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IR Notes 253 – 28 de mayo 2025
www.irshare.eu
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Preguntamos a…
Camilla Kring, directora de la consultora Super Navigator
En su último libro (*), usted
repasa sus experiencias asesorando a organizaciones para adoptar
una cultura de trabajo flexible que va más allá de la simple
alternancia entre el teletrabajo y el trabajo en la oficina.
¿Cómo se puede introducir una cultura así en la
empresa? La
cultura del horario flexible, que llevo promoviendo desde hace 20
años, cuando fundé mi empresa, Super Navigator, tiene como objetivo
tener en cuenta tanto la obsolescencia de la organización del tiempo
de trabajo dominante en la era industrial como la diversidad de las
estructuras familiares y los ritmos circadianos de cada persona. Por
ejemplo, el 80 % de las personas de nuestras sociedades son
«madrugadores» y «no nocturnos» y se despiertan con el sonido del
despertador, lo que tiene efectos negativos para la salud (diabetes,
enfermedades coronarias, salud mental). Dado que la creación de
valor por parte de las empresas es esencialmente inmaterial, debemos
crear nuevos ritmos de trabajo en torno a las personas. Si las
personas pueden adquirir más autonomía y libertad combinando su
trabajo con su constelación familiar y su reloj circadiano,
sincronizando estos ritmos en su vida cotidiana, entonces se puede
mejorar la productividad de la empresa, así como el bienestar y la
salud de los trabajadores. Nuestras organizaciones laborales ofrecen un
modelo único para todos, algo que era posible en la sociedad
industrial porque había muchas similitudes entre las estructuras
familiares y las formas de trabajo. Pero el trabajo intelectual no
puede encajar en un modelo en el que hay que empezar a las 9 de la
mañana y terminar a las 5 de la tarde, porque las personas son
productivas en diferentes momentos del día y tienen diferentes
responsabilidades familiares. Por este motivo no tiene sentido
cortar el envío de correos electrónicos a las 18:00 para proteger a
los empleados. Si han nacido con un ciclo circadiano nocturno, ese
ritmo no es adecuado. Hay que permitir empezar más tarde, al igual
que en el sistema escolar, especialmente en el caso de los
adolescentes. Debemos construir otras arquitecturas del tiempo de
trabajo, y eso solo puede hacerse mediante el debate colectivo
dentro de las organizaciones a través de los representantes del
personal o la negociación colectiva, para estar lo más cerca posible
del terreno y lograr un equilibrio beneficioso para todos. Para los
empleadores, esto les permite ofrecer un entorno de trabajo
atractivo, mientras que la ganancia en autonomía (con el «control
sobre su vida») tiene un impacto claro en el bienestar de los
trabajadores. Una de las claves es que la dirección confíe en que
los trabajadores realizarán su trabajo para apoyar el desarrollo de
esta cultura de trabajo flexible.
(*)
Camilla Kring,
Chronoleadership, LID, 2025, 160 p. @12,99
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Diccionario Europeo de las Relaciones Sociales
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Europeo de las Relaciones Sociales publicado por Eurofound y actualizado con
regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las definiciones de
los términos están disponibles en inglés y se pueden convertir
rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es
noticia
Fumata
blanca tras el último cónclave sobre la revisión de la Directiva europea
Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo llegaron el pasado 21 de mayo a
un acuerdo provisional sobre la propuesta de Directiva destinada a revisar la
legislación sobre los CE europeos. Aunque el texto actualizado aún no está
disponible, los comunicados de prensa de ambas instituciones precisan que su
objetivo es definir mejor qué se entiende por cuestiones transnacionales, con el fin
de garantizar que las decisiones que tengan consecuencias importantes para los
trabajadores de varios Estados miembros de la UE vayan acompañadas de una
información y consulta previas al CE europeo, « sin que ello se extienda a las
decisiones cotidianas o a las cuestiones que solo afectan a los trabajadores de
manera insignificante» (véanse los comunicados del Consejo
y del Parlamento).
La redacción definitiva de la definición permitirá juzgar si aporta claridad o
introduce nuevas ambigüedades. La Directiva prevé la inclusión de un objetivo
destinado a promover la igualdad entre mujeres y hombres en los comités de empresa
europeos, asignando al menos el 40 % de los puestos a miembros de uno u otro género.
