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IR Notes 234 – 10 de julio 2024
www.irshare.eu
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Lectura
Nueva gobernanza económica
No se puede decir que sea un libro para la
playa, pero la obra colectiva dirigida por el politólogo
Roland Erne, publicada el pasado junio (Politicising Commodification: European Governance
and Labor Politics from the Financial Crisis to the Covid
Emergency, Cambridge University
Press, disponible gratis en línea) resulta fascinante en su
disección de las políticas asociadas a la gobernanza económica de la
UE, que desde 2011 ha permitido “ejercer no solamente una estrecha
vigilancia sobre las cuentas públicas de los Estados miembros (como
explica la socióloga Dominique Méda en un artículo
de opinión publicado en Le Monde)
sino también establecer una serie de cambios políticos en ámbitos
que antes se habían excluido siempre de la intervención de la UE”.
Uno de los capítulos pone de relieve “cómo las relaciones laborales
se han convertido en un objetivo primordial de las recetas” de la
nueva gobernanza económica durante la última década y sin que el
movimiento sindical europeo haya conseguido movilizarse plenamente
contra una política difícil de entender tanto para los trabajadores
como para los ciudadanos.
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Agenda
16 de julio
Bruselas Consejo
de Empleo y Política Social
19 y 20 de
septiembre Burdeos
Conferencia internacional anual del CIECST-Comparative
occupational health studies: «Envejecimiento de la población activa:
cuestiones de salud en el lugar de trabajo, reincorporación o
permanencia en el trabajo y política de jubilación» (véase inscripción).
9 de octubre
Budapest
Reunión informal de ministros de Empleo y Política Social.
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Diccionario Europeo de las Relaciones Sociales
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Europeo de las Relaciones Sociales publicado por Eurofound y actualizado con
regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las definiciones de
los términos están disponibles en inglés y se pueden convertir
rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es
noticia
Los 27
Estados miembros adoptan el programa estratégico de la UE 2024-2029
El 27 de junio, el Consejo Europeo adoptó el
programa estratégico de la Unión para el período 2024-2029. Este programa se
ha estado preparando durante un año y establece las prioridades políticas de la UE
para el futuro. Se trata de un texto programático y suficientemente amplio como para
ser aceptado por todos y, además, fija como objetivos reforzar la competitividad y
convertirse en “el primer continente climáticamente neutro (…) sin dejar a nadie
atrás”. El programa pretende “mejorar el bienestar económico y social de la
ciudadanía”, en particular aumentando “su poder adquisitivo”, creando “buenos
puestos de trabajo” y garantizando “la calidad de los bienes y servicios en
Europa”. En el plano económico, los Veintisiete quieren hacer de Europa una
“potencia tecnológica e industrial” y reducir “nuestros desfases en crecimiento,
productividad e innovación respecto a los socios internacionales y los principales
competidores”. Para ello será necesario “una importante labor de inversión colectiva
que movilice financiación tanto pública como privada, también a través del Banco
Europeo de Inversiones”. Otro enfoque, que aparece mencionado ya en el informe “Much
more than a market” de Enrico Letta, consiste en profundizar en el “mercado
único, en particular en los ámbitos de la energía, las finanzas y las
telecomunicaciones”. Se trata de eliminar “las barreras restantes, en particular las
relacionadas con los servicios y con los bienes esenciales” y de crear “unos
mercados de capitales europeos verdaderamente integrados, que serán accesibles y
atractivos para toda la ciudadanía y las empresas y beneficiarán a todos los Estados
miembros”. Fiel a los objetivos del Tratado de la UE, el programa subraya que
“el crecimiento económico debe beneficiar a toda la ciudadanía” antes de defender
“la dimensión social de la Unión Europea”. Refiriéndose al Pilar Europeo de Derechos
Sociales (véase European Pillar of Social
Rights), el programa busca “reforzar el diálogo social, defender
la igualdad de oportunidades y reducir las desigualdades”. En cuanto al mercado
laboral, el programa sigue las orientaciones actuales: invertir en las competencias,
apostar por el aprendizaje permanente y fomentar la movilidad de los talentos. Y
ante la escasez de mano de obra, los Veintisiete apuestan por aumentar “la
participación en el mercado laboral y la promoción del empleo juvenil” y no tanto en
la inmigración, que se ve más desde el ángulo de la lucha contra la inmigración
ilegal y no como una solución al reto demográfico al que se enfrenta la Unión. Otra
constante es la voluntad de reducir “de manera sustancial la carga burocrática y
normativa a todos los niveles”, lo que siempre corre el riesgo de reducir la
protección que ofrece el Derecho laboral.
