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IR Notes 81 – 13 de septiembre 2017
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El equipo: este número ha sido preparado por Frédéric Turlan. Conozca a todo el equipo de IR Share en nuestra página web.
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Entrevista Hermann Soggeberg, Secretario del comité de empresa europeo de Unilever
El grupo Unilever anunció una reorganización destinada a aumentar sus márgenes. En verano publicaron ustedes un comunicado llamando a los trabajadores europeos a la solidaridad. ¿Qué puede hacer un comité de empresa europeo como el suyo? Por regla general y si nos centramos en la legislación europea, el comité de empresa europeo reacciona a los eventos que anuncia la dirección. El comité tiene derecho a ser informado y consultado y emite su opinión desarrollando sus labores en paralelo a los procesos nacionales de información, de consulta o de negociación. Pero nosotros hemos querido ir más allá y ser más proactivos. Así que cuando nos consultaron sobre el “Plan Unilever para un modo de vida sostenible” cuyo propósito de cara a Unilever es conseguir el objetivo de crecimiento de la compañía al tiempo que se reduce la huella medioambiental y se aumenta el impacto social positivo, los miembros del comité identificaron una serie de deficiencias en esta estrategia y mostraron su deseo de ir más allá. Así que adoptamos nuestra propia agenda (Agenda de Barcelona) en el año 2010. En ella definimos los temas a debatir con la dirección para garantizar que los puestos de trabajo fueran duraderos. De esta manera volvimos a actualizar nuestro acuerdo sobre la base de unos niveles mínimos en caso de reestructuración y con vistas de adoptar textos sobre la igualdad de hombres y mujeres, sobre la salud y la seguridad en el trabajo y trabajamos también sobre la cuestión de la formación profesional con la que garantizar la continuidad de los empleos gracias al ascenso de las cualificaciones. Pero todo este trabajo pasó a un segundo plano a partir de febrero de 2017, momento en el que Unilever sufrió una OPA amistosa del grupo agroalimentario americano Kraft Heinz.
¿Quiere usted decir que la dirección de Unilever ya no respeta estos textos? No es el caso, pero la dirección que hasta ese momento se preocupaba de cuestiones como el desarrollo sostenible tomó decisiones de reorganización de la misma naturaleza que las que podría tomar un fondo de inversión cualquiera: reducciones drásticas de los costes, voluntad de aumentar el margen actual del 15-16% al 20% de aquí al año 2020… Hemos ido conociendo todos estos objetivos con gran inquietud puesto que van de la mano de una revisión a fondo de todas las instalaciones para adaptarlas y prepararlas para una capacidad máxima de la producción, lo que nos lleva a temer futuros cierres de algunas fábricas. La venta de la división histórica de la “margarina” ha levantado también muchas ampollas y también nos da la impresión de que contradice la voluntad de generar economías de escala.
¿De qué medios de acción dispone el comité de empresa europeo? Junto con los comités de empresa de las sedes afectadas por la reorganización de la zona Alemania, Austria y Suiza (DACH) organizamos en Hamburgo una gran manifestación de los trabajadores y organizamos también al mismo tiempo reuniones en todas las sedes haciendo un llamamiento a la solidaridad del resto de los trabajadores europeos. Esto es un ejemplo del papel que puede desempeñar el comité de empresa europeo para dar visibilidad a las reivindicaciones de los trabajadores que no entienden que la estrategia del grupo se haga en contra de ellos. El comité además trabaja en estrecha colaboración con las instancias nacionales de representación del personal de los Estados miembros que disponen de una sólida legislación sobre el derecho a la información y a la consulta con vistas a conseguir garantías trasladables a los países en los que los medios de acción son más limitados. Por último, el comité asume su función como órgano de información y de consulta sobre la reorganización actualmente en curso y garantiza la circulación de la información entre los países solicitando la presentación de una comparativa sobre la situación en sus países respectivos a todos los miembros del comité en cada una de las dos reuniones anuales.