Una adición esencial al texto revisado aborda una cuestión delicada: la capacidad de
los comités de empresa europeos para hacer valer sus derechos por vía judicial,
«principalmente garantizando la cobertura de los gastos relacionados con la
representación y la participación jurídicas». Dicho de otro modo, esto significa que
los empleadores correrán con los gastos judiciales si un comité de empresa europeo
decide iniciar acciones legales. Además, los Estados miembros, en particular
Irlanda, deberán adaptar su legislación nacional para garantizar que los CE europeos
puedan ejercer efectivamente este derecho. Por otra parte, las empresas estarán
obligadas a facilitar el acceso a la información pertinente y deberán justificar
cualquier negativa a divulgarla, en particular cuando invoquen la
confidencialidad. Para garantizar la aplicación efectiva de los derechos de los
comités de empresa europeos, el Consejo ha subrayado que las sanciones financieras
«deberían ser suficientemente disuasorias, teniendo en cuenta factores como la
gravedad, la duración, las consecuencias y el carácter intencionado o negligente de
la infracción». El Parlamento, que deseaba equiparar el nivel de las sanciones al
del RGPD (multas de hasta el 4 % del volumen de negocios mundial), ha tenido que
revisar su posición. No obstante, ha logrado avances en otros ámbitos, como el
aumento de la frecuencia de las reuniones del CE europeo de una a dos al año,
estipulando claramente que estas reuniones deben tener lugar « en persona». Los
diputados también han reforzado el papel de los representantes de los trabajadores
«garantizando que los expertos que asisten a los CE europeos, incluidos los
representantes sindicales, puedan asistir a las reuniones de la dirección con
carácter consultivo». Tras su examen por los juristas lingüistas, el acuerdo
provisional se someterá a la aprobación formal del Consejo, posiblemente en el
Consejo de Empleo y Asuntos Sociales del 19 de junio, y del Parlamento, en la sesión
plenaria que comienza el 16 de junio.
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1. Unión
Europea
Proyectos
Reforzar el mercado único : la
Comisión Europea presentó el pasado 21 de mayo un comunicado
sobre una estrategia para el mercado único que contempla «crear mercado
interior europeo más sencillo, fluido y fuerte», luchando contra los «diez terribles
obstáculos al mercado único» que ha identificado (véase el comunicado
de prensa y European single market). Este
documento, inspirado en las recomendaciones de los informes Draghi
y Letta,
abarca numerosos temas, algunos de ellos de ámbito social. El comunicado retoma la
idea de establecer un 28.º régimen adaptado a las empresas que operan en todo el
mercado único, con simplificaciones jurídicas en materia de «derecho de insolvencia,
derecho laboral y derecho fiscal». La Comisión sugiere algunas medidas que deben
aplicarse antes del cuarto trimestre de 2026 para facilitar el reconocimiento de las
cualificaciones profesionales (procedimientos más rápidos, reconocimiento
automático, etc.). La Comisión tiene la intención de simplificar los procedimientos
de desplazamiento (véase más abajo), incluida la expedición de certificados A1 que
acrediten que los trabajadores desplazados han cotizado al sistema de seguridad
social de su país de origen. Como se ha indicado anteriormente, quiere limitar la
información que las grandes empresas pueden solicitar a las pymes de su cadena de
valor para sus informes sobre desarrollo sostenible y anuncia una recomendación
sobre la norma voluntaria para las pymes elaborada por el Grupo Consultivo para la
Información Financiera en Europa (EFRAG), que se publicará antes del verano de 2025.
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Declaración electrónica de los trabajadores
desplazados : el Consejo adoptó el pasado 22 de mayo su
postura sobre la propuesta
de Reglamento destinado a facilitar la declaración electrónica de los
trabajadores desplazados. Este texto tiene por objeto reducir «la carga
administrativa que pesa sobre las empresas mediante la digitalización completa de la
transmisión de las declaraciones de desplazamiento y la que pesa sobre las
autoridades nacionales facilitando el control del cumplimiento de la Directiva
relativa al desplazamiento de trabajadores». (véase el comunicado
de prensa). Las negociaciones con el Parlamento comenzarán tan pronto como
este haya adoptado su posición. Cabe recordar que este texto es impugnado por la
Confederación Europea de Sindicatos (véase la posición)
y por los interlocutores sociales europeos del sector de la construcción, que
denuncian la supresión de la declaración previa de desplazamiento (véase la posición
común).
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Simplificación y reducción de las cargas de las
pymes : la Comisión Europea presentó el 21 de mayo su
paquete «Omnibus IV», que debería reducir los costes administrativos anuales de las
empresas en 400 millones de euros (véase el comunicado
de prensa). Una de las medidas más destacadas es la creación de una nueva
categoría de empresas, las pequeñas empresas de capitalización media (PME), es
decir, las empresas con menos de 750 empleados y hasta 150 millones de euros de
volumen de negocios (véanse los diferentes
textos pertinentes). Se calcula que hay 38 000 empresas de este tipo. Las
empresas de esta categoría intermedia – entre las pymes (menos de 250 empleados) y
las grandes empresas (ahora aquellas con al menos 750 empleados) – tendrán acceso a
algunas ventajas existentes para las pymes, como exenciones específicas en virtud
del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, el paquete retrasa dos
años, hasta 2027, el plazo para la aplicación del deber de diligencia debida a las
empresas del sector de las baterías (véase la propuesta
de reglamento).
