, tal y como disponen el acuerdo y el
reglamento interno del CEE. Esto fue así debido a que la urgencia del asunto no
permitía reunir al CEE para formular oficialmente el mandato pertinente a su
presidente.
- Crédit Agricole: El CEE
del grupo Crédit Agricole (130.000 empleados) ha distribuido un boletín de noticias entre
los trabajadores de los 15 países que representa. Este boletín traducido a 10
idiomas explica el papel que desempeña el comité de empresa europeo, indica los
nombres de sus miembros y presenta, sobre todo, el plan al medio plazo aprobado
por el grupo bancario en marzo de 2014. Se trata sin duda de una iniciativa de
comunicación muy interesante por parte de un comité de empresa europeo dirigida
a todos los empleados europeos.
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Negociaciones transnacionales
- GDF Suez: El consorcio
energético francés GDF Suez (147.400 empleados) y las confederaciones sindicales
europeas EPSU e IndustriALL suscribieron el pasado 27 de noviembre un acuerdo para la mejora de las
condiciones laborales. Todas las empresas europeas del grupo deberán
trabajar codo con codo con sus interlocutores sociales para confeccionar e
implantar a lo largo de 2015 un plan de acción adecuado (véase comunicado
de prensa del grupo).
- Orange: La dirección del
grupo de telecomunicaciones francés Orange (160.000 empleados), la federación
sindical internacional UNI Global Union, la alianza sindical global UNI-Orange
(formada por los sindicatos miembros de UNI Global en el grupo) y los sindicatos
franceses suscribieron el 21 de noviembre de 2014 un Acuerdo global sobre salud y
seguridad en el lugar de trabajo. Se trata del segundo acuerdo de ámbito
mundial firmado dentro del grupo, después del Acuerdo sobre derechos
sociales fundamentales de 2006. En él se regula, entre otros, el papel
de los sindicatos en cuestiones relacionadas con la salud en el trabajo, la
creación en cada país de un “comité para la salud y la seguridad” formado por
representantes sindicales y/o de los trabajadores y el establecimiento de una
base común de garantías para la protección de la salud y la seguridad en el
lugar de trabajo así como una cobertura de gastos de salud y grandes riesgos
para los trabajadores y sus familias. Se establece además que en los contratos
con los proveedores del grupo se introducirán cláusulas específicas sobre
responsabilidad social con criterios de salud y seguridad que cumplan los
estándares mínimos del grupo. Para Franca Salis-Madinier, secretaria nacional de
CFDT Cadres y presidenta de UNI Europa ICTS, se trata de un “acuerdo histórico”
que contribuirá a “extender prácticas exitosas en empresas multinacionales”
(véase comunicado
de prensa del sindicato francés CFDT). “La buena salud de los
trabajadores es determinante para garantizar el rendimiento económico y social
de la empresa”, subraya el grupo en su comunicado.
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4. Estudios
e informes
- Los sindicatos en Suecia, Noruega y
Polonia: La fundación Friedrich-Ebert-Stiftung ha
publicado una serie de estudios sobre los sindicatos en Suecia (disponible en
inglés y alemán), en Noruega
(en inglés) y en
Polonia (en alemán).
- La tasa de desempleo permanece estable en
octubre: La tasa de desempleo de la UE en octubre 2014
alcanzó el 10,0%, situándose en el mismo nivel que el mes anterior. Comparado
con el 10,7% registrado en octubre de 2013, sin embargo, podemos hablar de un
descenso. La tasa de desempleo de la eurozona se situó en octubre 2014 en el
11,5%, el mismo valor registrado el mes anterior aunque sensiblemente inferior
al 11,9% de octubre 2013 (véase comunicado
de prensa de Eurostat).
- Informe conjunto sobre
empleo: En el marco del Estudio
Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2015, en el que la Comisión
Europea fija sus recomendaciones de política económica y social, se ha publicado
también el Informe Conjunto
sobre el Empleo. En este informe se analiza la situación del empleo en
Europa y se compara, a partir de una serie de ratios, la situación existente en
los distintos estados miembros.
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La palabra
de la quincena
Estudio
Prospectivo Anual sobre el Crecimiento
El Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento hace balance de la situación
económica y social de Europa y fija las prioridades políticas generales de la UE en
su conjunto para el año siguiente. Se trata de una etapa del “Semestre Europeo”, que
revisa anualmente el progreso de la Estrategia Europea (“Europa 2020”). La nueva
Comisión Europea, que inició su andadura el pasado 1 de noviembre, describe en el informe
de crecimiento 2015, los elementos fundamentales de su nuevo programa para
el crecimiento y el empleo. Más información al respecto en el Diccionario de Relaciones Laborales de
Eurofound (en inglés).
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