¿Tiene alguna utilidad en este contexto el acuerdo europeo que fija una serie de niveles mínimos en caso de reestructuración? Claro que sí. Se trata de un texto esencial que incluye una serie de compromisos que la dirección debe asumir cuando negocie, por ejemplo, la venta de una fábrica. Gracias a este acuerdo hemos obtenido una garantía para el mantenimiento de los puestos de trabajo, de las instalaciones de producción e incluso de los derechos de pensión durante tres años tras una adquisición y para los trabajadores transferidos frente a la obligación del mantenimiento de los contratos de trabajo de un año según la mayor parte de las legislaciones nacionales.
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Es noticia
Límites al control de la correspondencia privada de los trabajadores
El pasado 5 de septiembre, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos pronunció una decisión (TEDH, 5 de septiembre de 2017, asunto n° 61496/08, Bărbulescu contra Rumanía), importante en el plano práctico, sobre el derecho de los empleadores a controlar las conversaciones de mensajería electrónica de sus trabajadores. El asunto se refiere a un ingeniero rumano que utilizó una cuenta Yahoo Messenger instalada en su puesto de trabajo a petición de su empresa para facilitar la comunicación con un cliente. Se le reprocha haber utilizado esta mensajería instantánea también con fines personales para mantener conversaciones de carácter privado con personas de su entorno. El trabajador, cuyas conversaciones han sido vigiladas y transcritas por el empleador, estima que este último ha incumplido el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativo al derecho al respeto de la vida privada y de la correspondencia. En una decisión pronunciada en enero de 2016 (TEDH, 12 de enero de 2016, asunto n° 61496/08, Bărbulescu contra Rumanía, véase IR Notes n° 45, En portada), el Tribunal no considera abusivo que un empleador desee comprobar que sus empleados llevan a cabo sus actividades profesionales durante su horario laboral y estima que la empresa ha accedido a la cuenta del trabajador pensando que contenía comunicaciones con sus clientes. No obstante, un juez manifestó una opinión divergente, contraria a la decisión del Tribunal, señalando la ausencia de una verdadera política interna en la empresa relativa a la posibilidad de vigilar las conversaciones y el uso de las herramientas informáticas facilitadas por la empresa. IR Notes señaló en el momento de esta primera decisión que la posición adoptada por el Tribunal no debía exonerar a los empleadores de la responsabilidad de definir claramente los derechos y deberes de los trabajadores en materia de uso de las herramientas de comunicación de la empresa para fines privados. El joven ingeniero recurrió en apelación al Tribunal, que retomó su análisis. Mientras que en su primera decisión no encontró nada que añadir a las jurisdicciones nacionales que había validado el despido del trabajador, el Tribunal estimó esta vez que deberían: 1. Haber verificado que el ingeniero había sido avisado previamente por su empleador de la posibilidad de que la mensajería fuera controlada; 2. Haber tenido en cuenta el hecho de que no había sido informado ni de la naturaleza ni del alcance de la vigilancia de la que había sido objeto, así como del grado de intrusión en su vida privada y su correspondencia; 3. Haber señalado qué motivos concretos habían justificado la aplicación de las medidas de vigilancia, exigiendo de este modo una justificación de la vigilancia; 4. Haber analizado si el empleador habría podido hacer uso de unas medidas menos intrusivas para la vida privada y la correspondencia del demandante. El Tribunal exige el respeto de un principio de proporcionalidad. Esta decisión, acogida con satisfacción por la Confederación Europea de Sindicatos, que participó en la audiencia (véase el comunicado), obliga a los 47 Estados miembros del Consejo de Europa (incluidos los Estados miembros de la UE) a proteger mejor la vida digital de los trabajadores.