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Actualidad
social
Revisión de la Directiva CE europea (reacciones)
: el mundo sindical se felicita por el acuerdo provisional
alcanzado en el diálogo tripartito del pasado 21 de mayo (véase En portada). «En un
momento en que se multiplicarían las reestructuraciones y miles de puestos de
trabajo se verían amenazados en toda Europa, esto debería proporcionar herramientas
adicionales a nuestros comités de empresa europeos y permitirles ejercer eficazmente
sus derechos de información y consulta», destaca Isabelle Barthès, secretaria
general adjunta de la federación sindical europea IndustriAll Europe, (véase el comunicado de
prensa). Sin embargo, IndustriAll Europe y la Confederación Europea de
Sindicatos (CES) insisten en que «no se podrá realizar una evaluación definitiva
hasta que se disponga del texto completo» (véase comunicado
de prensa). La CES recuerda tres de sus principales exigencias: sanciones
más eficaces, la posibilidad de que los tribunales suspendan una decisión del
empleador y la garantía de que los CE europeos dispongan de la capacidad jurídica y
los recursos necesarios para emprender acciones legales. Estas posiciones son
compartidas por IndustriAll Europa, que considera además que «deberían haberse
logrado avances importantes en aspectos esenciales como la definición de las
cuestiones transnacionales» y «los límites al uso de la confidencialidad». Estos
comunicados, al igual que los del Parlamento y el Consejo, no mencionan la apertura
de un período de renegociación de los acuerdos de los CE europeos para adaptarlos a
la futura directiva. Las organizaciones patronales europeas no han reaccionado al
acuerdo provisional.
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Autoridad Europea del Trabajo :
la Comisión europea presentó el 26 de mayo su informe
de evaluación de la Autoridad Europea del Trabajo (ELA) con el fin de
extraer las lecciones aprendidas durante el primer mandato de este organismo creado
en 2020 (véase European Labour Authority) sin
ninguna de las atribuciones que normalmente corresponden a una «autoridad», ya que
no puede emprender prácticamente ninguna acción seria sin el acuerdo de los Estados
miembros (véase IR
Notes 128). La Comisión sugiere una revisión de su reglamento fundacional
para poder tratar mejor los datos personales, reforzar su capacidad «para solicitar
la cooperación de los Estados miembros en inspecciones concertadas y conjuntas» o
«tratar mejor la situación de los nacionales de terceros países» (véase el comunicado
de prensa). Para Isabelle Schömann, secretaria general adjunta de la
Confederación Europea de sindicatos, el informe demuestra que la ELA «necesita
claramente más poderes y recursos para luchar contra la explotación masiva de que
son víctimas los trabajadores transfronterizos» (véase el comunicado
de prensa).
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Jurisprudencia
Discriminación directa : un
exempleado español impugna, en el momento de la liquidación de su jubilación, el
importe asignado por no tener en cuenta el complemento de pensión destinado a
reducir la diferencia entre hombres y mujeres previsto en la legislación social.
Este complemento tiene como fin reducir la diferencia existente entre hombres y
mujeres en materia de seguridad social, compensando el perjuicio económico que
sufren las madres en su carrera profesional debido a su papel preponderante en la
educación de sus hijos, perjuicio que se traduce, en particular, en el pago de
cotizaciones más bajas al sistema de seguridad social y, por lo tanto, en la
concesión de prestaciones de seguridad social reducidas. El jubilado, padre de dos
hijos, considera que esta legislación implica un trato menos favorable a los hombres
que a las mujeres, en la medida en que las mujeres que perciben una pensión de
jubilación, y además han tenido uno o varios hijos, tienen automáticamente derecho
al complemento de pensión, mientras que los hombres que se encuentran en una
situación comparable deben cumplir condiciones adicionales relacionadas, en
particular, con una interrupción efectiva de su carrera profesional y de sus
cotizaciones al sistema de seguridad social. En una sentencia
del 15 de mayo, el Tribunal de Justicia confirmó la existencia de una discriminación
directa por razón de sexo y que esta no estaba justificada, en particular porque
dicho complemento de pensión no «tiene por objeto compensar las desventajas a las
que se verían expuestas las mujeres al ayudarles en esta carrera y, por lo tanto,
garantizar de manera concreta la plena igualdad entre hombres y mujeres en la vida
profesional. »
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2. Estados
miembros
España
Flexibilización de la política migratoria :
el decreto real del
155/2024 el 19 de noviembre de 2024 entró en vigor el pasado 20 de mayo con
el fin de flexibilizar la política migratoria (véase el comunicado
de prensa). Entre los cambios realizados, cabe destacar la ampliación de la
duración del visado de búsqueda de empleo de 3 a 12 meses y la introducción de
nuevos criterios de integración (arraigo) que permiten regularizar a las personas en
situación irregular, teniendo en cuenta, en particular, su integración social, su
trayectoria socioprofesional o de formación profesional y su arraigo familiar.