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1. Unión
Europea
Legislación
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Actualidad
social
Reconocimiento de las cualificaciones
profesionales : En un informe
publicado el pasado 1 de julio, el Tribunal de Cuentas Europeo señala las
deficiencias del sistema europeo de reconocimiento de cualificaciones profesionales,
establecido por una directiva de 2005. Los ciudadanos de la Unión Europea tienen
derecho a circular libremente por la UE con fines profesionales o para establecer su
empresa. Para tal fin, esta directiva, revisada en 2013, establece un sistema de
reconocimiento de cualificaciones para las “profesiones reguladas” (médicos,
enfermeros, etc.). Para el Tribunal de Cuentas, el sistema “es un mecanismo
esencial, aunque se utilice poco y de manera poco coherente”. La aplicación de la
directiva por parte de los Estados miembros “presenta deficiencias, que afectan
directamente a los ciudadanos”, quienes desean ejercer su movilidad (véase el comunicado).
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Conferencia Internacional de la OIT :
Delegados de gobiernos y representantes de los empresarios y los
trabajadores de los 187 Estados miembros de la OIT se reunieron en Ginebra del 3 al
14 de junio para debatir una amplia gama de temas, como la protección de los
trabajadores contra los riesgos biológicos en el lugar de trabajo, la economía
asistencial y los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Todos estos
principios constituyen el núcleo del informe,
presentado por el Director de la OIT, Gilbert F. Houngbo, a favor de un “nuevo
contrato social”. El informe señala que “si bien las iniciativas empresariales
voluntarias son encomiables, no pueden sustituir los mecanismos eficaces de control
del cumplimiento efectivo de la legislación nacional y del respeto de los principios
y derechos fundamentales en el trabajo”. La conferencia adoptó el informe
elaborado por la Comisión Normativa sobre los Peligros Biológicos, que debería
conducir, en la próxima conferencia de junio de 2025, a la primera norma
internacional que regule los peligros biológicos en el mundo del trabajo.
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Jurisprudencia
- Despido de una mujer embarazada :
El Tribunal de Justicia ha dictado sentencia en un asunto
alemán relativo a una auxiliar de cuidados contratada con un contrato de
duración determinada en agosto de 2022 y por un año de duración. La mujer fue
despedida el 6 de octubre con efectos a partir del 21 de octubre. Tras su
despido, el 10 de noviembre, la trabajadora comunicó a su antiguo empleador, con
un informe médico, que estaba embarazada de siete semanas en el momento de su
despido. Un mes más tarde, esta persona recurrió su despido ante el tribunal
competente. Según el Derecho alemán, para poder interponer dicho recurso, la
trabajadora embarazada, que no tuvo conocimiento de su embarazo hasta después de
la expiración del plazo concedido para interponer un recurso contra su despido
(que es de tres semanas) está obligada a presentar una solicitud de admisión del
recurso tardío en un plazo de dos semanas. Para el Tribunal de Justicia, estos
plazos “provocan inconvenientes tales que dificultan en exceso la aplicación de
los derechos que la Directiva 92/85 reconoce a las trabajadoras embarazadas” y
“no se ajustan a las exigencias” del principio de tutela judicial efectiva de
los derechos conferidos a los particulares por la Directiva (TJUE,
27 de junio de 2024, asunto C-284/23, Haus Jacobus, comunicado
y Pregnancy and maternity).