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1. Unión Europea
Proyecto
Propuesta de directiva para mejorar la protección de los marinos: la Comisión Europea presentó el pasado 27 de julio una propuesta de Directiva con el fin de transponer el acuerdo celebrado el 5 de diciembre de 2016 por los interlocutores sociales europeos del sector del transporte marítimo (la organización patronal ESCA y la federación sindical europea ETF). Este acuerdo tiene por objeto modificar la directiva 2009/13 con el fin de tener en cuenta las enmiendas introducidas en junio de 2014 por la OIT al Convenio sobre el trabajo marítimo (el CTM) de 2006 (véase el comunicado de la Comisión). Las disposiciones de dicho Convenio se han integrado en la legislación de la UE mediante la Directiva 2009/13 sobre la base de un acuerdo previo de los interlocutores sociales europeos del 19 de mayo de 2008. Gracias a la propuesta presentada por la Comisión la gente de mar estará mejor protegida en el futuro frente al abandono en puertos extranjeros y se reforzará su derecho a una indemnización en caso de muerte o discapacidad prolongada como resultado de un accidente de trabajo, una enfermedad o un riesgo profesionales. La aprobación de la propuesta fue acogida favorablemente por los interlocutores sociales europeos, que se congratulan en un comunicado (véanse los sitios de la ETF y la ESCA) de haber alcanzado un tercer acuerdo que será vinculante tras la aprobación de una directiva por parte del Consejo.
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Actualidad social
- Hacia un marco social en la aviación civil: según la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (FST) y la Asociación ECA en representación de los pilotos, las comisarias europeas Marianne Thyssen (Empleo) y Violeta Bulc (Transportes) se comprometieron durante una reunión con estas dos organizaciones que se celebró el 20 de julio en Bruselas a presentar un “paquete social” para el sector de la aviación civil en 2018 (véase el comunicado ETF).
- Conferencia para reforzar las cooperaciones sindicales: el sindicato alemán metalúrgico IG Metall, las federaciones sindicales industriAll Europe y UNI Europa, así como la Fundación Friedrich Ebert y el Instituto Sindical Europeo (ETUI) organizaron por primera vez una conferencia, los días 6 y 7 de septiembre en Berlín sobre el tema del refuerzo de las cooperación sindical transnacional (véase el comunicado IndustriAll Europe).
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Jurisprudencia
Un permiso parental suspende un periodo de prácticas cuya finalidad era demostrar las capacidades de un trabajador: el Tribunal de Justicia de la UE se ha pronunciado sobre un litigio (CJUE, 7 de septiembre de 2017, asunto C-174/16, H. c/ Land de Berlín) entre una funcionaria del Land de Berlín en relación con una resolución de esta entidad, tomada durante su permiso parental, en la que se le informaba de que “al no haber superado con éxito, debido a su ausencia por razón de dicho permiso, el período de prácticas de dos años en el puesto directivo que se le había adjudicado antes del mencionado permiso, se la había cesado como funcionaria en prácticas y que, en consecuencia, se le había adjudicado de nuevo su puesto anterior, de nivel inferior.” (punto 2). El Tribunal, que recuerda que el derecho al permiso parental se incluye en el artículo 33, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, condena la resolución del Land de Berlín por la que se priva a la funcionaria de su puesto de dirección y pide a la jurisdicción alemana que sea reintegrada al puesto al que podía pretender con el fin de continuar el periodo de prácticas.