Además, la duración mínima de la estancia para solicitar el arraigo se ha reducido
de tres a dos años en varios casos. Estas medidas tienen por objeto facilitar la
integración social y profesional de los extranjeros con vínculos con España.
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Finlandia
Reforma del mercado laboral : el
Ministerio de Empleo ha creado tres grupos tripartitos para preparar tres medidas
del Gobierno (véase el comunicado
de prensa). Desea reducir el umbral requerido para establecer una
representación de los trabajadores en la empresa de 150 a 100 empleados. Además, a
partir de ahora serán los empleadores, y no solo los trabajadores, quienes podrán
decidir cuándo se disfrutan las vacaciones acumuladas en una cuenta de ahorro de
tiempo. El Gobierno desea aclarar además la ley sobre la protección de los datos
profesionales y reducir las cargas administrativas.
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Países
Bajos
Más seguridad para los trabajadores intermedios
: un proyecto de ley pretende garantizar la seguridad de los
empleos flexibles (véase el comunicado
de prensa). Los trabajadores temporales deberían disfrutar de las mismas
condiciones laborales que los trabajadores con contrato indefinido. Esto permitiría
reducir los riesgos de explotación. El texto limita el recurso al contrato de
trabajo temporal a tres contratos en un periodo de 36 meses. La ley también pretende
sustituir los contratos de cero horas por contratos que incluyan un número mínimo y
máximo de horas, con una diferencia entre ambos que no supere el 130 %. La única
excepción se refiere a los empleos secundarios de los jóvenes, como los estudiantes.
Si las dos cámaras aprueban la ley, entrará en vigor en enero de 2027. El sindicato
VCP, así como las organizaciones patronales VNO-NCW y MKB-Nederland, declaran que se
trata de un paso importante del nuevo paquete de medidas para mejorar el mercado
laboral (véanse los comunicados de VCP
y VNO-NCW).
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3.
Empresas
Comités de
empresas europeos
Creación : tras la adquisición,
en 2022, de determinadas actividades de las editoriales Thomson Reuters en España y
Wolters Kluwer en España, Francia y Portugal, la editorial sueca Karnov ha negociado la creación
de un CE europeo que abarca a sus 1 200 empleados en la UE. El acuerdo,
firmado el pasado 12 de marzo, es bastante breve y recoge las principales
disposiciones de la Directiva. En aras de organizar intercambios lo más abiertos
posible, establece límites a la circulación de la información. La norma es que todo
es confidencial, salvo que la dirección haya indicado explícitamente por escrito que
las obligaciones de confidencialidad no se aplican a una información o documento
específico. Cabe señalar que el CE europeo se reúne cada trimestre por
videoconferencia, sin la dirección (pero el comité puede invitarla si fuera
necesario) y una vez al año en sesión plenaria, de forma presencial. La comunicación
y los intercambios se realizan exclusivamente en inglés.
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Acuerdos
transnacionales
Reconocimiento sindical : la
dirección del grupo cooperativo danés Arla
Foods (19500 empleados) y la federación sindical UITA
firmaron el pasado 14 de mayo un protocolo
de acuerdo que da seguimiento a un primer acuerdo
transnacional sobre la prevención del acoso sexual. Con este nuevo texto,
ambas partes «reafirman su compromiso de continuar las reuniones entre los
responsables de relaciones sociales de Arla Foods y los representantes de la UITA y
sus afiliados, con el fin de mantener un diálogo continuo y constructivo». Se
reunirán dos veces al año. Arla Foods reconoce que la colaboración con la UITA le
ayudará a cumplir sus obligaciones en materia de respeto de los derechos humanos y
su deber de diligencia, de conformidad con la directiva europea. Otros temas de
debate podrán ser la mitigación del cambio climático, el empleo sostenible, la
seguridad y la salud en el trabajo, el trabajo forzoso, el acoso sexual y la
igualdad de género.
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