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Diálogo
social interprofesional
Teletrabajo y derecho a la desconexión: :
Tras el fracaso de sus negociaciones para alcanzar un acuerdo
marco europeo sobre el teletrabajo y el derecho a la desconexión (véase IR Notes 219, Telework et Right to disconnect), los
agentes sociales europeos han respondido a la primera fase de consulta lanzada el
pasado 30 de abril por la Comisión Europea con vistas a una iniciativa en este
ámbito (véase IR Notes
229). En un documento
aprobado el pasado 25 de junio, la Confederación Europea de Sindicatos reitera su
deseo de que la Comisión presente una propuesta de directiva, además de otra con la
que regular la gestión por algoritmos. La Confederación solicita que el teletrabajo
siga siendo voluntario, con el derecho de los trabajadores a acudir a trabajar a las
instalaciones de la empresa, y que se introduzca un derecho a la desconexión para
proteger la salud y la seguridad de los trabajadores (teletrabajadores o no),
combinado con un control de las cargas de trabajo. La CES insiste en promover la
negociación colectiva para alcanzar los objetivos de la futura directiva. Este punto
también lo destaca la organización CEC European Managers en su respuesta. La confederación
que representa al personal profesional y directivo recomienda “no reglamentar en
exceso el teletrabajo y el derecho a la desconexión” para no “ahogar la flexibilidad
y la innovación”. En consecuencia, la directiva debería centrarse “en definir normas
mínimas y proporcionar orientaciones, permitiendo al mismo tiempo a los Estados
miembros y a los agentes sociales adaptar estos marcos a los contextos locales”. Se
trata de una demanda apremiante de las organizaciones sindicales nórdicas. CEC
European Managers también “reclama un marco jurídico europeo para el teletrabajo
transfronterizo y los nómadas digitales. Este marco debería normalizar las normas de
salud y seguridad para los teletrabajadores y proporcionar directrices claras sobre
las obligaciones fiscales y la legislación laboral para teletrabajadores y empresas”
(véase el comunicado).
Por su parte, la organización patronal BusinessEurope ha entregado su respuesta “sobre la consulta
relativa al derecho a la desconexión”, omitiendo la referencia al
“teletrabajo” en el título de su respuesta. La organización considera que la
Comisión “debería abstenerse de legislar a nivel de la Unión Europea en un ámbito ya
cubierto por un acuerdo marco autónomo”, a pesar de que BusinessEurope no ha podido
negociar con éxito un acuerdo europeo. Esto “debilitaría el papel de los acuerdos
marco autónomos”, cuyo papel “debe aumentar en el futuro”. Si se adoptara una
iniciativa, tendría que garantizar el cumplimiento de las normas existentes sobre
períodos de descanso y no añadir normas sobre el derecho a la desconexión. También
debería “evitar fijar todos los detalles y dejar a los Estados miembros un gran
margen de maniobra, así como la posibilidad de celebrar acuerdos individuales o
colectivos” o recurrir a otras formas de diálogo social. Por último, al igual que
CEC European Managers, BusinessEurope considera que “el teletrabajo en el extranjero
debe ser posible sin grandes obstáculos burocráticos y sin desventajas económicas
para empleados y empleadores”.
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2. Estados
miembros
Austria
Teletrabajo : El Parlamento
austríaco ha aprobado nuevas
normas relativas al teletrabajo, distinguiendo entre “teletrabajo en sentido
estricto” y “teletrabajo en sentido amplio”. En el primer caso, el objetivo es
prever expresamente la cobertura social del seguro de accidentes laborales para los
accidentes ocurridos en el trayecto entre el domicilio y el lugar de teletrabajo
acordado con la empresa (el piso de un familiar, un espacio de coworking) y siempre
que el trayecto tenga una duración aproximada a la del trayecto normal al trabajo.
En el segundo caso, si el empleado trabaja en un lugar diferente, como un parque,
una cafetería o un hotel, quedará asegurado contra los accidentes durante el
trabajo, pero no en el trayecto al trabajo. La ley también estipula que el
teletrabajo y los lugares donde puede realizarse deben acordarse por escrito en un
convenio de teletrabajo. Las estipulaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2025
(véase el comunicado).
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Francia
Burn-out : En un dictamen
emitido el pasado 28 de mayo, el Conseil d’État (Tribunal Supremo de lo
Contencioso-Administrativo) puso fin a un litigio relativo a la impugnación por
parte de las empresas de las interrupciones del trabajo prescritas por los médicos a
los trabajadores por causa del burn-out. Muchas empresas impugnaban las
interrupciones del trabajo alegando que la decisión del médico se había tomado sin
tener acceso a un análisis de las condiciones de trabajo del trabajador, en
particular por parte del médico del trabajo, y basándose únicamente en las
declaraciones del trabajador según las cuales su estrés y su ansiedad eran causados
por su trabajo. El Tribunal dictaminó que el mero hecho de que el médico hubiera
declarado que había observado la existencia de un síndrome de burnout sin
disponer de un análisis de las condiciones de trabajo del trabajador por parte del
médico de la empresa no podía interpretarse como un certificado sesgado o
complaciente.