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2. Estados miembros
Francia
Presentación de los textos destinados a reformar el Código de Trabajo: el pasado 31 de agosto, el Gobierno presentó cinco textos (“ordenanzas”) por las que se reforma en profundidad las disposiciones del Código del Trabajo (véase el comunicado de prensa). Tres de ellas revisten una importancia particular. En primer lugar, la negociación colectiva, que tendrá una nueva articulación entre el convenio colectivo del sector y la negociación de empresa, que verá su función reforzada. El texto permite a las empresas de menos de 50 trabajadores negociar convenios de empresa sin necesidad de que intervenga un sindicato cuando no haya delegado sindical en la empresa. El acuerdo podrá ser negociado y firmado por un representante elegido del personal. Un acuerdo de este tipo podría incluso celebrarse directamente con los trabajadores en las empresas de menos de 20 trabajadores. En segundo lugar, la organización del diálogo social en las empresas y la valorización de las trayectorias sindicales. Se trata, en particular, de fusionar en todas las empresas de más de 50 trabajadores las tres instancias de información y consulta actuales (delegado del personal, comité de empresa, comité de higiene, seguridad y condiciones de trabajo) en una sola, el “consejo social y económico”, que bajo reserva de un acuerdo firmado por los sindicatos mayoritarios podrá negociar también los acuerdos de empresa. En tercer y último lugar, la previsibilidad y garantía de las relaciones laborales para eliminar algunas de las disposiciones que las empresas consideran como un freno a la contratación. El texto prevé que las dificultades económicas de las multinacionales que hagan despidos en Francia serán debidamente valoradas a escala nacional y no a nivel mundial. Las ordenanzas deberían aprobarse el 22 de septiembre en el consejo de ministros para poder entrar en vigor el día 1 de enero de 2018. Ahora se procederá a consultar a los agentes sociales sobre una reforma de la prestación de desempleo antes de centrarse en la reforma del sistema de la formación profesional. > Véase asimismo el artículo publicado por el Instituto Sindical Europeo.
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3. Empresas
Comité de empresa europeo
- Oracle: el comité de empresa europeo del grupo informático americano Oracle, implantado en Europa bajo la legislación británica, presentó el pasado 5 de julio una denuncia ante el Comité Central de Arbitraje (Central Arbitration Committee – CAC) contra la dirección planteando que no se había respetado su derecho a la información y a la consulta. El CAC podría emitir un dictamen siempre y cuando las partes no alcancen un compromiso.
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Responsabilidad social
- Ikea: tras haber sido ha sido acusado de cerrar los ojos ante la explotación de los trabajadores de los contratistas encargados de la logística y del transporte de sus mercancías, el gigante sueco de muebles inició un diálogo el pasado 5 de septiembre con la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF) para garantizar mejores condiciones laborales a estos conductores (véase el comunicado de ITF).
- McDonald’s: la Federación Sindical Europea de Servicios Públicos (FSESP) publicó un comunicado con motivo de las huelgas organizadas el pasado 4 de septiembre sobre todo en los establecimientos de McDonald’s en el Reino Unido. La federación ha solicitado a la Comisión Europea que acelere su investigación sobre la estrategia de evasión fiscal del grupo. Según la FSESP, el tipo impositivo efectivo de McDonald’s ha pasado del 1% en 2014 al 0,7% en 2015 consiguiendo así evitar el pago de hasta 1.500 millones en impuestos. La federación denuncia esta estrategia, que afecta negativamente a las arcas públicas y, por ende, a los servicios públicos y a su personal. La federación apoya las reivindicaciones de los trabajadores a favor de las mejoras salariales al tiempo que denuncia las prácticas fiscales del grupo, al igual que hace con las de otras multinacionales (véase el comunicado).
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4. Estudios e informes
Evaluación del coste de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales: la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-Osha) ha presentado en colaboración con la OIT unos cálculos nuevos sobre el coste de la mala calidad de las condiciones de seguridad y de salud en el trabajo (véase el comunicado). Todos los años y en todo el mundo, los accidentes y las enfermedades de índole profesional implican unas pérdidas del 3,9% del PIB. Para la UE, este tipo baja hasta “el 3,3% del PIB de la Unión, según indica Christa Sedlatschek, directora de la EU-Osha. Esto supone por tanto 476.000 millones de euros que podrían ahorrarse todos los años si se pudiera recurrir a estrategias, políticas y prácticas adecuadas en materia de seguridad y de salud en el trabajo”.
- Los trabajadores alemanes de la metalurgia quieren más tiempo libre: el sindicato de trabajadores de la metalurgia ha realizado por segunda vez una gran encuesta a 681.000 trabajadores (el 38% de las personas que respondieron a la encuesta no están afiliadas al sindicato IG Metall). Los resultados de la encuesta muestra que los trabajadores alemanes desean más tiempo libre así como una legislación que fije una duración máxima de las jornadas de trabajo (véase el artículo en Mitbestimmung).
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