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3.
Empresas
Comités de
empresa europeos
Brexit : El pasado 4 de julio,
el Tribunal Laboral (Employment Tribunal – EAT) de Londres emitió una sentencia apelando dos
decisiones dictadas por el tribunal encargado de los litigios relativos a los
comités de empresa europeos (el Comité Central de Arbitraje – CAC) en un asunto
relativo al impacto del Brexit en el comité de empresa europeo de HSBC (véase IR Notes 168 y Brexit and labour standards).
El EAT de Londres confirmó la posición del CAC: el nombramiento del representante en
Irlanda como representante de la dirección central implicaba automáticamente un
cambio en la legislación aplicable sin necesidad de negociar otros cambios en el
acuerdo. En efecto, el acuerdo establecía que “a efectos de la Directiva sobre los
comités de empresa europeos, la dirección central de HSBC está situada en el Reino
Unido, lo que significa que este
acuerdo está sujeto al TICER (legislación británica). “Las palabras resaltadas dejan
claro que la intención de las partes era que la ubicación de la dirección central, a
efectos de la Directiva, determinaría la ley de aplicación aplicable”.
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Salud y seguridad : El pasado 3
de abril, la dirección del grupo Veolia
y su comité de grupo europeo (CGE) adoptaron una serie de “resoluciones conjuntas para el
desarrollo y la aceleración de la aplicación de políticas y cultura de
seguridad, salud y bienestar en el trabajo”. Estas resoluciones son el fruto
de un grupo de trabajo del comité compuesto por representantes de ocho países. El
documento incluye diez orientaciones fundamentales sobre salud y seguridad en el
trabajo, así como diez prioridades de actuación para reforzar los resultados en
materia de seguridad, salud y bienestar en el trabajo, como “la definición de planes
de acción específicos para cada país en materia de riesgos psicosociales”. En
concreto, cada espacio de diálogo social establecido a nivel de país (EDSP) debe
convertirse en “un relevo y un soporte para el progreso de la cultura y el
rendimiento en materia de salud, seguridad y bienestar en el trabajo”. Se pedirá a
los países DRH con miembros EDSP que definan y apliquen un mínimo de tres de estas
diez acciones prioritarias. Las acciones serán supervisadas por un comité de
seguimiento de “salud y seguridad” a nivel del comité de grupo europeo.
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Digitalización en el sector financiero :
La federación sindical italiana del sector financiero FISAC-CGIL
ha presentado los resultados del proyecto europeo LUCK, financiado
por la Comisión Europea con el apoyo de UNI Europa Finance y la Federación Bancaria
Europea (FBE). Apoyado por varios comités de empresa europeos (BNP Paribas, Crédit Agricole, Generali y UniCredit) “el proyecto ha
producido herramientas concretas que pueden ser utilizadas, en particular, por los
comités de empresa europeos”, informa Alessandra Cialdani, Responsable Internacional
de FISAC-CGIL, “como un sitio web que enumera buenas prácticas útiles para quienes
deseen negociar sobre cuestiones relacionadas con la digitalización” y directrices
sobre la digitalización en los sectores finacieros.
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Sociedad
europea
Creación de una mesa : Con
ocasión de la renovación del mandato del comité de empresa europeo, la dirección y
el comité de empresa europeo de TotalEnergies
SE (55.123 trabajadores en la UE) suscribieron el pasado 28
de mayo una enmienda al
acuerdo constitutivo del comité y referida en particular a la creación de una mesa.
La enmienda prevé la creación de una mesa que estará compuesta por el secretario, el
vicesecretario y los cuatro ponentes de los comités creados por el acuerdo. El
secretario, que tiene derecho a viajar cuatro veces al año, podrá compartir uno o
varios viajes con los miembros del comité ejecutivo. La labor de la mesa viene a
añadirse a las labores del comité restringido (comité operativo europeo), compuesto
por representantes de la dirección, el secretario del comité y 16 miembros del
comité de empresa europeo, incluidos el vicesecretario y los cuatro ponentes. La
mesa velará también por el correcto nombramiento de los miembros en caso de
sustitución durante su mandato.
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